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MARCO CONCEPTUAL
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Expulsión. Lanzamiento,
arrojo. Despido. Exclusión. Baja condenatoria en una asociación. En general,
todo acto o medida que se traduce en la separación o alejamiento, con
violencia, cuando recae en una persona, obligada así a abandonar, sin derecho a
volver, un local, reunión, entidad, asociación, partido, sindicato, población o
territorio.[1]
Falta leve. Falta sin
justificación, incumplimientos en los trabajos comunales y otras faltas en
justificación en las markas, ayllus y sayas.[2]
Falta grave. Beber por
vicios y ser un mal ejemplo moral para sus hijos, hacer desaparecer los mojones
de lindero y traicionar los intereses de la saya.
Falta muy
grave. Ladrón acusado y confeso de bienes o valores ajenos, mentiroso,
con la finalidad de ocultar hechos culposos, dolosos, violaciones u otros
hechos inmorales, asesinato de mano propia o el autor intelectual de la muerte
de una persona y otras faltas graves.
Justicia
indígena originario campesina. Es un sistema jurídico de las naciones y
pueblos indígenas originarios campesinos del Estado Plurinacional de Bolivia,
donde sus autoridades (Mallkus, Capitanes, Secretarios Generales), ejercen sus
funciones jurisdiccionales y de competencia, aplicando sus principios, valores
culturales, normas y procedimientos propios, para la regulación de la vida en
la comunidad. [3]
Sanción. Es la pena o
castigo que la ley prevé para su aplicación a quienes incurran o hayan
incurrido en una infracción punible.[4]
Sanción de expulsión. Este tipo de
sanción se da cuando existe faltas gravísimas o errores con reincidencia, la
expulsión de la comunidad puede ser temporal o definitiva y si bien aun no se
ha dado se encuentra prevista entre las sanciones más fuertes que impone la
comunidad.
Bajo una
perspectiva antropológica, la pena de destierro comprende la sanción de
extrañamiento de un miembro de la colectividad que conlleva la pérdida de su
identidad cultural y la separación física del resto de la comunidad. Esta
práctica de condenar al ostracismo al infractor de las normas internas de la
comunidad es frecuente en las organizaciones sociales en las que la defensa de
la colectividad prevalece sobre los derechos individuales.[5]
[1] OSSORIO
Manuel, “Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales” Heliasta 2011
Pag. 395
[2] UMSA
“Programa de Justicia Comunitaria” JUCHA TAQAWI
(Administración de Justicia) Pag. 133
[3] MINISTERIO
DE JUSTICIA, “Cartilla de capacitación para autoridades judiciales” Pag. 4
[4] OSSORIO
Manuel, “Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales” Heliasta 2011
Pag. 865
[5] MENDOZA
Marco, “Normas, procedimientos y sanciones de Justicia Indígena en Bolivia”
2010 Pag. 49
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- DIPLOMADO JUSTICIA INDIGENA ORIGINARIA CAMPECINA Note on MARCO CONCEPTUAL, created by mary02_91 on 20/07/2014.
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