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TEMA 20 (3)

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- 1Administración pública como organización:Se constituye por órganos jerárquicamente ordenados que asumen el cumplimiento de los fines del Estado para conseguir satisfacer el interés general.
- 2Administración pública como actividad:Es la actividad que realizan los órganos competentes utilizando los medios disponibles en la entidad pública para realizar sus fines.
- 3La administración Pública la forman:• Administración General del Estado
• Administración Autonómica
• Administración Local
• Administración Institucional (órganos públicos dependientes de los anteriores)
Los tres primeros tienen territorio determinado, ciudadanos y fines generales. La última no tiene territorio, ni ciudadanos y sus fines son específicos (entidades de derecho público con personalidad jurídica que dependen de las anteriores).
El poder legislativo y el judicial se excluyen de la administración Pública - 4Características de la administración Pública:• Formada por una pluralidad de entes con personalidad jurídica
• Su finalidad es conseguir intereses generales
• Actúan sometidas a la ley y al derecho - 5Actúan según los siguientes principios:• Eficacia, máxima economía de trámites y tiempo
• Jerarquía
• Descentralización, se pueden transferir competencias.
• Desconcentración, los órganos superiores delegan en los inferiores.
• Coordinación
• Sometimiento pleno a la ley y al derecho. - 6Privilegios de la administración Pública:• Decisión unilateral o ejecutividad, puede exigir conductas al administrado sin recurrir a los Tribunales
• Interdictum propium (INTERDICTO), potestad de recuperación, de oficio, de sus bienes sin necesidad de acudir a los tribunales
• Prohibición de interdictos contra la administración - 7InterdictoUn interdicto es un procedimiento judicial muy sumario y de tramitación sencilla, cuyo objetivo es atribuir la posesión de una cosa a una determinada persona física o jurídica frente a otra, de manera provisional. El interdicto también se puede plantear para el caso de que exista una reclamación por algún daño inminente, cuya urgencia habrá de quedar justificada.
Asimismo, el interdicto se puede utilizar como protección ante cualquier agresión o turbación que una persona sufra sobre su pacífica posesión. Esto es, cabe emplearlo en el caso de ruidos, olores, etc. que impidan a una persona disfrutar de la posesión de un bien. Esto hace que sea un proceso al que se recurre en ocasiones para obligar a paralización de obras cercanas o de otras actividades molestas (salas de fiestas, etc.) para el propietario de un inmueble. - 8ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Se divide en:• Administración Central
• Administración Periférica o territorial
• Administración Exterior
Las tres actúan bajo dirección del Gobierno y bajo sometimiento a la ley y al derecho La administración del Estado actúa con respeto al principio de legalidad y basándose en los principios de organización y funcionamiento - 9ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO principios de organizaciónJerarquía
Descentralización funcional
Desconcentración funcional y territorial.
Economía, suficiencia y adecuación estricta de los medios a los fines institucionales.
Simplicidad, claridad y proximidad a los ciudadanos.
Coordinación - 10ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO principios de Funcionamiento:Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados.
Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
Programación y desarrollo de objetivos y control de la gestión y de los resultados.
Responsabilidad por la gestión pública.
Racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos y de las actividades materiales de gestión.
Servicio efectivo a los ciudadanos.
Objetividad y transparencia de la actuación administrativa.
Cooperación y coordinación con las otras Administraciones públicas. - 11Órganos administrativos en la organización centralLos órganos de la Ad.G.E y sus organismos públicos se crean, modifican y suprimen conforme a lo establecido en la ley.
Tendrán consideración de órganos las unidades ad. a las que se les atribuyan funciones que tengan efectos jurídicos frente a terceros, o cuya actuación tenga carácter preceptivo.
En la organización central son órganos superiores y órganos directivos:
Órganos superiores:
• Los Ministros.
• Los Secretarios de Estado.
Órganos directivos:
• Los Subsecretarios y Secretarios generales.
• Los Secretarios generales técnicos y Directores generales.
• Los Subdirectores generales - 12Órganos administrativos en la organización territorial de la Administración General del EstadoEn la organización territorial de la Administración General del Estado son órganos directivos:
• Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas que tendrán rango de
Subsecretario
• Subdelegados del Gobierno en las provincias, los cuales tendrán nivel de Subdirector general. - 13Órganos administrativos en la Administración General del Estado en el exteriorEn la Administración General del Estado en el exterior son órganos directivos:
• Los embajadores
• Representantes permanentes ante Organizaciones internacionales.
