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Fases del Proceso Penal

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Fases del Proceso Penal
- Consecuencia del sistema acusador es la división de un proceso en diferentes fases. En el Proceso Penal Ordinario se distinguen cinco (5) a saber
FASE PREPARATORIA
- Art. 262 del COPP. Su objeto es la preparación del Juicio oral y público, busca la verdad, recogiendo los elementos de convicción para que el fiscal funde su acusación y la defensa del imputado (a) Art. 263 al 266 ejusdem.
- se da lo siguiente
- Inicio del Proceso
- Puede ser: De oficio por denuncia o por querella.
- a través de
- Por denuncia previa
- Art. 267. Cualquier persona en conocimiento de un hecho punible, puede denunciarlo ante el MP o ente policial penal. Arts. 268 al 273. COPP
- luego viene
- Desarrollo de la Investigación
- Una vez se tiene conocimiento de un hecho punible por cualquiera de los medios conocidos, el MP da inicio a la etapa de investigación. Art. 282 del COPP
- Inicio
- Art. 282 Una vez recibida la denuncia, se da inicio al desarrollo de la investigación.
- Desestimación
- Art. 283 La solicita el fiscal, cuando el hecho no reviste carácter penal o cuando el hecho de enjuiciamiento solo procede a instancia de parte agraviada. Art. 284. Efectos
- Formalidades
- ART. 285. Todo debe constar en acta, con fecha e identificación de las personas que proporcionan la información, resumen detallado de actos realizados y firma de funcionarios involucrados y fiscal del MP encargado.
- Prueba anticipada
- Art. 289. Se practica cuando por su naturaleza y características se consideren actos definitivos e irreproducibles. (reconocimiento, inspección, experticia. Art. 290 Al concluir todos los interesados recibirán actas (MP, Víctima, imputado)
- Proposición de diligencias
- Art. 287, El imputado (a) puede solicitar al fiscal del MP la practica de diligencias tendientes a esclarecer los hechos. Art. 288. El MP permitirá la asistencia de los interesados a los actos que se deban realizar, siempre y cuando esta sea útil y no perjudique la investigación.
- Carácter de las actuaciones
- Art. 286 Todos los actos de la investigación serán reservados a terceros. Excepto víctima, imputado y defensores.
- finaliza con
- Actos Conclusivos
- El MP tratará de dar término a la fase preparatoria con la celeridad que el caso requiera, sin embargo pasados 6 meses desde la individualización del imputado podrá requerir el Juez de control la fijación de un plazo prudencial, no menor de 30 días ni mayor de 120 días para la conclusión de la misma.
- Acusación
- Cuando el MP considere que la investigación ha arrojado elementos lo suficientemente serios como para el enjuiciamiento oral y público del imputado, propondrá la acusación correspondiente ante el Tribunal de Control, este en la fase Intermedia determinará si hay elementos suficientes para un juicio, tomando en cuenta los argumentos de la defensa. Todo esto se ventilara en la Audiencia Preliminar. Art. 308 COPP.
- una vez admitida la acusasión
- Fase Intermedia
- Su punto de partida es la presentación de la acusación. El fin principal de esta fase es depurar, supervisar y controlar las garantías procesales. Arts. 309 al 314 COPP
- conocida como
- Audiencia Preliminar
- Art. 309 al 314 COPP. En ella se define el objeto del proceso y los límites de la acusación
- Previo a ella
- La víctima podrá adherirse a la acusación del fiscal
- Recibida la notificación la Víctima tendrá 5 días para adherirse a la acusación del fiscal o presentar una acusación propia particular
- la admisión de la acusación
- Le confiere a la víctima la cualidad de parte querellante, en caso de no haberla obtenido en la fase preparatoria
- al finalizar
- Decisión
- Art. 313 COPP El Juez (a) resolverá en presencia de las partes.
- Defecto
- Si existe algún defecto en la acusación de la fiscalía y la victima, lo podrán subsanar de inmediato y continuar si es posible. Art. 313
- Admitir
- Total o parcialmente la acusación del fiscal o querellante, ordenar la apertura a juicio, o atribuirle a los hechos una calificación jurídica provisional distinta a la acusación fiscal. Art. 313 COPP
- finaliza esta fase
- con el
- Auto de Apertura del Juicio
- Art. 314 COPP Decisión por la cual el Juez (a) admite la Acusación, se dictará ante las partes. Debe contener:
- Identificación
- Completa de la persona acusada.
- Una relación.
- Clara, precisa y circunstanciada de los hechos, su calificación jurídica provisional y una exposición breve de los motivos en que se funda. Y si es el caso las razones del cambio de calificación jurídica de la acusación
- Las Pruebas
- Admitidas y las estipulaciones realizadas entre las partes.
- La instrucción
- Al secretario de remitir al tribunal competente la documentación de las actuaciones y los objetos que se incautaron.
- el emplazamiento
- De las partes para que en el plazo común de 5 días se concurra ante el juez (a) de juicio.
