puede ser verbal o escrito, en ambos casos las partes se
deben poner de acuerdo sobre los siguientes puntos
el termino del contrato sera el que acuerden las partes, a falta
de estipulacion se entendera por el termino de un año
Individual
Mancumunado
Compartido
Obligaciones
Arrendatario
pagar el precio del arrendamiento dentro del plazo estipulado, cuidar el inmueble y las cosas
recibidas en arrendamiento, en caso de dano efectuara a su cuenta las reparaciones, pagar a tiempo
los servicios. cumplir las normas consagradas en los reglamentos de propiedad horizontal y las que
expida el gobierno en proteccion de los derechos de todos los vecinos
Arrendador
entregar al arrendatario en la fecha convenida el inmueble en buen
estado, mantener en el inmueble los servicios en buen estado para el fin convenido, cuando el
contrato sea por escrito el arrendador debera suministrar tanto al arrendatario como al
codeudos copia del mismo con firmas originales(10 dias),cuando se trate de vivienda sometidas a
regimen de propiedad horizontal, es arrendador deberá entregar al arrendatario una copia de la
parte normativaA
Arrendamiento civil
segun el art 1973 es un contrato en que las dos partes se
obligan recíprocamente, la una a conceder el goce de una
cosa, o a ejecutar una obra o prestar un servicio, y la otra a
pagar por este goce, obra o servicio un precio determinado
segun el art 1977.La parte que el goce se llama arrendador, y la parte
queda el precio arrendatario
art 1982 obligacines del arrendador
entregar al arrendatario la cosa arrendada,mantenerla en estado de servir para
el fin a que ha sido arrendada, a librar el arrendatario de toda turbación o
embarazo en el goce de la cosa arrendada
art 1996 oblicaciones del arrendatario
es obligado a usar la cosa segun los terminos del
contrato, y no podra hacerla servir a otros objetos que
los convenidos o a falta de convencion expresa
Arrendamiento comercial
segun el art 518 El empresario que a título de arrendamiento haya ocupado no menos de dos años consecutivos un
inmueble con un mismo establecimiento de comercio, tendrá derecho a la renovación del contrato al
vencimiento del mismo
salvo en los siguientes casos: si el arrendatario incumplio el contrato, cuando el inmueble deba ser
reparado o demolido, cuando el arrendatario nescesite el inmueble
segun el art 523El arrendatario no podrá sub arrendar , sin la autorización expresa o tácita del arrendador, subarrendar
totalmente los locales o inmuebles, ni darles, en forma que lesione los derechos del arrendador, una
destinación distinta a la prevista en el contrato.
Recuperado de http://encolombia.com/derecho/codigos/civil-colombiano/codcivillibro4-t26/ y codigo civil