Los órganos superiores y directivos tienen además la condición de alto cargo, excepto los Subdirectores generales y asimilados - 14Administración central del Estado Creación, modificación y supresión de órganos y unidades administrativasLas Subsecretarías, las Secretarías Generales, las Secretarías Generales Técnicas, las Direcciones Generales, las Subdirecciones Generales, y órganos similares a los anteriores se crean, modifican y suprimen por Real Decreto del Consejo de Ministros, a iniciativa del Ministro interesado y a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas.
Los órganos de nivel inferior a Subdirección General se crean, modifican y suprimen por orden del Ministro respectivo, previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas. - 15Ordenación jerárquica de los órganos ministerialesLos Ministros son los jefes .superiores del Departamento y superiores jerárquicos directos de los Secretarios de Estado.
Los órganos directivos dependen de alguno los anteriores y se ordenan jerárquicamente entre sí de la siguiente forma:
Subsecretario
Director general
Subdirector General.
Los Secretarios generales tienen categoría de Subsecretario y los Secretarios generales técnicos tienen categoría de Director General. - 16MinistrosLos Ministros además de las atribuciones que les corresponden como miembros de Gobierno, dirigen en cuanto titular de un departamento ministerial, los sectores de actividad administrativa integrados en su Ministerio y asumen la responsabilidad inherente a dicha dirección.
Competencias:
fijar objetivos
aprobar propuestas ministeriales y presupuestarias
nombrar y separar a los titulares de los órganos directivos del ministerio
mantener relaciones con las CCAA
resolver recursos interpuestos contra resoluciones de los órganos superiores directivos cuyos actos no agoten la vía administrativa
ejercer la potestad reglamentaria
refrendar en su caso los actos del Rey
desarrollar la acción del Gobierno - 17Secretarios de EstadoLos Secretarios de Estado dirigen y coordinan las Direcciones Generales situadas bajo su dependencia, y responden ante el Ministro de la ejecución de los objetivos fijados para la Secretaría de Estado. A tal fin les corresponde:
Nombrar y separar a los Subdirectores generales de la Secretaría de Estado.
Mantener las relaciones con los órganos de las Comunidades Autónomas
Resolver los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los órganos directivos que dependan directamente de él y cuyos actos no agote la vía administrativa, así como los conflictos de atribuciones que se susciten entre dichos órganos. - 18Los Subsecretarios:-ostentan la representación ordinaria del ministerio
-dirigen los servicios comunes y las competencias de dichos servicios - 19Los Secretarios generales:su existencia se prevé como excepcional. Ostentan categoría de subsecretario)
- 20Los Secretarios generales técnicosbajo la inmediata dependencia del subsecretario y con categoría de Director General ejercen competencias:
Sobre servicios comunes atribuidos por Real Decreto y relativas a producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones - 21Los Directores generalesson los titulares de los órganos directivos encargados de la gestión de unas o varias áreas funcionalmente homogéneas del Ministerio Los Subdirectores generales son responsables inmediatos, bajo supervisión del Director General, de la ejecución de proyectos, objetivos o actividades asignadas
- 22Administración periférica del Estado Son órganos territoriales:• Delegados de Gobierno en las CCAA (rango de subsecretario)
• Subdelegado de Gobierno en provincias (rango de subdirector general)
• Directores insulares de la administración general del Estado (igual rango que el subdelegado de provincias). - 23Delegados de gobierno en las CCAA

- 24Corresponde a los delegados de Gobierno: Competencias del Delegado de Gobierno para el ejercicio de sus funciones:Corresponde a los delegados de Gobierno:
mantienen relaciones de cooperación y coordinación de la Administración General con la de las CCAA y las locales
comunican y reciben información para el gobierno central y el órgano de gobierno de las CCAA. También lo realiza con entidades locales a través de sus presidentes
Competencias del Delegado de Gobierno para el ejercicio de sus funciones:
dirigir la delegación de gobierno
nombrar subdelegados de gobierno en provincias
impulsar y revisar la actividad de los órganos de la administración central en las CCAA
formular a los ministerios propuestas sobre objetivos contenidos en programas
proteger el libre ejercicio de derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana a través de los subdelegados y los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado
jefatura de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado
ejercer potestades sancionadoras y expropiatorias
informar anualmente al gobierno a través del Ministro de Administraciones Públicas
información al ciudadano de las actividades del gobierno - 25Subdelegado del Gobierno en las provinciasEn cada provincia y bajo la inmediata dependencia del Delegado del Gobierno en la respectiva Comunidad Autónoma existirá un Subdelegado del Gobierno que será nombrado por aquel por el procedimiento de libre designación entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las entidades locales.
