Ley N° 16.744

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Ley N° 16.744
Sir parzival
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Ley N° 16.744
  1. incorpora el criterio preventivo, exigiendo y promoviendo acciones tendientes a evitar que ocurran accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
    1. OBJETIVOS
      1. Otorgar prestaciones económicas
        1. en el período de incapacidad como compensación de las consecuencias del accidente o enfermedad profesional, incluyendo el caso de muerte
        2. Otorgar prestaciones médicas
          1. para curar o sanar al trabajador y restituirle su capacidad de trabajo.
          2. Rehabilitar profesionalmente
            1. al trabajador accidentado o enfermo profesional.
            2. Prevenir
              1. accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales.
            3. Principios
              1. Solidaridad
                1. Todos los beneficios que otorga se financian con aporte patronal o empresarial; el trabajador no tiene ningún descuento o aporte que hacer.
                2. Universalidad
                  1. Protege a todos los trabajadores incluso a los estudiantes siempre y cuando firmen un contrato
                  2. Integridad
                    1. Todos los recursos se destinan al trabajador, desde prevenir los riesgos ocupacionales hasta las prestaciones médicas y económicas, en caso de ocurrir el accidente o enfermedad profesional.
                    2. Unidad
                      1. Los beneficios que otorga son iguales para todos los trabajadores.
                    3. COBERTURA
                      1. Personas protegidas por la ley
                        1. Funcionarios
                          1. Trabajadores por cuenta ajena
                            1. Funcionarios públicos
                              1. Estudiantes de planteles fiscales o particulares.
                                1. Estudiantes que deben ejecutar trabajos que signifiquen una fuente de ingreso para el respectivo plantel
                                2. Independiente
                                  1. Trabajadores independientes y los trabajadores familiares
                                3. Contingencias cubiertas
                                  1. Accidente del trabajo
                                    1. "toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte".
                                      1. causa
                                        1. directa, en lugar de trabajo
                                        2. con ocación
                                          1. indirecta, en otro lugar pero dentro de la empresa
                                      2. Accidentes del trayecto
                                        1. Directo entre la habitación donde pernocta y el trabajo
                                          1. No cuenta si se desvía a excepción de ir a sala cuna
                                        2. Enfermedad profesional
                                          1. Es la causada de forma directa con el trabajo que realiza
                                        3. SUSESO
                                          1. SuperIntendencia de seguridad social , reclamos y apelaciones sobre accidentes de trabajo o enfermedad profesional. para ante cualquier duda no se reconozca si fue accidente de trabajo o enfermedad profesional
                                          2. Código del Trabajo
                                            1. Art. 184. El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales. Deberá asimismo prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores en caso de accidente o emergencia puedan acceder a una oportuna y adecuada atención
                                            2. Organismos administradores
                                              1. Administran el seguro de la ley
                                                1. Público
                                                  1. ACHS
                                                  2. Privado
                                                    1. Mutual de Seguridad
                                                      1. Instituto de Seguridad del Trabajo IST
                                                    2. Administración delegada
                                                      1. más de 2000 trabajadores
                                                        1. hospitales propios
                                                          1. no pagan pensión, se paga en ISL
                                                      2. Financiamiento
                                                        1. Cotización básica
                                                          1. la pagan todas las empresas por igual y corresponde al 0,90% de las remuneraciones imponibles de cada trabajador.
                                                          2. Cotización adicional
                                                            1. riesgo presunto desde 0,0% al 3,4%
                                                            2. Multa
                                                              1. riesgo efectivo desde 0,0% al 6,8%
                                                          3. Prestaciones económicas
                                                            1. Incapacidad Temporal
                                                              1. el trabajador se recupera totalmente y vuelve al trabajo
                                                                1. Indemnización, Entre 1,5 hasta 15
                                                                  1. Entre 15% e inferior a 40% Entre 40% e Inferior a 70%, Pensión Mensual, 35% (máximo 50%)
                                                              2. Incapacidad Permanente
                                                                1. se afecta la capacidad de ganancia del trabajador
                                                                  1. INVALIDEZ TOTAL 70% o más, Pensión Mensual, 70% (Máximo 100%)
                                                                2. Muerte
                                                                  1. del accidentado o enfermo profesional, así como del inválido pensionado
                                                                    1. GRAN INVALIDEZ Necesita de Terceros para Vivir, Pensión Mensual , 100% (máximo 140%)
                                                                3. DECRETO 40
                                                                  1. Toda empresa minera, industrial o comercial de más de 100 trabajadores debe tener un departamento de prevención de riesgos
                                                                    1. cuyas funciones son: reconocer, evaluar y controlar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales, capacitación, confección de estadísticas, asesorar a los comités paritarios, supervisores y línea de administración técnica.
                                                                      1. Es obligatorio llevar estadísticas
                                                                        1. Tasa Mensual de Frecuencia
                                                                          1. Tasa de frecuencia Es el número de lesiones incapacitantes ocurridas por cada millón de H.H. de exposición. (H.H. = Horas-hombre efectivamente trabajadas, ordinarias + extraordinarias)
                                                                          2. Tasa Semestral de Gravedad de los accidentes
                                                                            1. Es la cantidad de días perdidos por lesiones incapacitantes, por cada millón de horas-hombre trabajadas.( Horas hombre efectivamente trabajadas, ordinarias+extraordinarias)
                                                                      2. Reglamento interno
                                                                        1. Los empleadores tienen la obligación de informar
                                                                          1. en forma oportuna y conveniente acerca de los riesgos a los que están expuestos en sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correcto (derecho a saber).
                                                                        2. DECRETO 54
                                                                          1. comité paritario
                                                                            1. Requisitos
                                                                              1. Antigüedad de un año en la empresa
                                                                                1.  Ser mayor de 18 años
                                                                                  1. + de 25 trabajadores (26)
                                                                                    1. Haber asistido a un curso de Orientación en prevención de riesgos
                                                                              2. funciones
                                                                                1. Asesorar e instruir a los trabajadores sobre la correcta utilización de EPP
                                                                                  1. Controlar el cumplimiento de las medidas de prevención.
                                                                                    1. Investigar las causas de los accidentes.
                                                                                      1. Decidir si el accidente ocurrió por descuido irresponsable del trabajador (negligencia inexcusable).
                                                                                        1. Promover actividades de capacitación.
                                                                                2. se conforma por
                                                                                  1. 3 trabajadores de empresa y 3 suplentes
                                                                                    1. 3 trabajadores y 3 suplentes
                                                                                Show full summary Hide full summary

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