GoConqr has a new look! Let us know what you think.

Mind map

Derecho Civil

Fran Lara Spanish

Mapa mental sobre Derecho Civil: estructura del Código Civil, título preliminar, libros y principios del derecho civil

Mapa mental: Derecho Civil

Map content

Derecho Civil

  1. Estructura del Código Civil

    • Mensaje
      • El hecho de que sea un "mensaje" indica que fue por iniciativa del Presidente de la República.  El CC está suscrito por Don Manuel Montt.
      • Contiene: 1) principios inspiradores del código Civil. / 2) Razones de algunas instituciones en virtud de la realidad historica del momento.
    • Título Preliminar
      • Teoría de la ley
        • Se encuentra en esta área: - Concepto (art .1 CC) - Interpretación (art 19 a 23 CC) - Clasificación - Efectos
        • Art. 1. La ley es una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite.
        • Parrafo 4° del Título Preliminar  Interpretación de la leyArt. 19. Cuando el sentido de la ley es claro, no se desatenderá su tenor literal, a pretexto de consultar su espíritu.Pero bien se puede, para interpretar una expresión obscura de la ley, recurrir a su intención o espíritu, claramente manifestados en ella misma, o en la historia fidedigna de su establecimiento.Art. 20. Las palabras de la ley se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas palabras; pero cuando el legislador las haya definido expresamente para ciertas materias, se les dará en éstas su significado legal. Art. 21. Las palabras técnicas de toda ciencia o arte se tomarán en el sentido que les den los que profesan la misma ciencia o arte; a menos que aparezca claramente que se han tomado en sentido diverso.Art. 22. El contexto de la ley servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía. Los pasajes obscuros de una ley pueden ser ilustrados por medio de otras leyes, particularmente si versan sobre el mismo asunto.Art. 23. Lo favorable u odioso de una disposición no se tomará en cuenta para ampliar o restringir su interpretación. La extensión que deba darse a toda ley, se determinará por su genuino sentido y según las reglas de interpretación precedentes.Art. 24. En los casos a que no pudieren aplicarse las reglas de interpretación precedentes, se interpretarán los pasajes obscuros o contradictorios del modo que más conforme parezca al espíritu general de la legislación y a la equidad natural.
        • Concepto de ley (art. 1) - Promulgación (art. 6, 7, 8) - Efectos de la ley (territoriales art. 14), en el tiempo (art. 7, 8, 9) - Interpretación de la ley ( art. 19 a 24) - Prohibiciones y nulidad (art .10-11) - Renuncia (art. 12)
      • Normas de derecho internacional público
      • Normas de alcance general
        • Conceptos / definiciones / Clasificaciones
    • L.1°: De las personas
      • Art. 54 al 564, Reglamenta sobre personas naturales, su nacionalidad y domicilio, principio y fin de su existencia; el matrimonio; los esponsales; obligaciones y derechos entre los cónyuges, la filiación; de las acciones de filiación; de los derechos y obligaciones entre los padres y los hijos; la patria potestad; las pruebas del estado civil; los alimentos ; de las tutelas y curadurías; y de las personas jurídicas.
    • L.2°: De los Bienes, de su dominio, su posesi{on, uso y goce
      • art. 565 al art. 950 (386 artículos). sobre los bienes; el dominio; los modos de adquirirlo; la posesión; las limitaciones al dominio (la propiedad fiduciaria, el usufructo, el uso o habitación y las servidumbres); la acción reivindicatoria; y las acciones posesorias.
    • L. 3°: De la sucesión por causa de muerte y de las donaciones entre vivos.
      • art. 951 al art. 1436 (486 artículos). sobre la sucesión intestada; la ordenación del testamento; las asignaciones testamentarias; las asignaciones forzosas; la revocación y reforma del testamento; la apertura de la sucesión; los albaceas; la partición de bienes; pago de las deudas hereditarias y testamentarias; beneficio de separación; las donaciones entre vivos
    • L. 4°: De las obligaciones en general y de los contratos
      • art. 1437 al art. 2524 (1.088 artículos).sobre la definición de los diversos tipos de contratos; de los requisitos de los actos jurídicos; de las clases de obligaciones; del efecto de las obligaciones; de la interpretación de los contratos; de los modos de extinguirse las obligaciones; de la nulidad; de la prueba de las obligaciones; de los regímenes patrimoniales matrimoniales; de los diversos contratos; de la cesión de derechos; de los cuasicontratos; de los delitos y cuasidelitos civiles; de la prelación de créditos; y de la prescripción. Es el libro más largo y mas estudiado del código. Se estudia en contratos, acto jurídico, obligaciones, responsabilidad y familia.
    • L. 5°: Título Final
      • contiene un sólo artículo final (sin número). Este solo tiene características históricas: → indicaba sobre la vacancia legal desde 1855 hasta 1857 cuando entró en vigencia. → es ejemplo de derogación orgánica, pues derogó todas las leyes que tuvieran materia civil, que regían anteriormente al código. (leyes de Toro, Ordenanzas de Bilbao, Las Partidas, etc).
  2. Principios del Derecho Civil

