LA CONDICIÓN RESOLUTORIA TACITA: MUTUO INCUMPLIMIENTO

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trabajo de obligaciones
Cristian Guzman
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Cristian Guzman
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LA CONDICIÓN RESOLUTORIA TACITA: MUTUO INCUMPLIMIENTO
  1. INCUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS BILATERALES
    1. A) Postulado de la autonomía contractual
      1. Una de las fuentes de las Obligaciones
        1. Es el contrato
          1. Es el precepto que constituye el punto de partida, para el reconocimiento jurídico
            1. De la AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD
              1. Como actividad y potestad creadora, modificadora y extintiva
                1. De relaciones jurídicas entre los individuos
                2. Sinembargo, dicho poder no es absoluto
                  1. Ya que hay nociones superiores que limitan el poder del particular
                    1. Como lo es el Orden Publico y las Buenas Costumbes
                  2. LA LEGISLACIÓN COLOMBIANA
                    1. Tiene como uno de sus principios fundamentales; LA AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD PRIVADA
                      1. En virtud en que estos pueden efectuar actos jurídicos sujetos a las normas
                        1. Que regulan su EFICACIA y VALIDEZ
                          1. En el Derecho Privado
                            1. Campea el principio de la autonomía de la voluntad
                              1. Permitiendo a los particulares darse reglas en sus relaciones
                                1. Economico sociales
                                2. EN VIRTUD DE LA AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD
                                  1. La legislación civil positiva autoriza a los particulares
                                    1. 1) Crear 2) Modificar o 3) Extinguir Obligaciones
                                      1. Mediante actos jurídicos
                                        1. Ya sean de caracter
                                          1. 1) Unilateral
                                            1. 2) Bilateral
                                              1. 3) Plurílateral
                            2. LA REGLA DE ORO (De la Autonomía de la Voluntad)
                              1. Se recoge y condensa mediante el Articulo 1602 del Codígo civil
                                1. Para crear, modificar o extinguir obligaciones
                                  1. Pues no solo se reconoce de manera explicita el poder de los particulares
                                    1. Sino que también se les advierte a los contratantes
                                      1. Que dicho reconocimiento no se le puede otorgar
                                        1. Sino al contrato que haya sido legalmente celebrado
                                2. El reconocimiento de la voluntad privada se robustece
                                  1. Mediante el contenido del articulo 1608 C.C
                                    1. Que va respecto a la regulación de los propios intereses entre los particulares
                      2. B) Fundamento de la fuerza resolutiva
                        1. La fuerza obligatoria reside en el acuerdo de voluntades
                          1. "Servanda est fides, pacta sunt servanda"
                            1. Los dicen los contractualistas
                              1. Grocío
                                1. Pufendorf
                                  1. Rousseau
                                    1. La fundamentan en un pacto social tacito
                                      1. Respecto a la fuerza obligatoria del acuerdo de voluntades
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