Los fines del Derecho. La Justicia.

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Preparatoria Abierta Introducción al Derecho (Tema II. Los Fines y las Fuentes del Derecho) Note on Los fines del Derecho. La Justicia., created by Maria Bravo on 30/07/2016.
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Justicia.

Justicia. Los Romanos lo definieron como el arte de lo equitativo y de lo bueno, la permanente voluntad de dar a cada uno lo que es suyo. En la justicia impera por excelencia el principio de ´´ alteridad ´´(bilateralidad) que implica proporcionalidad entre lo que se da a uno y se recibe del otro; siempre deben de existir dos sujetos en la relación para que se pueda hablar de justicia o injusticia. La justicia es un sentimiento que está en la conciencia popular y este sentimiento, da origen a las concepciones no solo de la justicia individual sino también de la justicia social (´´ es propio de la justicia social el exigir de los individuos cuanto es necesario para el bien común´´). Diversas acepciones de la palabra justicia · Según Mouchet y Zorraguin: · Como Conocimiento: Como un cuerpo de conocimientos teóricos dirigidos a algo, a una acción, a algo práctico. No es un conocimiento vulgar sino un conocimiento científico. · Como Virtud: Es un conocimiento constante de darle a cada quien lo que le corresponde. Por ser una virtud, siendo la virtud una representación de la justicia en el comportamiento. · Como Ideal: Debido a que el hombre y el derecho mismo quieren que se haga justicia dentro y entre los hombres que habitan una sociedad jurídicamente organizada. · Como Ordenamiento jurídico: Pues posee los mecanismos idóneos de que goza una sociedad para garantizar el cumplimiento de ese derecho en una determinada sociedad. Diversas Teorías de la Justicia · La justicia según la Biblia: · Según la Biblia la justicia es la suprema virtud, puesto que en ella se resumen todas las demás virtudes. Pues en ella expresa que Dios es un ser justo, practicante de la justicia y nos enseña cómo aplicarla. · La justicia según Platón: · La justicia para Platón es la ´´ suprema virtud ´´. El distingue entre el mundo de las ideas puramente intangibles que es el mundo de la razón pero no de los sentidos y, el mundo sensible que captamos y vivimos, que es una reproducción imperfecta de aquél, es como su sombra, de manera que para lograr un derecho justo precisará traducir con pureza la estructura de la idea de justicia y cumplir rigurosamente sus exigencias. · La justicia según Aristóteles: · La justicia para Aristóteles es una justicia distributiva, que consiste en distribuir los cargos, cargas, honores, recompensa, según los merecimientos de cada quien; y de una justicia correctiva que a su vez se divide en: conmutativa y legal. La denomina correctiva que regula las regulaciones de cambio la denomina conmutativa, según la cual nadie debe dar más de lo que tiene, ni recibir menos de lo que da; a la justicia correctiva que regula las relaciones contractuales; la justicia correctiva legal, es la que aplica el estado para mantener el equilibrio entre el delito y la pena; entre la falta y la sanción que se aplica. · La justicia según Santo Tomás: · Tomás como seguidor de Aristóteles, piensa que el fin del estado es el mantenimiento de la paz interior, mediante la protección de los enemigos exteriores, y, la administración de justicia en el estado. Este clasifica la justicia en: conmutativa, distributiva y legal, siguiendo el pensamiento aristotélico. Pero vinculándola a los problemas dogmáticos de la iglesia. · La justicia según Ulpiano: · Ulpiano individualiza la justicia como: ´´ Dar a cada persona lo que le corresponde, su propio derecho, si es un ladrón la prisión, si es un virtuoso que se le aplauda por virtudes, en fin lo que por derecho le corresponda. ´´ TEORÍA DE PITÁGORAS SOBRE LA JUSTICIA · Justicia general: Es la que va desde los gobernantes hasta los gobernados, es decir, que es obligatorio para todos los miembros de la sociedad. · Justicia Particular: Es aquella que realiza una equitativa distribución entre los bienes y servicios de una colectividad y garantiza paz regulando la conducta, cumpliendo así con el derecho y las obligaciones. · Justicia Distributiva: Es aquella que busca repartir en forma equitativa, en forma justa, todo aquel conjunto de bienes y servicios que la sociedad produce. · La Justicia Sinalagmática: Se aplica fundamentalmente en relaciones de cambio y consiste, en un punto medio entre el daño y la ganancia la cual puede ser conmutativa y judicial. · La Justicia Conmutativa: Es aquella que tiende a establecer una igualdad dentro de las relaciones contractuales, a través de la cual debe obtener cada quien lo que le corresponda. · Justicia Judicial: Se aplica para la reparación de los daños que se produzcan en las relaciones de los particulares o en general con motivos de las actividades del hombre que difieren del principio básico y primordial de la virtud.

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