Obligatoria en todo el territorio nacional y tiene por
objeto establecer y uniformar las especificaciones
técnicas para la producción, cuidado y uso de los
animales de laboratorio
Aplicable a los bioterios y/o establecimientos que
manejen los siguientes animales; roedores: rata,
ratón, cobayo, hámster y jerbo; lagomorfos: conejo;
carnívoros: perro y gato; primates: primates no
humanos; porcinos.
Disposiciones generales
Manifestaciones
del tipo de bioterio
Inicio de funcionamiento
a la Secretaría a través de
la CONASAG
Inicio de funcionamiento ante
la Comisión Nacional de
Sanidad Agropecuaria, debe
entregar un informe anual de
actividades
Responsable de los
procesos de operación
Todos los bioterios tienen que
designar: Médico Veterinario y
Un responsable administrativo
que será el director.
Función del Comité Interno para el Cuidado y Uso de
los Animales de Laboratorio. Su función principal es
la de asegurar la existencia de un mecanismo
institucional encargado de revisar que el cuidado y
uso de los animales de laboratorio con propósitos de
investigación, pruebas y/o enseñanza, sea de
manera apropiada y humanitaria.
Perfil del personal
técnico involucrado en la
producción, cuidado y
uso de los animales de
laboratorio
Personal técnico.
Auxiliar de técnico
de bioterio
Personal capacitado y preferentemente
certificado para realizar los procesos de
atención diaria de los animales de
laboratorio. Capaz de identificar signos de
enfermedad, conducta anormal, dolor y
sufrimiento. Efectúa actividades como:
limpieza de los animales, limpieza y
descontaminación de cuartos, equipo y
materiales del bioterio, proporciona
alimento, registra las condiciones
ambientales, sujeta y sexa animales,
identifica y anota datos básicos en los
registros, entre otras.
Técnico de bioterio.
Cuenta con conocimientos de anatomía y
fisiología de los animales de laboratorio,
así como principios de anestesia. Efectúa
actividades de esterilización de equipo y
materiales, inmoviliza, toma muestras y
administra sustancias y tratamientos bajo
indicación del médico veterinario o del
investigador, registra los datos
reproductivos de la colonia y revisa las
actividades del auxiliar técnico.
Tecnólogo o
supervisor técnico.
Personal capacitado y preferentemente
certificado para realizar procesos descritos en las
posiciones anteriores (auxiliar y técnico) y los
procesos administrativos y de supervisión media
relacionados con la producción, cuidado y uso de
los animales de laboratorio..Realiza actividades
como: suministro de dietas, limpieza y uso de
equipo especial, manejo de técnicas
experimentales y tratamientos especiales,
entrenamiento de auxiliares y técnicos, control de
insumos, entrega de animales y equipo, entre
otras.
Usuarios dentro de la
institución.
asegurar que el personal profesional,
técnico y estudiantil, esté capacitado
para realizar los procedimientos con
animales de laboratorio.
Obtención de animales
Todos los animales deben
adquirirse conforme a los
preceptos jurídicos
Los animales suministrados por los comerciantes o
instituciones públicas con fines de investigación científica,
desarrollo tecnológico e innovación, pruebas de laboratorio y
enseñanza, deben acompañarse de información que describa el
estatus microbiológico y genético de sus colonias o de
animales individuales.
