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SARLAFT
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SARLAFT
Se entiende por riesgo de LA/FT la posibilidad de pérdida o daño que puede sufrir una entidad vigilada por su propensión a ser utilizada directamente o a través de sus operaciones como instrumento para el lavado de activos y/o canalización de recursos hacia la realización de actividades terroristas, o cuando se pretenda el ocultamiento de activos provenientes de dichas actividades.
- La implementan todas las entidades vigiladas por la superintendencia financiera con el fin de prevenir que sean utilizadas para dar apariencia de legalidad a activos provenientes de actividades delictivas o para la canalización de recursos hacia la realización de actividades terroristas.
- Se compone de dos fases
- La primera, que corresponde a la prevención del riesgo y cuyo objetivo es prevenir que se introduzcan al sistema financiero recursos provenientes de actividades relacionadas con el lavado de activos y/o de la financiación del terrorismo
- la segunda, que corresponde al control y cuyo propósito consiste en detectar y reportar las operaciones que se pretendan realizar o se hayan realizado, para intentar dar apariencia de legalidad a operaciones vinculadas al LA/FT.
- El SARLAFT que implementen las entidades vigiladas debe comprender como mínimo las siguientes etapas y elemntos
- Etapas
- Identificación
- Medición o evaluación
- Control
- Monitoreo
- Control
- Medición o evaluación
- Identificación
- Elementos
- Políticas
- Procedimientos
- Documentación
- Estructura organizacional
- Órganos de control
- Infraestructura tecnológica
- Divulgación de información
- Capacitación
- Divulgación de información
- Infraestructura tecnológica
- Órganos de control
- Estructura organizacional
- Documentación
- Procedimientos
- Políticas
- Elaborado por: JOHN ESTEBAN VELASQUEZ B
- Etapas
- Se compone de dos fases
- Las siguientes entidades se encuentran exceptuadas de la aplicación el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras “Fogafin”, el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas “Fogacoop”, el Fondo Nacional de Garantías S.A. “F.N.G.”, los fondos mutuos de inversión sometidos a vigilancia permanente de la SFC, las sociedades calificadoras de valores y/o riesgo, las oficinas de representación de instituciones financieras y de reaseguros del exterior, los intermediarios de reaseguros, las oficinas de representación de instituciones del mercado de valores del exterior, los organismos de autorregulación, los INFIS y los proveedores de infraestructura
- La implementan todas las entidades vigiladas por la superintendencia financiera con el fin de prevenir que sean utilizadas para dar apariencia de legalidad a activos provenientes de actividades delictivas o para la canalización de recursos hacia la realización de actividades terroristas.
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- Description
- Sistema de dministracion del riesgo de lavado de activos y financiacion del terrorismo
- Created by
- Esteban Velasquez
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