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Flowchart

Demanda

America Acevedo Spanish

Diagrama de flujo sobre la demanda: requisitos, período de discusión, prueba y sentencia

Diagrama de flujo: Demanda y juicio ordinario de mayor cuantía

Flowchart content

  1. Juicio ordinario de mayor cuantía

    Procedimiento declarativo de mayor cuantía, de aplicación general y supletoria respecto de otros procedimientos escritos y destinados a resolver en 1era instancia los conflictos que dentro de él se promueven

  2. Período de discusión

    a. Presentación de la demanda

    b. Notificación de la demanda

    c. Transcurso del emplazamiento

    d. Contestación de la demanda

    e. Réplica

    f. Dúplica

    g. Reconvención

    h. Dúplica de la reconvención

  3. Período de conciliación obligatoria

    Si no se produce la conciliación total, se da pase al siguiente período

  4. Período de prueba

    a. Se inicia con la resolución que recibe la causa a prueba

    b. Vencido el término probatorio, corre el plazo para que las partes formulen observaciones a la prueba. Vencido el plazo, el tribunal a petición de parte o de oficio cita a las partes a oír sentencia

  5. Período de sentencia

    a. Se inicia con la dictación y notificación de la resolución que cita a las partes a oír sentencia

    b. El juez dentro del plazo legal, se puede dictar medidas para mejor resolver. Transcurrido el plazo, el juez debe dictar sentencia en 60 días

  6. Demanda

    Acto procesal inductivo, de instancia en virtud del cual el actor somete su pretensión al juez, con las formas legales, pidiendo una sentencia favorable a su interés

  7. Requisitos de toda demanda (Art. 254 CPC)

  8. I. La designación del tribunal ante quien se entabla

    II. Nombre, domicilio y profesión u oficio del demandante y las personas que lo representan y la naturaleza de su representacion

    III. Nombre, domicilio y profesión y oficio del demandado

    IV. Exposición clara de los hechos y fundamentos de derecho en los que se apoya

    V. Enumeración precisa y clara, consignada en la conclusión de las peticiones que se sometan al fallo del tribunal

  9. Pluralidad de pretensiones

  10. a. Simple: las distintas pretensiones se reclaman conjuntamente

    b. Alternativas: La verificación de una de las múltiples pretensiones basta para saciar el acto

    c. Subsidiaria: E caso de que se deniegue la primera pretensión, se forma otra pretensión

  11. DA INICIO AL PROCEDIMIENTO

  12. Actitudes que puede tomar el juez frente a la demanda

  13. I. NO DAR CURSO A LA DEMANDA

    a. Se omite alguno de los 3 primeros requisitos de la demanda

    - El demandante debe presentar un escrito corrigiendo el error

    b. Se omite otro requisito de la demanda

    - El tribunal no puede rechazar la demanda de oficio, debe ser reclamado por el demandado (INEPTITUD DEL LIBELO)

    c. Si el tribunal declara su incompetencia absoluta

    d. Si no se ha constituido patrocinio y poder

  14. II. DAR CURSO A LA DEMANDA

    La demanda debe ser proveída mediante un decreto que debe contener:

    a. Lugar y fecha

    b. A petición principal: TRASLADO

    c. Se proveen los otrosíes

    d. Se señala el numero de ingreso de la causa y su cuantía

    e. Debe llevar la firma del juez y del secretario

  15. Traslado

    Comunicación que se da a una de las partes litigantes de las peticiones de la otra, para que sea oída y exponga lo que determine conveniente, dentro del plazo legal

  16. Retiro y/o modificación de la demanda

  17. I. Presentada la demanda y antes de su notificación al demandado

    a. El actor puede retirarla, sin necesidad de escrito. Se entiende como no presentada. Puede presentar una nueva demanda porque no extingue la acción

    b. Hasta antes de la notificación se puede modificar la demanda mediante nuevo escrito sin restricción alguna

  18. II. Notificada la demanda y hasta antes de la contestación

    a. El actor puede modificar la demanda sin limitaciones. El escrito se considerará nueva demanda para efectos de su notificación

    b. El término de emplazamiento para contestar la demanda original y las modificaciones corre desde que se han notificado todas las resoluciones al demandado

    c. A partir de la notificación, el actor puede presentar un escrito de desistimiento de la demanda. Este escrito se trata como incidente y el tribunal debe acoger la solicitud para que produzca efectos

  19. III. Luego de contestada la demanda

    a. RG: el actor no puede modificar la demanda, solo puede desistir de ella en las formas legales

    b. Excepciones: en la replica puede ampliar, adicionar o modificar la demanda sin alterar el objeto principal del pleito

