Artículo 73: El congreso tiene facultad para expedir leyes del trabajo reglamentarias del artículo 123
Artículo 123: Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; se promoverá la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.
El salario, el sueldo, el patron y el trabajador
Salario
Es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo
El salario se integra de los pagos hechos en efectivo, por una cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comiciones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.
Salario mínimo
Es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo
Trabajador
Es la persona física que presta a otra persona física o moral, un trabajo personal subordinado.
Patrón
Es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores