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Ley 1010 de 2006 (Acoso Laboral)

Jonathan Mazo Spanisch 5,0Durchschnittliche Bewertung 5,0 von 5 (1 Bewertung) 16 Karten

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  1. 1OBJETO DE LA LEYdefinir, prevenir, corregir y sancionar en
    general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan
    sus actividades económicas en el contexto de una relación laboral privada o
    pública.
  2. 2Son bienes jurídicos protegidos por la presente Ley:El trabajo en condiciones dignas y justas,
    La libertad,
    La intimidad,
    La honra,
    La salud mental de los trabajadores,
    La armonía
  3. 3MODALIDADES DE ACOSO LABORALMaltrato Laboral:
    Discriminación Laboral:
    Persecución Laboral:
    Discriminación Laboral:
    Inequidad Laboral:
    Entorpecimiento Laboral:
    Desprotección Laboral:
  4. 4Maltrato Laboral:Acto de Violencia contra la integridad física o moral, la libertad física o sexual y los bienes del empleado o trabajador.
    Expresión Verbal injuriosa o ultrajante que lesione la integridad moral o la intimidad.
    Todo comportamiento tendiente a menoscabar la autoestima.
  5. 5Persecución Laboral:Conducta reiterada o arbitraria de descalificación, exceso de trabajo y cambios permanentes de horario, cuyo propósito es inducir la renuncia del empleado.
  6. 6Discriminación Laboral:Trato diferenciado por razones de raza, género, origen familiar, credo religioso, etc.
  7. 7Inequidad Laboral:Asignación de funciones a menosprecio del trabajador.
  8. 8Entorpecimiento Laboral:Obstaculizar el cumplimiento de una labor o retardarla con perjuicio para el trabajador. (Destrucción de información, ocultamiento de correspondencia, etc.)
  9. 9Desprotección Laboral:funciones sin el cumplimiento de los requisitos mínimos de protección y seguridad para el trabajador.
  10. 10CONDUCTAS QUE CONSTITUYEN ACOSO LABORALExpresiones hostiles
    Injustificadas amenazas de despido
    Descalificación humillante en presencia de compañeros de trabajo
    Burlas sobre la apariencia física y la forma de vestir.
    Alusión pública a hechos íntimos
    Asignación de deberes extraños a la obligación laboral y exigencias desproporcionadas.
    Los horarios excesivos, cambios bruscos de turno, trabajar domingos y festivos sin fundamento.
    Trato discriminatorio.
    Negativa a otorgar permisos, licencias hay condiciones legales.
    Injurias (es posible que sean anónimas)
  11. 11CONDUCTAS QUE NO CONSTITUYEN ACOSO LABORAL- Actos para ejercer disciplinaria.
    - Exigencias de fidelidad laboral o lealtad
    - Memorandos solicitando exigencias técnicas o eficiencia laboral,
    - Solicitud de deberes extras para la continuidad del servicio.
    - Terminar el contrato de trabajo por justa causa.
    - Exigir cumplimiento de Deberes
    - Exigir cumplimiento de estipulaciones contenidas en contratos
  12. 12CONDUCTAS ATENUANTESBuena conducta anterior
    Obrar en estado de emoción o pasión excusable.
    Disminuir la conducta o anular sus consecuencias.
    Reparar discrecionalmente el daño causado
    Conductas de inferioridad psíquica.
    Vínculos familiares y afectivos. (Inexequible Sentencia C-898 de 2006)
    Manifiesta provocación o desafío.
  13. 13CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTESReiteración de la conducta.
    Concurrencia de causales.
    Realizar la conducta por humillación o mediante precio o promesa remuneratoria.
    Actuar mediante ocultamiento que dificulte la defensa del ofendido, o la identificación del autor.
    La posición predominante que el autor ocupe en la sociedad.
    Actuar valiéndose de un tercero o un inimputable.
    Cuando se cause un daño en la salud física o psíquica del sujeto.
  14. 14SANCIONESCometida por servidor público, falta Gravísima del Código Disciplinario único.
    Terminación del contrato sin justa causa cuando el trabajador renuncie o abandone el cargo. Indemnización Art. 64 C.S.T
    Multa entre 2 y 10 smmlv para quien lo realice y la persona que lo tolere.
    Pagar hasta el 50% a EPS y ARP por el tratamiento de EP y demás secuelas originadas en el Acoso Laboral
    Justa causa para la terminación del contrato de trabajo por parte del trabajador particular y también será justa causa de terminación o no renovación del contrato de trabajo cuando el acoso sea ejercido por un compañero de trabajo o un subalterno.
  15. 15CADUCIDAD6 meses después de la ocurrencia de los hechos.
  16. 16OTRAS ACCIONES POR PARTE DE LA EMPRESA- Adaptar el Reglamento de Trabajo a la presente Ley dentro de los 3 meses siguientes a la promulgación de la Ley.
    - Abrir escenario para escuchar las opiniones de los trabajadores sin que las mismas sean obligatoria y sin que eliminen el poder de subordinación laboral.
    - La denuncia puede acompañarse de la solicitud de traslado a otra dependencia, si existiera opción, y será sugerida por la autoridad competente como medida correctiva cuando ello fuere posible.

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Fichas de estudio Ley 1010 de 2006 (Acoso Laboral)
Erstellt von
Jonathan Mazo
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