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EL COMERCIANTE

Heidy Cristal Garcia Montiel DERECHO MERCANTIL Comercial Spanish

EL COMERCIANTE

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EL COMERCIANTE

  1. CONCEPTO

    • Es el sujeto que hace del comercio su ocupación habitual, profesional y puede ser una persona:
      • Física
        • La calidad de comerciante le es atribuida
          • En atención a su actividad preponderante que ejercita el comercio
      • Moral
        • Toda entidad que con personalidad jurídica
      • El sistema mexicano sigue la teoría objetiva. Asimismo el comerciante empresario continúa siendo el eje principal de la regulación mercantil.
      • Tiene por actividad profesional el comercio en sentido estricto y amplio
  2. QUIÉNES SON COMERCIANTES

    • El código de Comercio en el Artículo 3o estipula que: Se reputan en derecho comerciantes:
      • I.- Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria;
      • II.- Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles;
      • III.- Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio.
    • En derecho mercantil distingue entre empresario individual y empresario colectivo principalmente sociedades mercantiles
      • COMERCIANTE INDIVIDUAL
        • Son aquellas personas físicas quién es por su propia cuenta organice y explota una empresa dedicada a cualquier actividad empresarial
      • COMERCIANTE COLECTIVO
        • Es aquella sociedad que está constituida con arreglo a las leyes mercantiles.
      • La sociedad mercantil se compone por material o real representado por la naturaleza de su actividad formal encarnando de una constitución especial.
      • Sociedades extranjeras. El criterio material señala como comerciante a una sociedad extranjera y sus agencias y sucursales.
  3. LIMITACIONES AL EJERCICIO DEL COMERCIO

    • Libertad de comercio
      • La SCJN establece que puede limitarse el ejercicio de una actividad empresarial cuando se afecta el interés público.
      • Cuando el comercio se ha reglamentado en atención a las necesidades colectivas no habrá violación a las garantías de libertad desde comercio.
    • Límites por capacidad
      • 1. Capacidad de persona física. 2. capacidades sociedades mercantiles. 3. Capacidad para ser comerciante y para ejercer el comercio. 4. Consecuencias de infringir normas de limitación por capacidad para ejercer el comercio
    • Incompatibilidad y prohibición
      • La incompatibilidad opera en función de la profesión de la persona. La prohibición se impone en virtud de circunstancias que no dependen del afectado hacer desaparecer.
    • Efectos de contravenir la incompatibilidad
      • Las leyes especiales que regulan los diversos casos de incompatibilidad la infracción, pero se determina en cada caso si te vendrán en un los anulares o sujetos atención especial.
    • Limitación por prohibición
      • 1. Quebrados no rehabilitados. 2. Sentenciados por ciertos delitos. 3. Extranjeros 4. Sindicatos
    • Efectos de contravenir la prohibición
      • Se distinguen al respecto del sujeto afectado por la prohibición de esta forma los actos celebrados por los quebrados son declarados nulos y los pagos realizados con posterioridad a la declaración de la guía para no producir efecto liberatorio.
    • Límites por incompatibilidad
      • Los supuestos por los que una persona tiene incompatibilidad para ejercer el comercio son los corredores públicos y notarios agentes aduanales y funcionarios judiciales.
  4. DEBERES DEL COMERCIANTE

    • Inscripción en el registro público de comercio
      • El RPC tiene una función publicitaria tanto declarativa como constitutiva las sociedades mercantiles deben escribirse en el RPC y desde entonces tienen personalidad jurídica.
    • Mantener sistema de contabilidad
      • Entre los deberes de los empresarios el código de comercio establece que están obligados a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado artículo 33.
    • Conservación de documentos y correspondencia
      • Establece con los empresarios tienen la obligación de conservar debidamente archivado todos los documentos originales que integran la correspondencia relacionada con sus negocios y copias en las que envíen.
    • Observar sanas prácticas comerciales
      • Las normas relativas establecen que las sanas prácticas comerciales se deben a realizar de manera honesta en materia industrial o comercial estableciendo como obligación que los empresarios se abstengan de realizar actos que supongan competencia desleal.
    • Registrarse y proporcionar información al SIEM
      • Todo comerciante o industrial con un determinado capital está ubicado inscribirse en el registro especial que se llevará en la cámara correspondiente o en las delegaciones de dicha cámara obteniendo el carácter de activos, afiliados o cooperadores.
  5. AUXILIARES MERCANTILES

    • Son aquellas personas que ejercen una actividad con el propósito de realizar negocios comerciales ajenos o facilitar su conclusión.
    • Auxiliares dependientes
      • Son aquellos que prestan su colaboración de un modo permanente, desde dentro de la empresa sujetos a un régimen de subordinación o dependencia, y que realizan o ayudan a realizar la actividad empresarial correspondiente a la empresa a la que prestan sus servicios, sea el nombre propio o del empresario, pero siempre por punta de este
    • Auxiliares independientes
      • Son colaboradores qué auxilian al empresario desde fuera de la empresa en ocasiones de manera permanente y en otras de manera esporádica independencia o subordinación y siempre con carácter mercantil.
        • Corredores públicos
        • Mediadores
        • Agentes comerciales
        • Otros agentes
        • Comisionistas

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El comerciante es aquel sujeto que hace del comercio su ocupación habitual, profesional y puede ser una persona física o moral
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