Todos los traslados de animales
incluyendo aquellos dentro de la misma
institución deben ser planeados para
minimizar el tiempo de traslado, el riesgo
de zoonosis y antropozoonosis
Todo embarque de animales
independientemente de su origen,
debe ser revisado por el Médico
Veterinario Zootecnista,
Certificado de salud y
calidad
Todos los animales adquiridos por
compra, donación o intercambio deben ir
acompañados de documentos que
establezcan las condiciones de salud y
calidad en que se produjeron, criaron y
mantuvieron hasta antes de su
embarque o salida del lugar de origen
Identificación y registro
Toda operación de un bioterio debe
contar con registros diversos para el
adecuado control de sus poblaciones
animales, ya sean colonias de
producción o bien de animales bajo
experimentación
Las tarjetas, Marcas naturales,
Colorantes o tinturas, Perforaciones y
muescas, Aretes, Tatuaje, Collares,
Transmisores subcutáneos
Alimento
Libre de aditivos, drogas, hormonas, antibióticos, pesticidas y
contaminantes. dentro de su periodo de caducidad. Almacenado en
bodegas o cuartos desinfectados, secos y ventilados
Instalaciones
Instalaciones interiores
bajo techo
Todo bioterio debe contar con
sectores básicos, que aseguren el
alojamiento animal, la separación física
de especies o su aislamiento, la
experimentación, así como un sector
específico de apoyo a la operación.
Recepción de animales, Cuarentena y
acondicionamiento, Cuartos para
producción y mantenimiento de los
animales, Cuarto para procedimientos
diversos o de uso múltiple, Area de cirugía,
Area de recuperación, Areas de apoyo
Instalaciones en
exteriores
El sitio elegido debe estar libre de
contaminación de cualquier tipo, ruidos y
vibraciones causados por maquinarias
cercanas y debe estar debidamente
resguardado de inundaciones y
fenómenos meteorológicos.
Se debe contar con las areas
preescritas arriba.
Animales que
comprende esta Norma
Roedores
Rata, ratón,
cobayo, hámster y
jerbo.
Lagomorfos
Conejos.
Carnívoros
Perros y
gatos.
Primates no humanos
Porcinos
Movilización
Consignación de los animales
Se recomienda que los
animales permanezcan
menos de cuatro horas en
las estaciones de embarque
Evitar que los
animales
permanezcan a la
intemperie o bien
se expongan a
temperaturas
extremas que
afecten su salud y
bienestar.
Confinamiento o encierro
primario para transportación
Ningún transportista o
intermediario debe trasladar
animales recluidos en
confinamientos o encierros
primarios que no ofrezcan las
siguientes características.
Solidez e inocuidad,
Salida de emergencia,
Ventilación,
Confinamiento o
encierro primario fijo
con excepción de
roedores.
Consideraciones
sobre la reclusión
de los animales.
Espacio mínimo para los animales,
Limpieza y saneamiento, Leyendas
y documentación,
Vehículo de transporte
Puede ser un vehículo
motorizado, ferrocarril,
aéreo o marítimo
Provisión de
agua y alimento
Los animales que así lo requieran
tales como ratones, ratas, hámsteres
y cobayos deben tener acceso al
agua y al alimento todo el tiempo
cuando la transportación exceda un
periodo de seis horas. En estos
casos el agua y el alimento, o una
preparación que satisfaga los
requerimientos de agua y alimento
en calidad y cantidad suficientes
para un periodo mínimo de 24
horas, debe colocarse dentro del
confinamiento o encierro primario.
Los animales en tránsito con
excepción de los mencionados, deben
tener acceso al agua potable por lo
menos cada 12 horas, desde el
momento de la partida o desde que
son aceptados para su transportación.
Deben alimentarse adecuadamente
por lo menos cada 24 horas
Cuidados durante la transportación
Los animales deben observarse
por lo menos cada cuatro horas
Los animales silvestres o
peligrosos no deben sacarse de
su confinamiento o encierro
primario excepto en
condiciones de extrema
urgencia
Estaciones de carga
Separación de animales y
objetos.
Manejo de los animales
Prontitud de las maniobras
Se debe evitar el
manejo brusco o
descuidado de los
confinamientos o
encierros primarios
Técnicas experimentales
Analgesia y anestesia
Cualquier procedimiento que
cause mayor dolor o molestia en
los animales, que la producida
por inyección o marcaje en
orejas, requerirá el uso de
tranquilizantes, analgésicos o
anestésicos.
No se permitirá la utilización de
relajantes musculares o drogas
paralizantes del tipo de la
succinilcolina, guayacolato de
glicerol o curariformes ya que no
son anestésicos.
