Derecho Laboral
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- ¿Qué derechos tengo como trabajador?
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- -Es la ventaja económica que recibe
- el trabajador por su trabajo
- - Puede ser: todo en dinero o parte
- en dinero y parte en especie
- - Puede ser por hora, por jornal, por
- semana, por quincena, por mes, por rendimiento
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- Depende:
- ØSi
- soy trabajador mensual
- o por quincena: en los 5 primeros días hábiles del mes
- ØSi
- trabajo por semana
- o en changas:
- el mismo día que termine el trabajo
- Importante:
- siempre exigir recibo
-
- •No
- importa lo que digan los papeles, me deben pagar por lo que realmente hago
- •A
- igual trabajo IGUAL salario SIN DIFERENCIAS DE NINGUN TIPO
- •Igual
- patrón – igual tipo de trabajo: NUNCA me pueden rebajar el sueldo
-
- La jornada laboral es de 8
- horas
- (excepto para los menores y quienes tengan trabajos insalubres) si trabajo más
- me deben pagar horas extras.
- Atención:
- TENGO
- DERECHO A DESCANSAR DURANTE LA JORNADA LABORAL
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- ØRurales
- o industria: 24 hs. continuas
- ØComercio:
- 36 hs
- ØAdministrativos:
- 48 hs.
- ؿEs
- pago el descanso semanal? Jornaleros: NO
- Mensuales: SI
-
- •No
- laborables: si no trabajo cobro
- igual
- 1
- de enero
- 1
- de mayo
- 18
- de julio
- 25
- de agosto
- 25
- de diciembre
- •Laborables:
- Si es mensual – cobra trabaje o no
- Si es jornalero – cobra solamente si trabaja
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- Son las que sobrepasan la jornada laboral
- Máximo: 8 hs extras por semana
- ¿Cómo se pagan?
- Un 100% más que la hora común
- - Pero si trabajo una hora extra en
- día feriado no laborable o en mi día de descanso se paga un 150% más
-
- Nace
- desde el 1º día de trabajo.
- Tengo derecho a 20 días de licencia por año
- trabajado.
- Cada 4 años de trabajo genero 1 día más.
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- •Me
- pueden fraccionar la licencia
- •Siempre
- que hay licencia hay SALARIO VACACIONAL, es el dinero que recibe por cada día
- de licencia. Se debe pagar ANTES de
- salir de licencia
- .•Por
- cada falta injustificada me pueden descontar días de licencia
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- •¿Cuándo
- se paga? En junio y en diciembre
- •SIEMPRE
- se tiene derecho al aguinaldo
- •¿Cuánto
- es? Cada pago es un poco menos que el salario de una quincena
- •¿Cómo
- se calcula? Se tiene que sumar todo lo recibido en los 6 meses anteriores al
- pago del aguinaldo y se lo divide entre 12.
-
¿Y si mis derechos no se cumplen?
- •Puedo
- y DEBO reclamar
- •¿A
- dónde? Si hay un sindicato acudir allí, si no lo
- hay recurro a un abogado y a la Oficina de Trabajo más cercana.
- •¿Tengo
- algún plazo para hacer el reclamo?
- Si, antes que pasen 2 años desde que mi patrón no me pagó lo que reclamo
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- yiovana1981
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