CONTRATO DE COMPRAVENTA DE LOCAL COMERCIAL
[SOMETIDO AL REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL]
CLAUSULAS
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CONTRATO DE COMPRAVENTA DE LOCAL COMERCIAL
[SOMETIDO AL REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL]
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PRIMERA: El Vendedor transfiere a título de venta al Comprador, el derecho de dominio y la propiedad plena
que tiene y ejerce sobre el(los) local(es) comercial(es
Dirección
Ciudad
Matricula Inmoviliaria
Cédula catastral
Linderos
Linde, o conjunto de los lindes de un terreno.
Annotations:
RAE
SEGUNDA: El(los) Inmueble(s) descrito(s) y alinderado(s) en la cláusula anterior, forma(n) parte del
Edificio - Caracteristicas
Ciudad
Número de Escritura Pública del Reglamento de Propiedad Horizontal
Notaria
Fecha
# folio de matricula inmobiliaria
TERCERA: El Inmueble que el Vendedor transfiere por medio de la presente escritura al
Comprador, lo adquirió el Vendedor por compra realizada a___________
Comprador
# de escritura publica
Fecha
Notaria
Ciudad
Folio de matricula inmobiliaria
CUARTA: Que la enajenación del(los) Inmueble(s) que por medio de este
instrumento se realiza, además de la propiedad, domino y posesión del(los)
Inmuebles, comprende:
(i) el derecho de copropiedad que conforme a la ley corresponde al propietario del(los) Inmueble(s)
sobre las áreas comunes del Edificio ..........., así como el uso de las servidumbres y áreas comunes de
uso exclusivo del propietario del(los) inmueble(s).
(ii) todas sus anexidades, usos, costumbres.
(iii) se enajena(n) con la(s) línea(s)
telefónica(s) número(s) ...........
QUINTA:El precio de venta del(los) Inmueble(s) que el Vendedor transfiere al Comprador por medio de esta
escritura, es la suma de (indicar precio en letras y en números), suma que el Vendedor pagará al
Comprador, así: (Indicar la forma de pago que se haya acordado entre el Comprador y el Vendedor).
SEXTA: El Vendedor de manera expresa declara que el(los) Inmueble(s) es(son) de su exclusiva y
plena propiedad, que en la actualidad lo(s) posee de manera regular y pacifica y que a la fecha el(los)
Inmueble(s) se encuentra(n) libre(s) de embargo, pleito pendiente y demandas civiles y que sobre
el(ellos) no recae ningún tipo de gravamen, censos, anticresis, contrato de arrendamiento por
escritura pública, servidumbre, desmembraciones, condición resolutoria, patrimonio de familia.
SÉPTIMA: El Vendedor desde hoy (o indicar fecha de entrega material del inmueble) entrega real y
materialmente el(los) Inmueble(s) al Comprador en las condiciones indicadas en este Contrato a
satisfacción del Comprador, a paz y salvo por el pago de los servicios públicos del(los) Inmueble(s)
hasta la aquí estipulada como fecha de entrega y a paz y salvo por todo concepto de impuestos, tasas,
contribuciones de todo orden e impuesto predial.
OCTAVA: El Vendedor declara que se obliga frente al Comprador al saneamiento de esta venta en
los casos de ley y especialmente a responder por cualquier gravamen, acción real que resulte en
contra los derechos de dominio y propiedad que transfiere al Comprador a través de este
instrumento, así como a responder por los perjuicios que tales acciones llegaren a causar al
Comprador.
NOVENA: Los gastos y derechos notariales que se causen por el otorgamiento de la presente
escritura pública, serán cubiertos por el Vendedor y por el Comprador por partes iguales. Los gastos
que demande la boleta fiscal y el registro de este instrumento en la Oficina de Registro de
Instrumentos Públicos correspondiente, incluyendo el impuesto de registro, serán asumidos en su
totalidad por parte del Comprador. La retención en la fuente que deba realizarse sobre el precio de
venta, será en su totalidad a cargo del Vendedor.
