El testamento es un acto revocable por el cual una
persona dispone para después de su muerte de la totalidad o de parte de su
patrimonio, o hace alguna otra ordenación, según las reglas establecidas por la
Ley
CARACTERISTICAS
acto unilateral
acto jurídico de última voluntad
acto esencialmente revocable
acto de disposición
acto formal y solemne
VOLUNTAD DEL
TESTADOR
debe estar en plena capacidad para efectuar el acto
debe manifestarse directamente
debe ser expresada de manera inequívoca
debe ser consciente y libre
CAPACIDAD PARA TESTAR
Pueden disponer por
testamento todos los que
no estén declarados
incapaces de ello por la
Ley
Son incapaces de
testar
Los que no hayan cumplido 16 años, a menos que sean viudos, casados o divorciados
Los entredichos por defecto intelectual
Los que no estén en su juicio al hacer el testamento
Los sordomudos y los mudos que no sepan o no puedan escribir
CLASIFICACION
Ordinario
Abiertos
Cerrados
Especiales
Otorgado durante una epidemia
Otorgado por militares
Otorgado durante un viaje de mar
Otorgado en el
Extranjero
LEGADO
Annotations:
es toda disposición
testamentaria que no atribuye la cualidad de heredero, es decir, toda
disposición a título particular, cualquiera que sea su contenido, que
constituya una disminución de la herencia, una disposición a cargo del heredero
o un tercero, una liberalidad, un lucro para el favorecido o también una carga
Supuestos
Si no habiendo herederos,
toda la herencia se ha
distribuido en legados
Cuando el legado es
sobre parte alícuota de la
porción de libre
disposición
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.