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31. ACUMULACIÓN DE PCSOS EJECUTIVO, Art 464 CGP

Camila Narvaez Spanish

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31. ACUMULACIÓN DE PCSOS EJECUTIVO, Art 464 CGP

  1. Procede si

    • Tienen un ddo común
    • Persiga total o parcial los mismos bienes del ddo
  2. PRESUPUESTOS

    • Si pretende acumular un ejecutivo con un ejec de garantia real
      • Solo puede solicitar el acreedor hipotecario o prendario
    • Debe presentarse hasta antes de fijar fecha para primera diligencia de remate
    • Ante la misma jurisdicción
      • CONCURRENCIA DE EMBARGOS EN PCSOS DE DIFERENTES ESPECIALIDADES, Art 465 CGP
        • No constituye intervención de terceros, en el pcso ejecutivo singular, pues se trata del decreto y práctica de dos med. caut. particulares
        • Se presenta cuando estando embargados bienes en un pcso civil, simultaneamente en un laboral o de alimentos, se decreta el embargo de los mismos bienes
          • Decretada la med caut por el juez laboral o de familia, o fiscal
            • Comunican al juez civil
              • El juez civil adelanta el pcso hasta el remate
                • Reacudado el producto del remate
                  • Solicitará a los otros jueces la liquidación y el crédito para que cada uno se cobre, por su prelación
        • PERSECUCIÓN DE BIENES EMBARGADOS EN OTRO PCSO, Art 466 CGP
          • Embargo de remanentes
            • Consiste en la practica de una medida cautelar de quien pretenda perseguir ejecutivamente en un pcso civil, bienes embargados en otro pcso y no acumuló ddas
            • Juez decreta
              • Comunica al otro despacho
                • Quien recibe debe dejar constancia de fecha y hora de recibido
                  • Se entiende consumado al embargo
                    • A menos que exista uno anterior
            • El acreedor que embarga remanentes adquiere una calidad que lo asimila a un tercero
          • El juez que desembargue y ponga los bienes a disposición del otro pcso remitirá copias de la diligencia de secuestro
            • También el avaluo
            • No pueden concretarse si no un bien por pcso
    • Se somete a las prescripciones de los arts 150 y 159 CGP
  3. Al solicitarla, el peticionario debe expresar las razones que sustenten su solicitud

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Mind Map on 31. ACUMULACIÓN DE PCSOS EJECUTIVO, Art 464 CGP, created by Camila Narvaez on 04/04/2020.
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Camila Narvaez
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