- La orden
- De abrir el juicio oral y público
- Auto de Apertura del Juicio
- con el
- Dictar
- Art. 313 COPP el sobreseimiento de la causas si considera que ocurre alguna de las causales establecidas en la ley (art. 300 ejusdem)
- Sentenciar
- Conforme al procedimiento por admisión de los hechos. Art. 313 COPP
- Decidir
- Acerca de medidas cautelares. Art. 313 COPP
- Resolver
- La excepciones opuestas. Art. 313 COPP
- Aprobar
- Los Acuerdos Reparatorios. Art. 313
- Decidir
- Sobre la legalidad, licitud, pertinencia y necesidad de la prueba ofrecida para el juicio oral.
- Acordar
- Suspensión condicional del proceso. Art. 313 COPP
- Decisión
- al finalizar
- Le confiere a la víctima la cualidad de parte querellante, en caso de no haberla obtenido en la fase preparatoria
- La víctima podrá adherirse a la acusación del fiscal
- Incomparecencia
- Art. 310 COPP El juez debe asegurarse de controlar todo lo conducente a la celebración de la Audiencia Preliminar en el plazo indicado, por ello en caso de incomparecencia de alguno de los citados, procederá según las reglas establecidas en este artículo.
- El imputado
- Si falta estando en libertad, se libra orden de aprehensión para asegurar su comparecencia en el acto. si falta estando detenido, renunciara a su derecho a ser oído, a acogerse a las fórmulas alternativas a la prosecución del proceso, al procedimiento por admisión de hechos.
- Defensor y Fiscal
- De faltar alguno de ello se fijara una nueva fecha y se notificará a sus superiores correspondientes a fin de garantizar su presencia en la nueva fecha.
- La Víctima
- No impedirá la realización de la Audiencia Preliminar
- Facultades y cargas de las partes
- .Art. 311 COPP. Hasta 5 días antes de la celebración de la audiencia preliminar las partes podrán presentar por escrito algunos actos como:
- Promover las pruebas
- Ofrecer nuevas pruebas
- Promover pruebas de estipulación
- Oponer excepciones
- Pedir revocación o imposición de medida cautelar
- Solicitar procedimiento para admisión de hechos
- Solicitar condición del proceso
- Proponer acuerdos reparatorios
- Desarrollo de la Adiencia
- Art. 312 COPP: El día señalado
- Las partes
- Las partes exponen brevemente el fundamento de sus peticiones. Art. 312 COPP
- El imputado (a)
- Puede solicitar que se reciba su declaración, que se rendirá según los lineamientos del COPP. Art. 312
- El Juez (a)
- Informará a las partes sobre las medidas alternativas a la prosecución del proceso. Art. 312
- No permitido
- En esta audiencia no se permite plantear cuestiones propias del juicio oral y público.Art. 312
- Audiencia Preliminar
- El juez (a) convocará a las partes, a una audiencia oral y pública
- Dicha audiencia deberá llevarse a cabo en un lapso no menor de 15 días y no mayor de 20 días. Art. 309 COPP
- Fase Intermedia
- Archivo fiscal
- Puede concluir la fase preliminar cuando el MP considera que una vez realizada la investigación esta es insuficiente para proponer acusación, y decreta el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. Con esta acción cesa la condición de imputado y las medidas cautelares impuestas. Art. 297 al 299 del COPP
- Sobreseimiento
- Se solicita al estimar que incurren algunas de la circunstancias previstas en el art. 300 del COPP. Arts. 300 al 307. COPP
- Actos Conclusivos
- Desarrollo de la Investigación
- Querella
- Medio por el cual la víctima de un delito de acción pública, insta la persecución penal del hecho, constituyéndose en parte formal del proceso, se interpone ante el juez de control, antes o durante la investigación, adquiriendo de esta forma la condición de querellante. Arts.del 274 al 279 COPP
- De oficio
- Art. 265 . El Ministerio Público al tener conocimiento de la perpetración de un hecho punible de acción pública dispondrá de todas las diligencias tendientes a investigarlo. Arta. 266 y 282 ejusdem.
- Por denuncia previa
- Inicio del Proceso
Fase Preparatoria, Fase Intermedia, Fase de Juicio Oral, Fase de Impugnación y Fase de Ejecución Penal
- En estas fases se observa una clara definición y delimitación de las funciones fundamentales del mismo, que son acusar, defender y decidir.
- Fase de Ejecusión Penal
- Aquí el juez (a) correspondiente velará por el cumplimiento de las penas y medidas de seguridad impuestas mediante sentencia firme. De igual forma velará por los derechos del condenado, además de conocer las solicitudes de beneficios procesales como son las formas alternativas al cumplimiento de la pena.
- Fase de impugnación o recursos
- Las partes tienen la oportunidad de recurrir por los medios y en los casos establecidos en contra de las decisiones judiciales a quienes la ley reconozca expresamente ese derecho.
- Fase de Audiencia Oral y Pública
- En esta fase la parte acusadora esta en la obligación de demostrar que lo alegado es cierto, le corresponde la carga de la prueba. La controversia se resuelve en el debate. Art. 315 y siguientes
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- Mapa mental sobre dos de las fases del Proceso Penal. Preparatoria e Intermedia. Sustentado en los artículos del Código Orgánico Procesal Penal.
- Created by
- Sandra Helena Martinez
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