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Organizador Grafico de las Obligaciones

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Organizador Grafico de las Obligaciones
Objeto de estudio de la teoría general de las obligaciones
Es una relación jurídica entre una persona que es la deudora, la cual esta obligada a dar, hacer o no hacer a favor de otra que viene siendo la acreedora. estos se encuentran vinculados jurídicamente.
Un punto importante a saber es de que las obligaciones tienen 3 elementos esenciales, los cuales son: "sujeto, objeto y relación jurídica".
Las fuentes de las obligaciones
Las obligaciones nacen a partir de los hechos y actos jurídicos que producen el contrato, la declaración unilateral de la voluntad, el enriquecimiento ilegitimo y la gestión de derechos.


Formas de transmisión
Esta se presenta cuando se sustituyen a aquellas personas que eran el acreedor y el deudor. Dicho de otra manera, es la sustitución que quien era el antiguo dueño por aquel que a de ser el nuevo.
Existen diversas formas de transmisión, de las cuales, las mas comunes son la cesión de derechos, cesión de deudas y la subrogación.
Cesión de derechos: para que esta cesión surja efectos jurídicos, se tiene que tener completa autoría sobre aquellos bienes que se deseen sesionar al adquiriente, para que en todo caso pueda lucrar o no de acorde a las limitaciones que ya tenia el bien.
Subrogación: una persona ajena a una deuda, liquida la misma de otra persona, finalizando el compromiso que tenia el deudor con su anterior acreedor, pero ahora, la persona ajena se vuelve en el nuevo acreedor, obteniendo así, el derecho de solicitar el pago de la deuda anterior, la liquidez de la deuda debe ser con la aprobación del deudor.
Cesión de deuda: es parecida a la de derechos, solo con la diferencia de que debe de tener pleno conocimiento el acreedor en que habrá sustitución del anterior sujeto pasivo, por uno nuevo, quien será ahora el encargado de la deuda, para esto, debe de haber consentimiento del acreedor como ya se mencionaba.



Supuestos de extinción de las obligaciones
Las obligaciones no duran para siempre y estas pueden llegar a extinguirse de acuerdo con el CCF, por ejemplo:
Compensación: cuando 2 personas son deudores y acreedores entre sí.
Confusión: cuando una persona se vuelve deudora y acreedora a la vez.
Remisión de deuda: la persona acreedora condona ya sea total o parcial lo debido por el deudor.
Novación: se modifica un contrato que ya estaba en curso, a este se le modifica una obligación por otra completamente nueva.
Dación en pago: sucede cuando, la persona acreedora recibe como pago algo diferente a lo establecido con anterioridad.
Caducidad: esta ocurre cuando bajo ciertas condiciones algo tiene que ocurrir pero, esta ocurre en un plazo diferente al establecido.
Prescripción: se da cuando se deja algo sin actividad, es decir, no tiene movimiento alguno, asi pues, la persona que era acreedora pierde total derecho sobre la misma o a reclamar algun derecho sobre el mismo.








Angel Fidel García Cruz
UVEG
Licenciatura en Derecho
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- Angel García UVEG Licenciatura en derecho Abril de 2023
- Created by
- yaya Garcia
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