Administración de
fluidos y sustancias
La administración parenteral de fluidos y sustancias deberá hacerse conforme a
las prácticas clínicas y científicas generalmente aceptadas en el animal sujeto o
inmóvil. Si la técnica causa estrés o dolor, se usarán sedantes, analgésicos o
anestésicos, a menos que esté contraindicado en el protocolo experimental, en
cuyo caso deberá contar con la aprobación del Comité.
Eutanasia
Consideraciones generales
No existe un solo método de eutanasia que se aplique a todas las
especies y a todas las circunstancias. Los criterios para seleccionarlo
deberán incluir: la compatibilidad con los propósitos del protocolo
experimental; la capacidad de producir inconsciencia y muerte
rápidamente; su confiabilidad; y su seguridad para el personal.
Consideraciones sobre el personal
El entrenamiento y experiencia deben
incluir: conocimiento de la conducta normal
de la especie que va a ser sometida a la
eutanasia y de cómo afecta ésta el manejo y
la inmovilización y comprensión del
mecanismo por el cual la técnica
seleccionada induce la inconsciencia y la
muerte.
Métodos recomendables
Agentes inhalables,
Anestésicos, Bióxido
de carbono (CO2),
Fármacos no
inhalables,
Métodos aceptables
condicionalmente
Agentes inhalables (Nitrógeno y Argón
(N2 y Ar)), Metodos fisicos (dislocación
cervical, decapitación, perno cautivo
penetrante y electrocución)
Métodos inadmisibles
La administración parenteral de hidrato de cloral, El curare, succinil colina, galamina, estricnina,
sales de magnesio y potasio, pancuronio, decametonio, vecuronio, atracurio, pipecuronio,
doxacurio y nicotina.
Prohibiciones
El cloroformo, La contusión en la cabeza,
ahogamiento, embolismo gaseoso,
envenenamiento con o la administración
de estricnina
Medidas de bioseguridad y salud
ocupacional para el personal involucrado con
la producción, cuidado y uso de los animales
de laboratorio
Capacitación del personal
El personal expuesto a riesgo debe ser
capacitado debidamente. El manual
específico de bioseguridad y salud
ocupacional, debe señalar el tipo de
capacitación del personal requerido para
cada caso,
Instalaciones y equipamiento
Las unidades de cuidado
animal como mínimo,
deben contar con equipo
apropiado para lavado de
manos.
Todas las sustancias químicas
deben estar propiamente
etiquetadas
Medidas generales de
protección e higiene personal
El personal debe lavarse las manos y
cambiarse de ropa con la frecuencia
necesaria. La ropa de trabajo debe
ser específica para su uso en el área
de los animales y debe ser provista y
lavada por la institución.
La ingestión de comida o líquidos, así como el uso de
tabaco y la aplicación de maquillaje dentro del área de
los animales estará prohibida.
Evaluación
médica y medidas
de medicina
preventiva
Toda institución que maneje
animales de laboratorio debe
implantar un programa de
evaluación médica y
medicina preventiva para el
personal, que debe ser
incluido en el Manual
Específico de Bioseguridad y
Salud Ocupacional para
Unidades de Cuidado y Uso
de Animales de Laboratorio.
Disposición final de
productos biológicos,
excretas y cadáveres
NOM-087-ECOL-1995
Supervisión
Comité de Bioseguridad, así como del
Comité Interno para el Cuidado y Uso de
Animales de Laboratorio
Verificación
Todo organismo,
institución o individuo
que aloje, produzca,
utilice o distribuya
animales de
laboratorio con fines
de investigación
científica, desarrollo
tecnológico e
innovación, pruebas y
enseñanza, debe dar
aviso de inicio de
funcionamiento a la
Secretaría a través de
la CONASAG y
entregar un informe
anual de actividades.
Sanciones
El incumplimiento a las
disposiciones contenidas en la
presente Norma será
sancionado conforme a lo
establecido por la Ley Federal
de Sanidad Animal y la Ley
Federal sobre Metrología y
Normalización.