El riesgo empresarial y su relación con las Normas Internacionales de Auditoria y Aseguramiento

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Jenny Tatiana  Arguello Rodriguez
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Jenny Tatiana  Arguello Rodriguez
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El riesgo empresarial y su relación con las Normas Internacionales de Auditoria y Aseguramiento
  1. EL RIESGO EMPRESARIAL Y SU RELACIÓN CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA Y ASEGURAMIENTO EN LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
    1. Existen muchos factores que limitan la adecuada aplicación de las Normas. Especialmente por el desconocimiento de éstas que deberían aplicar en el ejercicio de su labor
      1. De tal forma el Auditor se informa sobre las normas que deben cumplir sus clientes , pero olvidan que él tambien debe cumplir unas normas que le permiten aplicar una metodología para soportar su trabajo, en el cuál la IFAC establece un código de principios de ética profesional para el ejercicio de la contaduría Pública que son:
        1. -Integridad - Competencia y diligencia profesional -Objetividad -Confidencialidad -Comportamiento Profesional
      2. El propósito de las NIA es realizar una auditoría Integral a fin de emitir una opinión sobre el nivel de seguridad razonable, que pudiera evidenciarse al medir el nivel de confianza de la información expresada en los efectos financieros de la empresa que se Audita
        1. En tal sentido que los tres usuarios: Auditor Profesional, Auditor Empresarial, empresarios y Clientes, comparten riesgos
      3. Impacto del plan de convergencia y efectos en Asunto de gobierno corporativo
        1. aplicar el proceso de convergencia incorpora un riesgo mayor para las personas jurídicas y naturales que representan y trabajan con Pymes.
          1. impacta de manera positiva al profesional contable colombiano, debido a que le presenta nuevos escenarios de competencia y le exige capacitación, actualización y conocimientos en normativa nacional e internacional. De tal forma que, si hay preparación oportuna, el contador y auditor colombiano podrá evaluar, asesorar, y monitorear los procesos de conversión de las diferentes empresas y aportar beneficios que se considerarán de valor agregado para las compañías, definiendo así, un factor de diferenciación con respecto a otros profesionales y otras nacionalidades que pudieran venir al país a intentar tomar su lugar.
            1. reordenamiento en los ámbitos económico, administrativo, financiero, contable, ético y de control, e invita a la unión armónica de todos los sectores gubernamentales, industriales y de servicios para entrar en el escenario de la competitividad propuesta a nivel mundial
              1. el auditor debe realizar un plan de convergencia desde 2 aristas: una, a partir de las NIC y las NIIF, en lo que tiene que ver con ser empresario, y la otra, desde las NIAS, en lo que corresponde a su ejercicio profesional como auditor. Esto significa que, debe seguir preceptos de IASB en asuntos financieros y contables y de IAASB en temas de auditoria y aseguramiento.
              2. NORMATIVIDAD
                1. Ley 43 de 1990, Ley 1314 de 2009, Ley 1474 de 2011, decretos reglamentarios 2706, 2784 de 2012, y 1851, 3019, 3022, 3023 y 3024 de 2013
                2. PARTICIPANTES
                  1. dueños de empresas, administradores, estamentos de control y supervisión, contadores públicos y no públicos, consultores, sectores económicos y todos aquellos que hacen empresa en Colombia
                  2. SE REQUIERE
                    1. Oportunidad en el diagnóstico, diseño, planteamiento, capacitación y ejecución de su proceso de convergencia de normas, a fin de trabajar armónicamente con los clientes de auditoria, el auditor como empresario, el auditor como profesional, el Estado como guía y supervisor, el revisor fiscal, el gobierno corporativo, el comité de auditoría y los auditores como garantes de la confianza pública
                    2. GRUPOS QUE APLICAN NORMAS INTERNACIONALES
                      1. GRUPO 1
                        1. Emisores de valores Entidades de interés público Empresas de tamaño grande clasificadas como tales según la ley 590 de 2000 modificada por la ley 905 de 2004 y por normas posteriores que la modifiquen o sustituyan, que no sean emisores de valores ni entidades de interés público y que cumplan con requisitos adicionales
                        2. GRUPO 2
                          1. Empresas de tamaño grande clasificadas como tales según la ley 590 de 2000 modificada por la ley 905 de 2004 y normas posteriores que la modifiquen o sustituyan y que no cumplan con los requisitos del literal (c) del grupo 1 Empresas de tamaño mediano y pequeño clasificadas como tales según la ley 590 de 2000 modificada por la ley 905 de 2004 y normas posteriores que la modifiquen o sustituyan y que no sean emisores de valores ni entidades de interés público. Microempresas clasificadas como tales según la ley 590 de 2000 modificadas por la ley 905 de 2004 y normas posteriores que la modifiquen o sustituyan y cuyos ingresos anuales sean iguales o superiores a 15.000 SMLMV
                          2. GRUPO 3
                            1. Personas naturales o jurídicas que cumplan los criterios establecidos en el art. 499 del Estatuto Tributario y normas posteriores que la modifiquen. Para el efecto, se tomará el equivalente a UVT, en salarios mínimos legales vigentes. Microempresas clasificadas como tales según la ley 590 de 2000 modificada por la ley 905 de 2004 y normas posteriores que la modifiquen o sustituyan que no cumplan con los requisitos para ser incluídas en el grupo 2 ni en el literal anterior. a
                          3. Normas internacionales de Aseguramiento a aplicar en Colombia
                            1. NORMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA INFORMACIÓN – NAI
                              1. OTRAS NORMAS DE INFORMACIÓN – ONI
                              2. La IFAC
                                1. la misión de la IFAC es servir al interés público, fortaleciendo de forma continuada la profesión contable en todo el mundo y contribuyendo al desarrollo de economías internacionales fuertes estableciendo y promoviendo la observancia de normas profesionales de alta calidad, impulsando la convergencia internacional de estas normas y tomando postura en el interés público allá donde la experiencia de la profesión sea más relevante.
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