Suspensión, rescisión y terminación de
las relaciones.
Terminación.
La disolución de las relaciones de trabajo, por mutuo consentimiento o como consecuencia del
inferencia de un hecho. conocido como renuncia.
Deben estar de acuerdo patron y trabajador o no, conociendo las causas
Suspensión.
Una institución que tiene por objetivo conservar la vida de las
relaciones, suspendiendo la producción de sus efectos, sin
responsabilidad para el trabajador y patrono, cuando adviene
alguna circunstancia, distinta de los riesgos del trabajo, que
impide al trabajador la presentacion de su trabajo
ambas partes no están obligadas.
Recesión.
La rescisión es la disolución de las relaciones de trabajo,
decretada por uno de sus sujetos, cuando el otro
incumple gravemente sus obligaciones.
Unilateralidad,
Puede ser decretada por el trabajador o patrón sin
consentimiento del otro.
Potestativa.
Patrón o trabajador pueden decidir si
rescindir o no.
Formal.
Si el trabajador incumple, el
patrón decide rescindir la
relación, con aviso escrito.