Cuando un testigo disponga de un conocimiento técnico
especial sobre la materia en la cual se basará la declaracion,
marca una gran diferencia respecto a otro testigo en el modo de
regula y ejecutar el examen y contra examen
Los peritos son personas que cuentan con
una experticia especial en un área de
conocimiento, derivada de sus estudios o
especialización profesional, del desempeño
de ciertas artes o del ejercicio de un
determinado oficio.
Lo que distingue al perito de un testigo
cualquiera es que el perito llamado al juicio
para declarar algo en lo que su experticia
es relevante y que le permite dar opiniones
y conclusiones relevantes acerca de
diversas cosas.
La categoría de esigos expertos debe estar reconocida
dentro de nuestro código, para fetos de preparar y
ejecutar actividades de litigación en el juicio.
Mientras más expertizje prueben las circunstancias concretas
del testigo, más relevantes se vuelven las opiniones de este
testigo en el área de la experticia. Ya que hablamos de
alguien que que presenció, o que puede declarar sobre los
hechos suscitados, pero que además está dotado de un cierto
conocimiento que lo habilita para dar opiniones o conclusiones
relevantes para el caso.
Cuando estamos en
presencia de peritos expertos,
enfrentamos una forma
específica del tema más
general de la relevancia de la
prueba.
Objeto del testimonio de expertos
El rol del testimonio experto es
entregarnos la interpretación de
una información que exige un
conocimieento especializado. En
este sentido, el objetivo es
explicar su significado en términos
comúnes y exactos dirigidos a
generar la convicción del tribunal
que no podrá regenerarse.
Esta información no
puede ser entregada al
tribunal por cualquier
persona, pues se trata
de un tipo de
conocimiento que se
encuentra fuera del
alcance de una persona
promedio.
Las proposiciones fáctics que se
pretende que el perito acredite no tiene
que ver con esa experticia.
Una vez, que existe un área de experticia,
esto proscribe el conocimiento privado, las
máximas de la experiencia y del sentido
común de los jueces.
Debido entonces a la aptitud del objeto potencial de la declaración
de los peritos y al poder del conocimiento experto, el litigante al
presentar al perito o al testigo experto en el juicio, debe tener
especial cuidado en destacar cómo la apreciación de los hechos
por é presentados, así como las opiniones.
El juez puede tomar tomar varias formas.
primero, puede tomar la forma de "ese
perito no es el experto que dice ser", o
bien puede que no lo sea en el area en
particular de la declaración. En segundo
lugar, el juez puede desestimar su
credibilidad en ambos sentidos: en la
credibilidad del testigo, y por último es
posible que el examen directo del perito
simplemente no alcance a acreditar la
proposición factica.
La especialización del
perito no proviene sólo
de lo que
tradicionalmente se
consideraría un área
técnica, sino también
disciplinas, o cualquier
tipo de actividades que
generen conocimiento
especializado.
En materia de peritos, la
prueba pericial en dicho
contexto estaba
centralmente constituida por
el informe escrito presentado
por el perito y que se
acompañaba al expediente.
Si el perito no comparece al
juicio y no se somete a las
preguntas de examen y
contraexamen, no tenemos
prueba pericia.
Cualquier persona que éste en condiciones de
acreditar experiencia o conocimientos relevantes
y especializados en una determinada ciencia,
arte u oficio puede ser llevado al juicio oral.
La credibilidad y experiencia es siempre materia de
examen y contraexamen en el juicio.
Temas relevantes para la presentación y examen directo de peritos.
Los peritos deberán exponer brevemente el
contenido y las conclusiones de su informe, para
después autorizarse a ser interrogado por las
partes.
Al momento en que un perito procede a
declarar, se procede a una exposición
espontánea en la que se resume el
contenido y conclusiones de su informe.
Luego, sólo a partir de este ejercicio, el
perito se somete a las preguntas de examen
y contra examen.