En las Comunidades Autónomas uniprovinciales en las que no exista Subdelegado, el Delegado del Gobierno asumirá las competencias que esta Ley atribuye a los Subdelegados del Gobierno en las provincias.
Podrán crearse por Real Decreto Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas uniprovinciales, y para ello habrán de tenerse en cuenta circunstancias tales como la población del territorio, el volumen de gestión o sus singularidades geográficas, sociales o económicas. - 26Directores insularesReglamentariamente se determinarán las islas en las que existirá un Director Insular de la Administración General del Estado, con el nivel que se determine en la relación de puestos de trabajo.
Serán nombrados por el Delegado del Gobierno por el procedimiento de libre designación entre los funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades locales.
Los Directores Insulares dependen jerárquicamente del Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma, del Subdelegado del Gobierno en la provincia, cuando este cargo exista, y ejercen, en su ámbito territorial, las competencias atribuidas a los Subdelegados del Gobierno en las provincias. - 27Integran la Administración General del Estado en el exterior:

- 28ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAEl gobierno o consejo de gobierno de las CCAA se compone de Presidente, Vicepresidente y Consejeros. Las consejerías se rigen por la ley de gobierno y administración de cada CCAA o por decretos del Presidente de la CCAA si no existe ley. La ley de Gobierno de les llles Balears es la ley 4/2001. Según la ley 3/2003 del 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la CCAA de la Illes Balears, la Administración de la CCAA está constituida por órganos jerárquicamente ordenados.
Bajo la superior dirección del Presidente y del Gobierno, la Administración de la CCAA se estructura en órganos superiores y directivos.
Son órganos superiores los consellers, y como tales les corresponde establecer los planes de actuación de la organización situada bajo su responsabilidad.
Son órganos directivos los secretarios generales y directores generales, y otros órganos que se les asimilen en rango y les corresponda la ejecución y desarrollo de los planes de actuación - 29La conselleria se estructura en:• Secretaría general
• Direcciones generales
• Estructura orgánica básica se desarrolla por el conseller y aprobada por decreto de Presidente - 30Órganos de apoyo y colaboración del GobiernoEl Gobierno podrá crear la Comisión de Secretarios Generales Técnicos como el órgano colegiado encargado de preparar las deliberaciones y los acuerdos del Consejo de Gobierno. Un Decreto regulará su funcionamiento, su composición, su Presidencia y su Secretaría.
Los gabinetes son los órganos de apoyo político y técnico de los miembros del Gobierno. En ningún caso pueden ejecutar actos o adoptar resoluciones que correspondan a los órganos de la Administración
Los Comisionados autonómicos son personas de reconocido prestigio que desarrollan con carácter temporal funciones concretas de representación de la Comunidad Autónoma en los ámbitos y los foros que se determinen.
El Presidente puede nombrar un Portavoz del Gobierno que, en el caso de que no sea miembro del Gobierno, tendrá rango de Director general - 31ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL característicasCaracterísticas:
Órganos públicos
Tienen personalidad jurídica propia, diferenciada de la Administración que las crea
El territorio no es esencial
Regidos por principios de especialidad, sólo pueden actuar con los fines concretos que hayan sido específicamente determinados en su ley de creación.
Sometidos al ente creador (Estado, CCAA o entidad local), con relación de tutela no de jerarquía
Sus competencias se prevén en sus estatutos - 32ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL Está formada por los organismos públicos y son:• Organismos autónomos, dependen de un ministerio y realizan funciones de descentralización por parte de un ministerio. Se rigen por derecho administrativo y están sujetos a derecho público. Su personal serán funcionarios o laborales.
Los ingresos serán propios autorizados o por dotación presupuestaria del Gobierno.
**Funciones: Los organismos autónomos realizan actividades de fomento, prestacionales o de gestión de servicios públicos. Por ejemplo: universidades, DGT
• Entidades públicas empresariales, a nivel estatal dependen de un ministerio. Están regidos por derecho privado aunque es aplicable el derecho público.
