Ley General del Servicio Profesional Docente
Diapositivas del conjunto (10)
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Ley General del Servicio Profesional Docente
- Diario Oficial de la Federación
- DOF:11/09/13
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Título Primero: Disposiciones generales.
- Capítulo I.
- Objeto, definiciones y principios.
- Artículo 1:
- Rige el Servicio Profesional Docente y establece los criterios, los términos y condiciones para el Ingreso, la Promoción,
- el Reconocimiento y la Permanencia en el Servicio.
- Artículo 2: Objeto.
- I. Regular el Servicio Profesional Docente en la Educación Básica y Media Superior.
- II. Establecer los perfiles, parámetros e indicadores.
- III. Regular los derechos y obligaciones.
- IV. Asegurar la transparencia y rendición de cuentas.
- Artículo 3:
- Son sujetos del Servicio que regula esta Ley los docentes, el personal con funciones de dirección y supervisión en
- la Federación, los estados, el Distrito Federal y municipios, así como los asesores técnico pedagógicos, en la Educación Básica y
- Media Superior que imparta el Estado.
- Artículo 4: Definiciones.
- Actualización, aplicador, Autoridades educativas, Autoridad educativa local, Capacitación, Educación básica, Educación media superior, Escuela, Evaluación del desempeño, ..., Personal técnico docente, Promoción, Reconocimiento, Secretaría, Servicio de asistencia técnica a la escuela, Servicio profesional docente o servicio.
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- Capítulo II.
- De la distribución de competencia.
- Artículo 7: Instituto-atribuciones.
- Definir los procesos de evaluación, expedir los lineamientos, autorizar los parámetros e indicadores, asesorar a las autoridades educativas, supervisar los procesos de evaluación y resultados, validar y aprobar los elementos, etapas, instrumentos y aprobar los componentes de la evaluación.
- Artículo 5:
- Legalidad, certeza,
- imparcialidad, objetividad y transparencia.
- Artículo 6:
- Las autoridades deberán promover, respetar,
- proteger y garantizar el derecho de los niños y los educandos a recibir una educación de calidad.
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- Artículo 8: Educación básica-Atribuciones.
- Someter a consideración de la Secretaría sus propuestas de perfiles, parámetros e indicadores de carácter complementario para el Ingreso, Promoción, Permanencia y, en su caso, Reconocimiento que estimen pertinentes; selección y capacitación de los Evaluadores, selección de los Aplicadores, Convocar los concursos de oposición, calificar, Operar y, en su caso, diseñar programas de Reconocimiento, Ofrecer programas y cursos gratuitos, idóneos, pertinentes y congruentes, etcétera.

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- Capítulo 9: Media Superior-atribuciones.
- Participar con la secretaría en la elaboración de los programas anual y a mediano plazo, determinar los perfiles y los requisitos para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia,proponer y llevar a cabo la selección y capacitación de los evaluados y aplicadores. Convocar a los concursos y participar en los procesos de evaluación. Calificar, diseñar y operar programas de reconocimiento.
- Capítulo 10: Secretaría-atribuciones.
- Participar con el instituto en la elaboración del programa anual, determinar perfiles y requisitos para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia, participar en las etapas y proponer al instituto las etapas, aspectos y métodos.
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Título segundo: Del servicio profesional docente
- Capítulo I.
- De los propósitos del servicio.
- Capítulo II.
- De la mejora de la práctica profesional.
- Capítulo III.
- Del ingreso al servicio.
- Capítulo IV.
- De la promoción a cargosos funciones de dirección y supervisión.
- Capítulo V.
- De la promoción en la función.
- Capítulo VI.
- De otras promociones en el servicio.
- Capítulo VII.
- Del reconocimiento en el servicio.
- Capítulo VIII.
- De la permanencia en el servicio.
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Título tercero: De los perfiles, parámetros e indicadores
- Capítulo I.
- De los perfiles, parámetros e indicadores en la Educación Básica.
- Capítulo II.
- De los perfiles, parámetros e indicadores en la Educación Media Superior.
- Capítulo III.
- Del procedimiento para la definición y autorización de los perfiles, parámetros e indicadores.
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Título cuarto: De las condiciones institucionales
- Capítulo I.
- De la formación continua, actualización y desarrollo profesional.
- Capítulo II.
- De otras condiciones.
Información
- Descripción
- Documento donde se define y establece el servicio profesional docente
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- necoboa1602
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