Flashcards
Derecho Internacional Público (primera parte)

Cards in this deck (25)
- 1Ámbito de aplicación.Comprende las relaciones internacionales.
- 2Relaciones internacionales (Frederick Hartmann).Entendidas como “ toda comunicación e intercambio entre estados y todo movimiento de personas, bienes e ideas más allá de las fronteras.
- 3Definición según sus destinatarios.Conjunto de normas que regulan las relaciones entre los Estados y demás sujetos internacionales.
- 4Seara VázquezEl DIP es el Conjunto normativo destinado a reglamentar las normas entre los sujetos internacionales.
- 5Definición según la materia (Guggenheim)El Derecho Internacional Público es el conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones internacionales.
- 6Definición según las técnicas de creación.Conjunto de normas para un momento dado y que sin tener en cuenta el objetivo ordenado y el sujeto obligado, se han convertido como consecuencia de una procedimiento en internacionales
- 7Concepto de DIPRama del derecho que regula el comportamiento de los Estados y demás sujetos atípicos mediante un conjunto de normas positivas por los poderes normativos peculiares de la comunidad internacional.
- 8Relación del Derecho Internacional Público y el Derecho Interno de los Estados (Teorías).* Dualista.
*Monista.
*conciliadora o coordinada. - 9Dualismo, establece:El Derecho Internacional Público y el Derecho Interno son dos ordenes jurídicos distintos e independientes.
- 10Diferencias que establece el dualismo.

- 112 primeros principios de la teoría dualista.1.- No pueden existir normas internacionales o normas internas obligatorias en virtud de la norma básica del orden internacional.
2.- Las normas internacionales no pueden influir sobre el valor obligatorio de las normas internas y viceversa. - 122 ultimos principios de la teoría dualista3.- Entre el derecho interno y el internacional no puede existir conflicto en sentido propio.
4.- El Derecho Internacional Público, sin embargo, referirse al derecho interno y este al Derecho Internacional. - 13Teoría Monista, ¿qué proclama?Proclaman la unidad de ambas ramas jurídicas en un solo sistema jurídico.
- 14¿Qué dice Kelsen sobre la teoría monista?En un único conjunto están incluidos los distintos órdenes y entre los cuales hay una relación de subordinación.
- 15Tesis que derivan de los monistas*Internista.
*Internacionalista. - 16Teoría monista internista.*El derecho interno prevalece sobre el D. internacional.
*Se basa en que el derecho internacional es posterior al derecho interno, en cuanto a que surge como consecuencia de la regulación de los estados ya constituidos. Y que son los estados quienes se obligan internacionalmente. - 17Monismo internacionalista.Sostiene que existe un único orden jurídico en el cual el derecho interno está subordinado al derecho internacional.
El derecho de gentes es jerárquicamente superior [pacta sun servanda]. - 18Tesis coordinadas o conciliadoras.Parten, al igual que las teorías monistas, de la unificación de distintas ramas jurídicas en un solo sistema con una relación entre ambas de coordinación y no de subordinación.
- 19Concepto de Ulpiano en el DigestoDerecho Público es aquel que se refiere a las cosas del Estado y Derecho Privado es el que se refiere a la utilidad de los particulares.
- 20Fuentes del Derecho Internacional Público*Tratados internacionales.
*Costumbre Internacional.
*Principios generales del derecho.
*Jurisprudencia. - 21Costumbre internacional.Norma resultante de la práctica general, constante, uniforme y duradera llevada a cabo por los sujetos de derecho internacional, y realizada con la convicción de ser jurídicamente obligatoria.
- 22Elementos de la costumbre.*Material.
*Psicológico. - 23Elemento material:Es la práctica. La repetición de comportamientos que pueden ser acciones (costumbres positivas) u omisiones (costumbres negativas).
- 24Elemento psicológico.Es que la práctica se haya realizado con el convencimiento de conformarse una obligación jurídica.
- 25Principios generales del derechoConjunto de reglas o proposiciones generales que yacen inmersas en todas las normas de derecho, las cuales se encuentran reconocidas en los ordenamientos jurídicos de los Estados y cuya utilización debe considerarse supletoria, solo cuando no encuentre un Tratado o costumbre aplicable al caso.
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- Conceptos preliminares, fuentes: Tratados, costumbre, jurisprudencia y principios.
- Created by
- Rebeca Avila
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