**Funciones: prestación de servicios, producción de bienes de interés público susceptibles de contraprestación económica. Por ejemplo: RENFE
Lo organismos autónomos dependen de un ministerio y las entidades públicas empresariales de un ministerio o de un organismo autónomo - 33ADMINISTRACIÓN CORPORATIVA CaracterísticasCaracterísticas:
Sometidos a derecho administrativo
Potestad disciplinaria
Base asociativa (se necesitan socios para que exista corporación)
Asociación normalmente voluntaria salvo colegiación obligatoria
Son entes de la administración corporativa: colegios profesionales, cámaras de comercio, cámaras agrarias, cofradías de pescadores, federaciones deportivas - 34ADMINISTRACIÓN CORPORATIVA PotestadesPotestades
En sus condiciones de Administraciones públicas de carácter territorial, y dentro de la esfera de sus competencias, corresponde en todo caso a los municipios, provincias e islas:
Potestades reglamentaria y de autoorganización
Potestades tributaria y financiera
Potestad de planificación o programación
Potestades expropiatoria y de investigación, deslinde y recuperación de oficio de bienes
Presunción de legitimidad y la ejecutividad de sus actos
Potestades de ejecución forzosa y sancionadora
Potestad de revisión de oficio de sus actos y acuerdos
Estas potestades podrán ser de aplicación a las entidades territoriales de ámbito inferior al municipio y a las comarcas, áreas metropolitanas y demás entidades locales, debiendo las leyes de las CCAA concretar cuáles de aquellas potestades serán de aplicación.
Respecto a las mancomunidades, tendrán las potestades que se especifiquen es sus estatutos (en defecto de previsión estatutaria serán de aplicación todas las potestades enumeradas) - 35DESCENTRALIZACIÓN:

- 36DESCONCENTRACIÓN:Se produce idéntico traslado de competencias que en la descentralización, ahora bien se efectúa por un órgano de una Administración en favor de otro órgano de la propia Administración, que no está dotado de personalidad jurídica. Ejemplo de ella sería el traslado de competencias de un Ministerio a un Director General (Administración del Gobierno Civil). En el ámbito local podemos hablar de la creación de distritos (obligados los municipios de Gran Población).
- 37Las normas jurídicas

- 38Derecho administrativoconjunto de normas jurídicas que regula la organización, funcionamiento y atribuciones de la Administración Pública en su relación con los particulares y con otras Administraciones Públicas
- 39Derecho civilconjunto de normas jurídicas y principios que regulan las relaciones personales o patrimoniales, entre personas privadas, tanto jurídicas como físicas. Normas y principios que regulan las relaciones más generales y cotidiana de la vida de las personas.
- 40Derecho públicoparte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones entre las personas y entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público.
Aquí se incluiría el derecho administrativo, constitucional y penal (conjunto de normas que regulan la potestad punitiva del Estado) - 41Derecho privadorama del derecho que se ocupa preferentemente de las relaciones entre particulares, Aquí se incluiría el derecho civil y el mercantil
- 42Decretoacto que emana habitualmente del poder ejecutivo y que posee un contenido normativo reglamentario por lo que su rango es inferior a las leyes
- 43Decreto legislativonorma jurídica con rango de ley que emana del poder ejecutivo en virtud de delegación expresa efectuada por el poder legislativo
- 44Decreto-leynorma con rango de ley emanada del poder ejecutivo sin que medie intervención previa del Congreso. Son dictados en virtud de razones de urgencia que impiden que sigan el camino de un decreto legislativo. Requiere convalidación del poder legislativo
- 45Real decretonorma jurídica con rango de reglamento que emana del poder ejecutivo en nombre del Rey de España
- 46Real decreto ley y real decreto legislativo,emana del poder legislativo y el Rey se encarga de sancionar y ordenar la publicación y cumplimiento de la norma
- 47ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO principios de Funcionamiento:Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados.
Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
Programación y desarrollo de objetivos y control de la gestión y de los resultados.
Responsabilidad por la gestión pública.
Racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos y de las actividades materiales de gestión.
Servicio efectivo a los ciudadanos.
Objetividad y transparencia de la actuación administrativa.
Cooperación y coordinación con las otras Administraciones públicas.
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- GENERAL Flashcards on TEMA 20 (3), created by Fausto Gómez on 21/09/2018.
- Created by
- Fausto Gómez
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