mecanismos jurídicos para el ejercicio del control social

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mecanismos de control social
carlos andres Avila
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mecanismos jurídicos para el ejercicio del control social
  1. los mecanismos e instrumentos jurídicos constituyen un conjunto de acciones que facilitan la relación ciudadano-administración pública
    1. Consulta Previa
      1. Es un mecanismo que pretende garantizar el goce pleno de los derechos y libertades fundamentales de los pueblos indígenas y comunidades negras tribales. Hace énfasis en el derecho inherente que tiene todo ser humano a ser consultado previamente a la toma de decisiones que le puedan afectar su modo de vida, sus creencias, sus tierras y territorios y a participar.
        1. Se basa en las siguientes normas:
          1. Constitución Política: 1,2,3,7,8,10 y 70; artículos 40 y 330; Ley 21 del 4 de marzo de 1991 artículos 6, 7, 15
          2. ¿Cuando se usa?
            1. Es obligatorio siempre que se van a realizar proyectos de exploración o explotación de recursos naturales, obras o actividades en territorios colectivos de comunidades negras o resguardos indígenas o territorios habitados de manera regular o permanente por estas comunidades.
            2. Que pasa cuando no se llega a un acuerdo?
              1. Cuando no sea posible el acuerdo o la concertación o haya renuencia injustificada de las comunidades afectadas a participar en el proceso de consulta, la decisión queda en cabeza del Estado, dado que no se constituye un veto sobre la actividad.
            3. Audiencia Publica
              1. Es una reunión pública de miembros de la comunidad, organizaciones sociales, Organizaciones No Gubernamentales y autoridades, que se realiza con el fin de consultar, escuchar quejas, debatir, llegar a acuerdos sobre asuntos de interés general
                1. Se basa en las siguientesnormas
                  1. Constitución Política, artículo 273; Ley 80 de 1993, artículos 25 y 30; Decreto 287 de 1996. Decreto 2170 de 2002.
                  2. A quienes le compete asumir la Audiencia
                    1. En los procesos contractuales
                      1. Todas las entidades estatales, empresas comerciales e industriales del Estado, en cabeza del director o quien este delegue
                      2. En materia ambeintal
                        1. El Ministro del Medio Ambiente, para casos de explotación petrolera, construcción de presas, represas o embalses con capacidad superior a 200 millones de m3 de agua y generación de energía nuclear
                        2. En el ejercicio de control social
                          1. La entidad pública objeto de control social y la Contraloría General de la República.
                      3. Derecho de Peticion
                        1. Es un derecho fundamental que tienen todas las personas para hacer peticiones respetuosas, de interés general o particular, ante las autoridades públicas o ante los particulares que cumplen alguna función pública, con el fin de que sean resueltas pronto y de una forma efectiva.
                          1. Se basa en las siguientes normas
                            1. Constitución Política, artículos 20, 23, 73, 74; Código Contencioso Administrativo (Decreto 01 de 1984), artículos 5, 33 y 75; Decreto 2150 de 1995, artículo 16; Ley 489 de 1998 artículo 35, Ley 190 de 1995, artículos 17, 18, 53.
                            2. Cual es su alcanze
                              1. Quien recibe el Derecho de Petición no se puede limitar a dar una respuesta superficial; está obligado a dar una solución de fondo. Es decir, resolver efectivamente el asunto o los interrogantes, responder la consulta o suministrar la información correspondiente, entre otros. De no ser así, el funcionario incurre en causal de mala conducta y podría llegar a ser destituido de su cargo, e incluso ser acusado de cometer un delito.
                              2. Ante quien se hace
                                1. Ante cualquier entidad o persona de la administración pública o ante personas privadas que cumplan funciones públicas.
                              3. Otros tipos de mecanismos
                                1. Riesgos de gestión publica
                                  1. Acción Popular
                                    1. Accion de Tutela
                                      1. Accion de cumplimiento
                                        1. Denuncia
                                          1. Queja
                                          2. Mecanismos de participación politica
                                            1. Iniciativa popular
                                              1. Referendo
                                                1. Consulta popular
                                                  1. Plebiscito
                                                    1. Cabildo abierto
                                                      1. L a iniciativa popular legislativa y normativa es el derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar proyecto de acto legislativo y de ley ante el Congreso de la República, de ordenanza ante las Asambleas Departamentales, de acuerdo ante los Concejos Municipales o Distritales y de resolución ante las Juntas Administradoras Locales, y demás resoluciones de las corporaciones de las entidades territoriales.
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