    • Principios Contractuales
      • Buena fe contractual
        • "Pacta Sunt Servanda" --> 1545 "todo contrato esta legalmente celebrado es ley para los contratantes"
      • Intangibilidad de los contratos
        • Implica que cunado un contrato esta celebrado, los únicos que pueden modificar un contrato son las partes ( ni juez ni ley pueden cambiar un contrato).
      • Relatividad de los contratos
        • Los contratos por regla generalisima generan efectos para los contratantes.
      • Libertad contractual
        • es RG . Similar a la autonomía de la voluntad, pero aplicada a materia de contratos. se puede contratar todo lo que se desee, siempre que esto no sea contrario a la ley.(podemos crear nuestros propios contratos, agregar elementos a los contratos)
          • Relacionar con el 1444.
    • Principios Inspiradores del C.C.
      • Buena fe
        • “Es la conciencia de estar o actuar jurídicamente, por medios legítimos, exentos de fraude o de cualquier otro vicio".
          • Buena fe subjetiva / estar de buena fe
            • Lo que importa es la conciencia de haber actuado por medios legítimos, exentos de fraudes y de cualquier otro vicio. (706)
              •    Art. 706. La buena fe es la conciencia de haberse adquirido el dominio de la cosa por medios legítimos, exentos de fraude y de todo otro vicio.  Así en los títulos translaticios de dominio la  buena fe supone la persuasión de haberse recibido la cosa de quien tenía la facultad de enajenarla, y de no haber habido fraude ni otro vicio en el acto o contrato.   
          • Buena fe objetiva / actuar de buena fe
            • Se refiere a la observar la conducta necesaria para que se cumpla en la forma prometida la espectativa ajena (1546)
              • Art. 1546. Los contratos deben ejecutarse de buena fe, y por consiguiente obligan no sólo a lo que en ellos se  expresa, sino a todas las cosas que emanan precisamente de la naturaleza de la  obligación, o que por la ley o la costumbre pertenecen a ella.
      • Autonomia de la voluntad
        • Ejemplos de la autonomía de la voluntad:            Art. 1545:  "todo contrato legalmente celebrado es ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por las causales legales".  (invalidar = error. Debe decir "dejar sin efecto")Art. 1567 inc. 1: Toda obligación puede extinguirse por una convención en que las partes interesadas, siendo capaces de disponer libremente de lo suyo, consienten en darla por nula.Error = nulidad solo la puede decretar el juez.      Art.12:Podrán renunciarse los derechos concedidos por las leyes, con tal que sólo miren al interés individual del renunciante, y que no esté prohibida su renuncia.    Art. 1444: Se distinguen en cada contrato las cosas que son de su esencia, las que son de su naturaleza, y las puramente accidentales. Son de la esencia de un contrato aquellas cosas sin las cuales o no produce efecto alguno, o degenera en otro contrato diferente; son de la naturaleza de un contrato las que no siendo esenciales en él, se entienden pertenecerle, sin necesidad de una cláusula especial; y son accidentales a un contrato aquellas que ni esencial ni naturalmente le pertenecen, y que se le agregan por medio de cláusulas especiales.   Este artículo nos hablade los elementos de todo contrato: de la esencia, de la naturaleza yaccidentales.Art 1560: Conocida claramente la intención de los contratantes, deberá estarse a esta más que a lo literal de las palabras"   (predomina voluntad real que la declarada)   Art. 582. El dominio (que se llama también propiedad) es el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella arbitrariamente; no siendo contra la ley o contra derecho ajeno. La propiedad separada del goce de la cosa, se llama mera o nuda propiedad.  ("arbitrariamente" = autonomía)
