Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-1993, Atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. Criterios y procedimientos para la prestación del servicio.

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Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-1993, Atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. Criterios y procedimientos para la prestación del servicio.
  1. Disposiciones generales
    1. Actividades del control prenatal
      1. Elaboración de historia clínica
        1. Identificación de signos y síntomas de alarma (cefalea, edemas, sangrados, signos de infección de vías urinarias y vaginales)
          1. Medición y registro de peso y talla, así como interpretación y valoración
            1. Medición y registro de presión arterial, así como interpretación y valoración
              1. Valoración del riesgo obstétrico
                1. Valoración del crecimiento uterino y estado de salud del feto
                  1. Determinación de biometría hemática completa, glucemia y VDRL (en la primera consulta; en las subsecuentes dependiendo del riesgo)
                    1. Determinación del grupo sanguíneo ABO y Rho
                      1. Examen general de orina desde el primer control, así como preferentemente en las semanas 24, 28, 32 y 36
                        1. Detección del virus de la inmunodeficiencia adquirida humana VIH en mujeres de alto riesgo
                          1. Prescripción profiláctica de hierro y ácido fólico
                            1. Promoción de la lactancia materna exclusiva
                              1. Promoción y orientación sobre planificación familiar
                              2. Atención en el embarazo
                                1. Para establecer el diagnóstico de embarazo no se deben emplear estudios radiológicos ni administrar medicamentos hormonales
                                  1. La unidad de salud debe promover que la embarazada de bajo riesgo reciba como mínimo cinco consultas prenatales
                                    1. 1ra. consulta: en el transcurso de las primeras 12 semanas
                                      1. 2a. consulta: entre la 22 - 24 semanas
                                        1. 3a. consulta: entre la 27 - 29 semanas
                                          1. 4a. consulta: entre la 33 - 35 semanas
                                            1. 5a. consulta: entre la 38 - 40 semanas
                                        2. Prevención del bajo peso al nacimiento
                                          1. En todas las unidades de salud que dan atención obstétrica se deben establecer procedimientos escritos para la prevención, detección oportuna del riesgo y manejo adecuado de la prematurez y el bajo peso al nacimiento (retraso del crecimiento intrauterino).
                                            1. Durante el embarazo
                                              1. Nacimiento
                                              2. Atención al parto
                                                1. Expediente clínico, la historia clínica, así como el partograma
                                                  1. Deambulación alternada con reposo en posición de sentada y decúbito lateral para mejorar el trabajo de parto, las condiciones del feto y de la madre respetando sobre todo las posiciones que la embarazada desee utilizar, siempre que no exista contraindicación médica
                                                    1. No debe llevarse a cabo el empleo rutinario de analgésicos, sedantes y anestesia durante el trabajo de parto normal; en casos excepcionales se aplicará según el criterio médico, previa información y autorización de la parturienta
                                                      1. En los hospitales se requiere la existencia de criterios técnicos médicos por escrito para el uso racional de tecnologías como la cardiotocografía y el ultrasonido
                                                        1. El rasurado del vello púbico y la aplicación de enema evacuante, durante el trabajo de parto debe realizarse por indicación médica e informando a la mujer
                                                          1. Control del trabajo de parto normal
                                                            1. La verificación y registro de la contractilidad uterina y el latido cardiaco fetal, antes, durante y después de la contracción uterina al menos cada 30 minutos
                                                              1. El registro del pulso, tensión arterial y temperatura como mínimo cada cuatro horas, considerando la evolución clínica
                                                                1. Hidratación adecuada
                                                              2. Atención en el puerperio
                                                                1. Puerperio Inmediato: (primeras 24 horas posparto normal)
                                                                  1. En los primeros 30 minutos el inicio de la lactancia materna exclusiva en aquellas mujeres cuyas condiciones lo permitan
                                                                    1. Verificación de normalidad del pulso, tensión arterial y temperatura, del sangrado transvaginal, tono y tamaño del útero y la presencia de la micción
                                                                    2. Puerperio Mediato: (2o. al 7o. día) y tardío (8o. a 42o. día)
                                                                      1. Se deberá proporcionar un mínimo de tres consultas, con una periodicidad que abarque el término de la primera semana (para el primero), y el término del primer mes (para el tercero); el segundo control debe realizarse dentro del margen del periodo, acorde con el estado de salud de la mujer.
                                                                        1. Se vigilará la involución uterina, los loquios, la tensión arterial, el pulso y la temperatura
                                                                          1. Se orientará a la madre en los cuidados del recién nacido, la lactancia materna exclusiva, sobre métodos de planificación familiar, la alimentación materna y acerca de los cambios emocionales
                                                                        2. Atención al recién nacido
                                                                          1. La atención del recién nacido vivo implica la asistencia en el momento del nacimiento, así como el control a los 7 días y a los 28 días.
                                                                            1. Se recomienda investigar rutinariamente en el recién nacido de madre Rh negativa que se sospeche riesgo de isoinmunización, el grupo ABO, el factor Rho (D), su variante débil Dµ y la prueba de antiglobulina directa (prueba de Coombs).
                                                                              1. En ningún caso, se mantendrá a un recién nacido en ayuno por más de cuatro horas
                                                                                1. Protección y fomento de la lactancia materna exclusiva
                                                                                  1. La atención a la madre durante la lactancia, debe comprender la vigilancia estrecha de la prescripción y uso de medicamentos con efectos indeseables en el niño.
                                                                                    1. En las unidades médicas, no se permite la distribución gratuita y la promoción de sucedáneos de la leche materna.
                                                                                      1. Manejo del niño con bajo peso al nacimiento
                                                                                        1. Se debe promover que el recién nacido de bajo peso sea alimentado con leche materna y la creación de "bancos de leche"
                                                                                          1. Los padres deben ser instruidos sobre los cuidados domiciliarios del recién nacido de bajo peso
                                                                                            1. Prevención del retraso mental producido por hipotiroidismo congénito.
                                                                                          Show full summary Hide full summary

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