delaracion universal sobre bioetica y derechos
humanos
La Declaración va dirigida a los Estados.
Imparte también orientación, cuando procede, para las decisiones o
prácticas de individuos, grupos, comunidades, instituciones y empresas,
públicas y privadas.
adoptada por la UNESCO el 19
de octubre de 2005 en paris
trata las cuestiones eticas relacionadas con la medicina, la
tecnologia y las ciencias de la vida.
propone la instauracion de principios comunes
basados en las dimensiones
juridicas
sociales
ambientales
El primero de los principios promulgados por la
Declaración es el respeto a la dignidad humana y a los
derechos humanos,
muchos otros principios son: el consentimiento informado, el respeto de
la privacidad y de la confidencialidad, y la no discriminación ni
estigmatización, pero la noción de responsabilidad social
se interesa también por la aplicación de esos
principios, promoviendo “el profesionalismo, la
honestidad, la integridad y la transparencia en la
adopción de decisiones”,
promocion de la declaracion
los Estados deberían esforzarse no sólo por fomentar la educación y formación
relativas a la bioética en todos los planos, sino también por estimular los
programas de información y difusión de conocimientos sobre la bioética.
disposiciones finales
se debería hacer por ley, en particular las leyes relativas a la seguridad pública para investigar,
descubrir y enjuiciar delitos, proteger la salud pública y salvaguardar los derechos y libertades de
los demás.
Salvedad en cuanto a la interpretación: actos que vayan en contra de los derechos humanos, las
libertades fundamentales y la dignidad humana