Mind map
Junta Directiva del Instituto Seguridad Social para lasFuerzas Armadas Mexicanas
Map content
Junta Directiva del Instituto Seguridad Social para lasFuerzas Armadas Mexicanas
Son atribuciones de la Junta Directiva
- Decidir las inversiones del Instituto;
- Dictar los acuerdos necesarios para satisfacer las prestaciones establecidas por esta Ley
- Otorgar, negar, modificar, suspender y dejar insubsistentes los haberes de retiro, pensiones y compensaciones, en los términos de esta Ley
- Conocer y resolver las propuestas para el otorgamiento de créditos hipotecarios con cargo al Fondo de la Vivienda para los miembros del activo de las Fuerzas Armadas Mexicanas
- Conocer y determinar los montos máximos de los créditos que se otorguen, así como la protección de los préstamos y los precios máximos de venta de las habitaciones cuya adquisición o construcción pueda ser objeto de los créditos que se otorguen con cargo al Fondo de la Vivienda para los miembros del activo de las Fuerzas Armadas Mexicanas
- Autorizar créditos a plazo mayor de 10 y hasta 20 años con cargo al Fondo de la Vivienda para los miembros del activo del Ejército, Fuerza Aérea y Armada cuando se destinen a la adquisición o construcción de casas habitación. La Junta Directiva tendrá también facultad para autorizar créditos a plazo menor de 10 años cuando se destinen a la reparación, ampliación o mejoramiento de las casas habitación o al pago de los pasivos en los términos del inciso c) de la fracción II del artículo 100 de esta Ley
- Aprobar y poner en vigor el Estatuto Orgánico y expedir los manuales, normas y procedimientos que se hagan necesarios para el adecuado funcionamiento del Instituto
- Establecer o suprimir delegaciones del Instituto en los estados
- Discutir anualmente, para su aprobación o modificación, los presupuestos, la memoria y los planes de inversiones y de operaciones
- Aprobar anualmente, previo informe de los comisarios y dictamen de los auditores externos, los estados financieros del Instituto y autorizar la publicación de los mismos
- Vigilar que las inversiones se hagan de acuerdo con las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos
- Analizar y aprobar, en su caso, los informes periódicos que rinda el Director General con la intervención que corresponda a los comisarios, en los términos del artículo 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales
- Proponer al Ejecutivo Federal la expedición del Reglamento de la Ley, así como las reformas a ambos ordenamientos jurídicos
Conceder licencias a los miembros de la Junta Directiva
Ordenar se practique auditoría, cuando lo estime conveniente, para determinar la exactitud de los estados financieros y comprobar los avalúos de los bienes materia de operaciones del Instituto. Dichas auditorías se practicarán con independencia de las que, en el ámbito de sus atribuciones, corresponde realizar a la Secretaría de la Función Pública, por sí o a través del órgano interno de control en el Instituto, de conformidad con lo dispuesto por las normas aplicables
En general, realizar todos aquellos actos y operaciones legalmente autorizados y los que fuesen necesarios para la mejor administración o gobierno del Instituto.
Son atribuciones del Director General
- Representar al Instituto
- Presentar cada año a la Junta Directiva un informe pormenorizado del estado del Instituto
- Someter a la decisión de la Junta Directiva todas aquellas cuestiones que sean de la competencia de la misma
- Asistir a las sesiones de la Junta Directiva, con voz pero sin derecho a voto. En sus ausencias, concurrirá a ellas quien asuma sus funciones
- Formular y presentar a la Junta el balance, los presupuestos de ingresos y egresos, la memoria y los planes de inversiones y de operaciones y servicios del Instituto correspondientes a cada ejercicio anual;
- Administrar los bienes del Instituto
- Dictar las normas de administración y funcionamiento del Instituto; y elaborar los programas de manejo y explotación de sus bienes
- Resolver, bajo su inmediata y directa responsabilidad, los asuntos urgentes de la competencia de la Junta Directiva, a reserva de dar cuenta de la misma en el menor tiempo posible
- Conceder licencias al personal del Instituto en los términos de las disposiciones correspondientes
- Vigilar las labores del personal exigiendo su debido cumplimiento e imponer a los trabajadores del Instituto las correcciones disciplinarias procedentes
- Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias a los miembros de la Junta Directiva cuando proceda o, a su juicio, existan razones suficientes
- Las demás que señalen esta Ley, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.
- El Director General tendrá todas las facultades que corresponden a los mandatarios generales para pleitos y cobranzas; actos de administración y de dominio y aquellos que requieran cláusula especial, en los términos del Código Civil Federal, obtener créditos y otorgar o suscribir títulos de crédito de acuerdo con la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; formular querellas en los casos de delitos que sólo se puedan perseguir a petición de la parte ofendida y para otorgar el perdón extintivo de la acción penal.
Information
- Description
- Junta Directiva del Instituto Seguridad Social para lasFuerzas Armadas Mexicanas
- Created by
- Estefania Ruiz Espinoza
- Views
- 11
- Tags
- Rating