  20. Efectos del desistimiento de la demanda

  21. Art. 150 CPC: La sentencia que acepte el desistimiento, haya o no habido oposición, extinguirá las acciones a que el se refiera, con relación a las partes litigantes y a todas las personas a quienes habría afectado la sentencia del juicio al que se pone fin

  22. Efectos de la interposición de la demanda

  23. a. Queda abierta la instancia y el juez esta obligado a conocer las pretensiones del actor

    b. El juez debe conocer de la demanda

    c. Hay prórroga tácita de competencia en los casos que procesa

    d. Se fija la competencia específica del juez

    e. El actor no puede interponer nueva demanda contra el demandado en la que se persiga el mismo objeto LITIS PENDENCIA

    f. Algunos sostienen que se genera la relación procesal

  24. Emplazamiento

    Notificación que se hace a una parte para que dentro de determinado plazo haga valer sus derechos

  25. Elementos del emplazamiento:

    I. Existencia de una notificación

    II. Transcurso del plazo para hacer valer los derechos

  26. En primera o única instancia:

    a. Notificación valida de la demanda

    b. Transcurso del plazo para que el demanadado haga valer sus derechos

  27. Características del término de emplazamiento

  28. i. Es un plazo legal y fatal

    ii. Es improrrogable

    iii. Es común para todos los demandados

    iv. Es un plazo discontinuo

    v. Se cuenta desde la notificación de la demanda y su extensión varía según la siguiente distinción:

    - En la comuna donde funciona el tribunal: 15 días

    - Dentro del territorio jurisdiccional: 18 días

    - Fuera del territorio jurisdiccional: 18 días + tabla de emplazamiento

    vi. En caso de que existan varios demandados el plazo comienza a correr individualmente desde la notificación, pero se extiende hasta que expira el ultimo plazo

  29. Efectos que produce el emplazamiento

  30. i. Percibe que se tenga por cumplido un tramite esencial para la validez del proceso

    ii. Una vez notificado la demanda y transcurrido el término de emplazamiento, se constituye la relación procesal

    iii. Se genera para el demandado la carga de la defensa

  31. Medios para impugnar un procedimiento por falta de emplazamiento

  32. i. Excepción dilatoria

    ii. Incidente de nulidad

    iii. Casación en la forma

  33. Actitudes del demandado frente a la demanda

  34. I. No contestar la demanda en el plazo legal

    REBELDÍA

  35. II. Allanarse a la demanda: Aceptación expresa de la pretensión del demandante

  36. III. Oposición a la pretensión del actor

  37. - Es una contestación ficta, niega genéricamente los fundamentos de la pretensión

    - El termino para contestar la demanda, es FATAL, expira sin necesidad de declarar rebeldía

    - Precluida la facultad de contestar se da por evacuado el tramite de contestación

    - Declarado la rebeldía, el tribunal da traslado al demandante para replicar

    - El actor deberá probar los hechos en que se funda su pretensión

    - En la primera instancia el demandado rebelde debe ser notificado de todas las resoluciones

    a. Puede comparecer en cualquier momento, respetando lo obrado, solo deduzca incidente de nulidad por falta de emplazamiento

    b. En segunda instancia, el apelado adquiere dicha situación por ley, no siendo necesario la notificación de las resoluciones

  38. a. Para que el mandatario judicial se allane requiere facultad especial

    b. El allanamiento total no conlleva a la terminación del proceso, solo libera al tribunal de recibir la causa a prueba

    c. Si el allanamiento es parcial se deberá recibir la causa a prueba respecto de los puntos no aceptados

    *CONLLEVA UN RECONOCIMIENTO DE LOS HECHOS Y EL DERECHO

  39. a. Excepción dilatoria o perentoria

    b. Reconvención

    c. Contestar la demanda

  40. Los incidentes

    Toda cuestión accesoria al juicio que requiere de un especial pronunciamiento del tribunal

  41. Según su tramitación:

    a. Ordinario: reglas generales

    b. Especiales: pe. acumulación de autos

  42. Según su relación con el asunto principal:

    a. Conexos

    b. Inconexos: no tienen relación

    deben rechazarse de plano

  43. Según su origen:

    a. Previos: Debe promoverse ante cualquier gestión principal en el pleito

    b. Coetáneos: Deben promoverse tan pronto llegan a conocimiento de la parte respectiva

  44. Según su incidencia en la causa principal:

    a. De previo y especial pronunciamiento: paralizan la causa principal hasta que no sean resueltos

    ii. De NO previo y especial pronunciamiento: no suspendes, se tramitan en cuaderno separado

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Flowchart on Demanda, created by America Acevedo on 29/01/2021.
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