Sujetos de la Relación Jurídico-Tributaria

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Exposición sobre los Sujetos de la Relación Jurídico-Tributaria
Juan Carlos Becerra
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Juan Carlos Becerra
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  • Sujetos de la Relación Jurídico-Tributaria
  • Se compone de una serie de derechos y obligaciones de dos partes: > El Estado. - Es el acreedor de los impuestos y demás contribuciones, denominado sujeto activo. > El contribuyente. - Es la persona obligada al pago, a quien se le denomina sujeto pasivo.
  • La Ley. - Establece, modificar o extinguir un tributo. Todo tributo se determina a través de leyes, no hay tributo sin ley. Sujeto Activo. - Es el ente público que tiene el poder tributario o potestad normativa de creación de tributos que se origina con el hecho imponible previsto en la propia norma. Sujeto Pasivo. – Es la persona natural o jurídica quien según la ley está obligada al cumplimiento de la prestación tributaria, sea como contribuyente o responsable.
  • Facultades
  • Facultad Reglamentaria. - Es la potestad que tiene la administración pública para emitir actos unilaterales que constituyen fuentes del derecho para la administración pública. Facultad Recaudadora. Recaudación. - Realización o cobro de los créditos y derechos que constituyen el haber del Estado y otras entidades públicas a través de los órganos administrativos que tienen atribuida la gestión recaudatoria. Facultad Resolutoria. - De acuerdo a la ley, toda autoridad competente está en la obligación de recibir y atender todas las solicitudes de petición o reclamos que presenten los contribuyentes; así como atender los recursos y absolver las consultas que se propongan, de conformidad con la ley. Facultad Sancionadora. -  Ejerce la doble función retributiva o de represión, imponer sanciones de conformidad con la ley.
  • Clasificación
  • División de la Administración Tributaria
  • Administración Tributaria Central. - manera estricta a la actividad y función del Estado con referencia a los tributos considerados como tributos nacionales, que están encaminados a financiar el presupuesto general del Estado Administración Seccional. - Es la que se desenvuelve por autoridades especiales de la provincia cuyo jefe es el prefecto provincial en el cantón. Administración Tributaria de Excepción. - La ley expresamente conceda la gestión tributaria a la propia entidad pública acreedora del tributo.
  • Entidades
  • El Servicio de Renta Internas (SRI). – Es un ente autónomo que efectúa la determinación, recaudación y control de los tributos internos del Estado y de aquellos cuya administración no esté expresamente asignada por Ley a otra autoridad. Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE). - Esta es responsable del control eficiente del comercio exterior, es decir, las exportaciones e importaciones y su facilitación
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