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ACUERDO CONCLUSIVO
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ACUERDO CONCLUSIVO
Es el primer primer medio alternativo de solución de diferencias en procedimientos de auditoría
Convenio entre la autoridad y el contribuyente; se presenta cuando este último no está de acuerdo con los hechos u omisiones asentados en la última acta parcial, en el acta final, en el oficio de observaciones o en la resolución provisional, con el objeto de mediar uno o varios de los hechos u omisiones consignados.
Se tramita a través de PRODECON (Procuraduria de la Defensa del Contrubuyente)
- PRODECON actua como órgano publico que vigilara la transparencia en el procedimiento y como intermediaria entre autoridad y contribuyente, facilitadora y testigo para la adopción del Acuerdo
- El contribuyente realiza un ESCRITO, en el que manifiesta los hechos u omisiones con los que no esta de acuerdo.
- Una vez admitido el escrito, PRODECON solicita a la Autoridad Revisora una CONTESTACIÓN.
- La Autotidad Revisora tiene un término de 20 DIAS para realizar la contestación.
- Cuando inicia el procedimiento de acuerdos conclusivos, se SUSPENDE EL PLAZO establecido en los Artículos 46 A primer párrafo, 50 primer párrafo y 53 B del CFF.
- La Autotidad Revisora contesta
- SI (acepta el Acuerdo Conclusivo)
- PRODECON elabora un proyecto de Acuerdo Conclusivo
- Tiene 7 DIAS para elaborarlo
- Notifica el proyecto a las partes para hacer OBSERVACIONES
- Plazo de 3 DIAS para observaciones
- PRODECON señala dia y hora habil para la suscripción del Acuerdo.
- El acuerdo debe ir firmado por el contribuyente, por la autoridad revisora y por la Prodecon, se condenan multas y se reaunudan plazos
- PRODECON elabora un proyecto de Acuerdo Conclusivo
- NO (Rechaza el Acuerdo Conclusivo)
- PRODECON notifica y verifica que en el rechazo no vulneren los derechos del contribuyente.
- PRODECON dicta acuerdo de cierren de procedimiento
- Se notifica a las partes para reanudar los plazos que se suspendieron.
- FIN
- Se notifica a las partes para reanudar los plazos que se suspendieron.
- PRODECON dicta acuerdo de cierren de procedimiento
- PRODECON notifica y verifica que en el rechazo no vulneren los derechos del contribuyente.
- La respuesta deberá ir con fundamento y motivación.
- SI (acepta el Acuerdo Conclusivo)
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- mapa sobre acuerdos conclusivos
- Created by
- Estefani Galassi
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