El Conocimiento

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investigacion en base al libro del doctor Carlos Muñoz R. sobre el conocimiento y sus implicaciones en el ambito juridico.
luis antonio guerrero hernandez
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  • CONOCIMIENTO
  • a lo largo de nuestra existencia como entes racionales, nos encontramos con diversas situaciones que, independientemente de si le prestamos atencion conciente o inconcientemente, genera en nuestra persona una base que podemos definir como un conocimiento, pero ¿que es el conocimiento en si?
  • DEFINICION
  • definir el conocimiento en un solo contexto resulta algo limitado, sin embargo, podemos darnos un sentido amplio sobre el mismo a traves de lo explicado por Luis Villoro: "comprende no solo el proceso psiquico llevado a cabo en la mente humana, sino tambien el producto colectivo social compartido por muchos individuos"
  • PROCESO
  • previamente se explica que, como tal, el conocimiento no es algo que se produce vagamente, ya que este es resultado de la interaccion humana con un objeto de la realidad, pero sin embargo, para que tal relacion logre funcionar entre el objeto y la persona o ser humano, debe existir un contexto racional y concreto que encamine al sujeto al objeto en cuestion, dandose como resultado el conocimiento de el objeto en cuestion.
  • FACTORES
  • En el proceso mediante el cual se desarrolla el conocimiento, existen diferentes factores que pueden dar lugar al mismo y que irremediablemente no pueden dejar de existir o estar ausentes para que el conocimiento exista: 1. el sujeto: el factor que lleva a cabo la labor cognoscitiva, es el elemento activo del mismo. En virtud de su racionalidad, facultad indispensable para realizar la labor aprehensiva de los objetos, el único sujeto capaz de efectuar la labor cognoscitiva es el ser humano, por otra parte el conocimiento no puede entenderse y no puede darse si el sujeto no entra en contacto con el objeto, si no hay una interacción.    
  • 2. objeto: en si, tal objeto se presenta como la realidad misma de estudio o base del conocimiento que adquirira el humano a traves de la relacion que se tiene entre su propia realidad ya sea cognitiva o fisica y su razon.
  • 3. relacion y producto: Una vez dados el sujeto y el objeto del conocimiento es necesario que exista una relación entre ambos, ya que en tanto estén ajenos no puede darse el conocimiento, mediante la relación interactúan sujeto y objeto. Finalmente, El resultado o producto de la actividad cognoscitiva del hombre es lo que se denomina como un pensamiento.
  • POSTURAS O TEORIAS DEL CONOCIMIENTO
  • Existen diferentes teorias o puntos de vista acerca de la relacion entre el humano y el objeto que generara a largo plazo el conocimiento desde el punto de vista de varios eruditos a lo largo de la historia, entre tales teorias estan:
  • 1. escepticismo: La primer manifestación del escepticismo de que se tiene noticia es el de Pirrón, cuyo principio fundamental lo resume Sexto Empírico diciendo que a toda razón se opone otra razón de igual valor, dando como resultado la impo- sibilidad del conocer.
  • 2. empirismo: sostiene que conocemos con los sentidos, es decir, que la única fuente de conocimiento se encuentra no en la razón sino en los datos de la experiencia, en consecuencia niega la abstracción.
  • 3. racionalismo: consiste en que el conocimiento es posible gracias a la razón que es la base fundamental e indispensable para que pueda llevarse a cabo el conocimiento humano.
  • 4. idealismo: afirma que la esencia del conocimiento son las ideas del sujeto; de tal manera que la realidad está determinada (no negada) por la acción del sujeto
  • 5. materialismo: parte de considerar la supremacía de la materia sobre la idea del sujeto. Afirma que para que el conocimiento pueda darse se debe reconocer la existencia de la materia, es decir el objeto,  independientemente del pensamiento humano.
  • TIPOS DE CONOCIMIENTO
  • Existen como tal dos tipos de conocimiento en base a como se desarrolla la relacion entre el objeto y el humano junto a su razon y percepcion de la misma realidad: 
  • 1. conocimiento popular/vulgar: el modo habitual y común de acercarse a los objetos, este tipo de conocimiento es directo y superficial, es un conocimiento elemental de la realidad, es subjetivo, sólo se ocupa de lo fenoménico, capta la realidad como se le presenta y no como es en sí. La descripción obedece a que el conocimiento popular no se preocupa por analizar la verdadera causa de los fenómenos, generalmente se guía por lo aparente sin penetrar en el análisis profundo y causal de la realidad, por lo que constituye más que un verdadero conocimiento, un cuerpo de opiniones.
  • 2. conocimiento cientifico: es el conocimiento causal de la realidad en base a operaciones sistematicas y metodologicas, teniendo validez por si misma. sus principales caracteristicas son la objetividad, racionalidad, metodicidad, sistematicidad, generalidad y falibilidad.
  • CONOCIMIENTO JURIDICO
  • El problema del conocimiento jurídico está íntimamente relacionado con el estudio del Derecho como objeto y de su ubicación dentro de la realidad. Las reflexiones espistemológicas sobre la ciencia jurídica han sido olvidadas por los juristas, para ellos el problema está resuelto y lo consideran así porque entienden al Derecho como un conjunto de normas de conducta y las normas no son objetos sensibles, sino ideales, es decir, objetos que no ocupan lugar en el tiempo ni en el espacio y cuya existencia no es perceptible sino tan solo pensable y razonable por el ser humano.
  • FUENTES DEL CONOCIMIENTO JURIDICO
  • 1. fuentes directas: que se clasifican a su ves en  A) mediatas: Elaboradas por un intermediario o agente para fines científicos y en orden al Derecho dentro de las que tenemos la literatura jurídica en sentido estricto, que son las obras de tratadistas, comentaristas, sintetizadores privados, recopilaciones, repertorios, antologías de fuentes jurídicas, etcétera. B) inmediatas: Que son gestadas sin la intervención de un intermediario que persiga fines científicos en orden al Derecho.
  • 2. fuentes indirectas:  que se clasifican a su ves en  A) mediatas: Producidas por un intermediario para fines científicos y, aún artísticos, no jurídicos en sí pero con proyección jurídica. B) inmediatas: Dan noticias accidentales o secundarias de lo jurídico lo científico o lo social con proyección jurídica, sin intervención de un agente.
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