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PRUEBAS EN EL PROCESO LABORAL VENEZOLANO

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PRUEBAS EN EL PROCESO LABORAL VENEZOLANO
Promoción de pruebas Art. 73 LOPTRA
- Al inicio de la audiencia preliminar
- Una vez concluida dicha audiencia se incorporarán al expediente.
- Al inicio de la audiencia preliminar
Acreditan los hechos alegados por las partes
Son admisibles todos los medios de pruebas
Las partes tienen las cargas de probar sus alegaciones
Evacuación de pruebas
- Admisión de las pruebas
- Al 5 del recibo del expediente ante el Tribunal de Juicio
- De la negativa de admisión se puede apelar dentro de los 3 días hábiles
- El Tribunal Superior decidirá al 5 día hábil.
- Una vez admitidas su evacuación será en la audiencia oral y pública de juicio
- Se evacuarán empezando por las del demandante
- Las partes podrán impugnar, desconocer o tachar las pruebas de la parte contraria
- Se evacuarán empezando por las del demandante
- Admisión de las pruebas
Tipos de pruebas
- Documentales
- Documentos
- Públicos
- Privados
- Documentos
- Testimoniales
- Experticias e Infomes
- Documentales


