Diagrama de flujo
LA EDUCACIÓN EN LA CONSTITUCIÓN DE ECUADOR (2008)

Contenido del diagrama
LA EDUCACIÓN EN LA CONSTITUCIÓN DE ECUADOR (2008)
Art.343
Art. 340
Art. 47
Art. 46
Art. 45
Art. 35
Art. 29
Art. 341
Art. 44
Art. 28
Art. 344
Art. 27
Art. 26
La educación es un derecho de las personas
Un deber ineludible e inexcusable del Estado
La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico.
En el marco del respeto a los derechos humanos.
Medio ambiente sustentable.
La democracia
La educación responderá al interés público y no estará al servicio de intereses individuales y corporativos
La educación pública será universal y laica en todos sus niveles
EI Estado garantizará la libertad de enseñanza, la libertad de cátedra
Derecho de las personas a aprender en su propia lengua y ámbito cultural
El Estado prestará especial protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad
El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos
Permitirá la satisfacción de sus necesidades sociales, afectivo-emocionales y culturales
El Estado reconocerá y garantizará la vida, incluido el cuidado y protección desde la concepción.
Derecho a la integridad física y psíquica; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud integral y nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria
El Estado garantizará nutrición, salud, educación y cuidado.
Protección contra la explotación laboral, sexual, maltrato. Prevención en el uso de estupefacientes y la atención prioritaria a grupos vulnerables o problemas causados por cualquier tipo de accidente.
El Estado garantizará políticas de prevención de las discapacidades y, de manera conjunta con la sociedad y la familia
Educación especializada, atención psicológica, acceso a los bienes y servicios.
El sistema de la educación se guiará por los principios de universalidad, igualdad, equidad, progresividad, interculturalidad, solidaridad y no discriminación.
El Estado generará las condiciones para la protección integral
Aseguran los derechos y principios reconocidos en la Constitución
Art. 345
Art. 346
El sistema nacional de educación tendrá como finalidad el desarrollo de capacidades y potencialidades individuales y colectivas
Como centro al sujeto que aprende, y funcionará de manera flexible y dinámica, incluyente, eficaz y eficiente
El Estado ejercerá la rectoría del sistema a través de la autoridad educativa nacional
Regulará y controlará las actividades relacionadas con la educación, así como el funcionamiento de las entidades del sistema.
La educación como servicio público
Sistema de inclusión y equidad social.
Existirá una institución pública, con autonomía, de evaluación integral interna y externa, que promueva la calidad de la educación.
Art- 348
Art. 349
La educación pública será gratuita y el Estado la financiará de manera oportuna, regular y suficiente.
El Estado garantizará al personal docente, en todos los niveles y modalidades, estabilidad, actualización, formación continua y mejoramiento pedagógico y académico

Información
- Descripción
- Mapa conceptual_ LA EDUCACIÓN EN LA CONSTITUCIÓN DE ECUADOR (2008)
- Creado por
- Marco Chacon
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