En el artículo 33 nuestra constitución señala una
previa audiencia, es decir, se les da la oportunidad
de que puedan manifestar expresamente el motivo o
la causa que los ha impulsado a dejar su país de
origen
La constitución señala que los migrantes
(indocumentados) serán tratados a la par como los
ciudadanos mexicanos de acuerdo a su parte
dogmática.
En nuestra constitución se ha implementado una nueva
“moda” en cuanto a los derechos de los migrantes, ya
que antiguamente, sin la reforma, se le atribuía al poder
ejecutivo la inmediata expulsión de toda persona
extranjera