        • "En el derecho privado se puede hacer todo lo que no esté prohibido por ley"
        • Limites: ley / derecho ajeno / Moral, buenas costumbres, orden social
      • Repudio del enriquesimiento sin causa
        • Consiste en evitar que una persona se haga más rica injustificadamente, por causa del empobrecimiento de otro.
          • Prestaciones mutuas
          • Recompensas es soc. conyugal
          • Sobre el pago de lo no debido
          • algunos casos de accesión
            •    - Mezcla: cuando se han juntado unos bienes y no pueden volver a separarse, si uno de ellos se queda con el bien entero (mezcla), debe pagar a los demás los otros bienes aportados   - Adjunción. Se da cuando los bienes que se juntan se pueden separar. Si se hace un bien con estos dos productos, salvo acuerdo en contrario, el dueño del bien de mayor valor se queda con el producto, pagando al dueño del bien de menor valor el precio de su bien.  
      • Libre circulación de los bienes
        • Consiste en que se adopten las medidas necesarias para que los bienes no se estanquen por ciertas situaciones que vayan ocurriendo,
          • Imprescriptibilidad de la acción de partición.
            •    1- Comunidad: al tener que actuar de mutuo acuerdo todos los comuneros, hace más difícil que se logren realizar actos que modifiquen cualquiera de sus puntos.   Solución: Imprescriptibilidad de la acción de partición (nadie puede estar obligado a participar de una comunidad, no importa el tamaño de la cuota).   
          • Prohibición (rg) o limitación de la clausula de no enajenar
            • Cláusula de no enajenar: obligación de no enajenar ciertas cosas, por acuerdo de las partes.   Solución: la prohibición por regla general de esta clausula, y en los casos en que se permite, es por tiempo limitado.
          • Muerte Presunta
            •  Desaparición de una persona:  cuando una persona desaparece el patrimonio queda estancado ya que nadie lo  administra.   Solución: La muerte presunta. Esta institución no fue creada con fines morales, sino que se crea para que alguien pueda administrar los bienes del desaparecido.   
          • Herencia Yacente
            • 4- Herencia no aceptada luego de 15 días: Cuando muere una persona muere, y dentro de 10 días nadie ha aceptado la herencia, motivo por el cual nadie la ha administrado. Solución: Herencia Yacente. Cualquier persona interesada puede pedirle a un juez que nombre a un curador para que administre la herencia (curador de la herencia yacente)l  
      • Responsabilidad
        • Se define como la obligación que tiene toda persona de reparar los daños que ha causado, como consecuencia de su incumplimiento o de cualquier otro hecho ilícito.
          • Responsabilidad contractual: Responde por los daños causados por el incumplimiento de una obligación
          • Responsabilidad extracontractual: responde por los daños causados por la comisión de un hecho ilícito
      • Omnipotencia de la ley
        • Consiste en la preeminencia de la norma escrita, por sobre el derecho consensual
          • art. 2 "la costumbre no constituye derecho sino respecto de los casos en que la ley se remita a ella". Art. 8 "nadie pude alegar ignorancia de la ley, una vez que haya entrado en vigencia". Art. 10 " los actos realizados en contravención a la ley serán nulos " + 1466 (objeto ilìcito) + 1682 (nulidad absoluta).
    • Principios en la ley de matrimonio civil
      • Protección al cónyuge más debil
      • Interes superior de los hijos
        • -´Acuerdo completo y suficiente:juez determina si lo es. - Compensación económica -Cuidado personal -Relación directa y regular -Los alimentos

Information

Description
Mind Map on Derecho Civil, created by Fran Lara on 12/01/2015.
Created by
Fran Lara
Views
26
Rating

Feedback

What is it about?

What do you think of the new look?

How do you like it?