DECIMA: El Comprador declara que en la fecha de firma del presente instrumento público que
(i) en la fecha recibe el(los) Inmueble(s) objeto de esta compraventa a su entera satisfacción con
todos sus usos, anexidades y dependencias en los términos y en las condiciones previstas en este
Contrato.
(ii) que conoce en su integridad el texto del Reglamento de Propiedad Horizontal aplicable a el(los)
Inmueble(s) y que lo respetará y los hará respetar en su integridad, documento que se entiende
incorporado a este Contrato.
El contrato debe contener, los siguientes requisitos
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CAMARA DE COMERCIO DE CALI: http://www.ccc.org.co/servicios/registros-publicos/mercantil/tramites/contratos-mercantiles/contratos-compraventa-de-establecimiento-de-comercio
Nombre y apellidos completos , documento de identidad y domicilio del
vendedor y del comprador.
La identificación del establecimiento de comercio: nombre, dirección y número
de matrícula.
El precio de venta y forma de pago.
¿Dónde debe inscribirse?
Annotations:
CAMARA DE COMERCIO DE CALI: http://www.ccc.org.co/servicios/registros-publicos/mercantil/tramites/contratos-mercantiles/contratos-compraventa-de-establecimiento-de-comercio
El contrato debe inscribirse en la Cámara de Comercio con jurisdicción en el lugar donde funciona el
establecimiento de comercio.
TENER EN CUENTA (ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO)
Annotations:
CAMARA DE COMERCIO DE CALI: http://www.ccc.org.co/servicios/registros-publicos/mercantil/tramites/contratos-mercantiles/contratos-compraventa-de-establecimiento-de-comercio
El contrato puede constar en escritura pública o en documento privado.
Si consta en documento privado, deberá reconocerse ante un juez o notario el contenido del
documento y las firmas de los otorgantes o a cambio de ello, quienes suscriben el documento deben
presentarlo personalmente ante el funcionario autorizado de la Cámara de Comercio.
Entregar para inscripción copia auténtica del contrato, una vez reconocido o presentado
personalmente por sus otorgantes ante la Cámara de Comercio.
La copia que se remita debe ser totalmente legible para garantizar su reproducción digital
Acreditar el pago de la retención en la fuente, el cual debe efectuarse en la notaría si el contrato
consta en escritura pública. Si se trata de un documento privado se debe cancelar el 1% sobre el
valor de la venta en la entidad bancaria que reciba este pago, diligenciando para ello el recibo oficial
de pagos que distribuye la DIAN.
Si el comprador del establecimiento de comercio no se encuentra matriculado, puede solicitar su
matrícula de comerciante diligenciando el formulario de registro único empresarial.
De conformidad con la legislación vigente en materia de propiedad horizontal, sus elementos
constitutivos son los siguientes:
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SUPER INTENEDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
http://www.sic.gov.co/recursos_user/documentos/publicaciones/Boletines/04abr2001.html#Régimen
Propiedad particular sobre el departamento o local.
“En todo régimen de propiedad horizontal se distinguen dos clases de derechos: los de
propiedad particular sobre el respectivo departamento o local. En cuanto a la propiedad
sobre el departamento o local, de aprovechamiento particular y que sirve exclusivamente al
propietario.
Los anejos aunque se hallen situados fuera de aquel espacio, pero dentro del edificio. Para que los
anejos tengan el carácter de partes privativas del respectivo departamento o local, se estima que
debe haberse indicado y señalado así en el título constitutivo.
ANEJO: Unido o agregado a alguien o algo; con dependencia, proximidad y estrecha relación
respecto a él o a ella
Annotations:
RAE
La comunidad sobre los elementos comunes: “Los elementos comunes que pueden ser gozados por todos los
propietarios de inmuebles horizontales son los necesarios para la existencia, seguridad y conservación del
edificio y los que permiten a todos y cada uno de los propietarios el uso y goce” de su propiedad individual.