¡GoConqr estrena diseño! Cuéntanos qué te parece.

Mapa mental

Ley de Coperativa

Guadalupe Garcia Español

Contenido del mapa

Ley de Coperativa

  1. Capitulo I

    • Artículo 1: Politíca General
      • El Estado impulsará una política de apoyo a las cooperativas y establecerá un régimen de fiscalización y control adecuados.
    • Artículo 2: Naturaleza de las Cooperativas
      • Tendrá personalidad jurídica propia y distinta de la de sus asociados, al estar inscritas en el Registro de Cooperativas.
    • Artículo 3: Número mínimo de asociados
      • Toda cooperativa deberá estar integrada por lo menos con veinte asociados.
    • Artículo 4: Principios
      • 1. Mejoramiento social y económico de sus miembros. 2. No perseguir fines de lucro sino de servicio. 3. Duración indefinida y capital variable.
      • 4. Igualdad de derechos y obligaciónes de todos sus miembros. 5. Conceder a cada asociado el voto.
      • 6. Distribuir los excedentes y las pérdidas. 7. Establecer un fondo de reserva irrepartible. 8. Fomentar la educación e integración cooperativa .
    • Artículo 5: Tipos de Cooperativas
      • Cooperativas especializadas: ocupan una sola actividad económica, social y cultural.
      • Cooperativas integrales o de servicios varios: ocupan una o varias actividades económicas, sociales y culturales
    • Artículo 6: Denominación
      • Las cooperativas incluirán en su denominación la palabra "cooperativa".
    • Artículo 7: Responsabilidad Límitada
      • Consiguiente por las obligaciones que contraiga responde únicamente al patrimonio de la cooperativa.
    • Artículo 8: Miembros de las cooperativas:
      • 1.Tener capacidad legal. 2. Reunir los requisitos exigidos en los estatutos
    • Artículo 9: Perdida de la calidad de asociado.
      • Se pierde por renuncia o expulsión por alguna de las causales que expresamente establezcan los Estatutos.
    • Artículo 10: Estatutos.
      • La forma en que se administra y fiscaliza la cooperativa, manera en que se ejercerá la representación legal, requisitos de las convocatorias a Asambleas, reunión de la Asamblea General anual, Reglas para la disolución y liquidación de la cooperativa, requisitos para la reforma de los Estatutos, las demás disposiciones que se consideren convenientes.
    • Artículo 11: Estatutos Uniformes.
      • En el acto correspondiente bastará hacer mención a tal circunstancia, sin que sea necesario incluir su texto.
    • Artículo 12: Régimen Administrativo.
      • Órganos sociales: La Asamblea General, El Consejo de Administración y la Comisión de Vigilancia.
    • Artículo 13: Disolución.
      • Disminución de asociados, Incumplimiento de los fines, Por voluntad de los 2/3 de los asociados, Perdida del Capital, Fusión o incorporación de otra cooperativa.
    • Artículo 14: Liquidación.
      • Acreedurías de terceros, Gastos de liquidación, Reintegro a los asociados del valor de sus aportaciones o de la parte proporcional.
  2. Capitulo III

    • Artículo 19: Acto de Constitución
      • Podrá constituirse por escritura pública o por acta constitutiva autorizada por el alcalde
        • Requisitos: Tipo de cooperativa, Denominación, Objeto social, Domicilio, Aportaciones, Reservas, Forma y reglas de distribución.
    • Artículo 20: Inscripción
      • El registrador comprobará si se ha llenado los requisitos legales y en caso afirmativo, procederá a la inscripción de la cooperativa en el libro correspondiente.
    • Artículo 21: Contenido de la inscripción.
      • comprenderá lo relativo a los incisos a) al l) del artículo 19 y hará mención de si se adoptaron estatutos uniformes o bien si la cooperativa tiene estatutos particulares.
    • Artículo 22: Efectos de la inscripción.
      • La cooperativa adquiere su personalidad jurídica desde el momento de su inscripción en el Registro de Cooperativas, sin necesidad de ningún otro acto.

Información

Descripción
Resumen sobre la Ley de Cooperativas.
Creado por
Guadalupe Garcia · jun 2020
Actualizado
4 jun 2020
Visitas
17
Valoración

Escríbenos

¿Sobre qué es tu mensaje?

¿Qué te parece el nuevo diseño?

¿Te gusta?