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CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO, LIBRO I

Wilma Arboleda Vinuesa Derecho Spanish

CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO, LIBRO I

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CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO, LIBRO I

  1. C. Uno: TÍTULO PRELIMINAR DISPOSICIONES COMUNES Art.1 AL Art.5

    • OBJETIVO:El objeto del legislador a través de la normativa del Código Orgánico Monetario y Financiero, busca modificar y adecuar la regulación normativa vigente mediante el fomento del acceso a los servicios financieros y regular los sistemas monetario, financiero y los regímenes de valores y seguros, aplicables dentro del territorio nacional del Ecuador.
      • AMBITO:Este Código establece las políticas, regulaciones, supervisión, control y rendición de cuentas que rige los sistemas monetario y financiero, así como los regímenes de valores y seguros, el ejercicio de sus actividades y la relación con sus usuarios.
        • OBJETIVOS:
          • Asegurar una adecuada distribución del ingreso y de la riqueza nacional.
            • Incentivar la producción nacional, la productividad y competitividades sistémicas, la acumulación del conocimiento científico y tecnológico.
              • Asegurar la soberanía alimentaria y energética.
                • Proporcionar la incorporación del valor agregado con máxima eficiencia, dentro de los limites.
                  • Lograr un desarrollo equilibrado del territorio nacional, la integración entre regiones en el campo, entre el campo y la ciudad, en lo económico, social y cultural.
                    • Impulsar el pleno empleo y valorar todas las formas de trabajo, con respeto a los derechos laborales.
                      • Profundizar el proceso de constitución de un sistema económico social y solidario, en el que los seres humanos son el fin de la política pública
                        • Fortalecer la inserción estratégica a nivel regional e internacional;
                          • Promover el acceso al crédito de personas en movilidad humana, con discapacidad, jóvenes, madres solteras y otras personas pertenecientes a los grupos de atención prioritaria.
        • PRINCIPIOS
          • La prevalencia del ser humano por sobre el capital
            • La subordinación del ámbito monetario, financiero, de valores y seguros como instrumento al servicio de la economía real
              • El ejercicio de la soberanía monetaria y financiera y la inserción estratégica internacional
                • La inclusión y equidad
                  • El fortalecimiento de la confianza
                    • La protección de los derechos ciudadanos.
    • POLITICA: La formulación de las políticas y regulaciones en materia monetaria, crediticia, cambiaria, financiera, así como de seguros y valores, es facultad privativa de la Función Ejecutiva y tiene como objetivos los determinados en los artículos 284 y 302 de la Constitución de la República y los establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo.
    • CAPÍTULO 2 : DE LAS ENTIDADES ART.6 AL ART 93
      • SECCION 1: DE LA JUNTA DE POLITICA Y REGULACION MONETARIA
        • SECCION 2: EL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR
          • SECCION 3 : SUPER INTENDENCIA DE BANCOS
            • SECCION 4: DE LA SUPER INTENDENCIA DE ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA
              • SECCION 5: SUPER INTENDENCIA DE COMPANIAS,VALORES Y SEGUROS
                • SECCION 6: Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados
  2. TITULO 1: SISTEMA MONETARIO ART. 94 AL 142

    • CAPITULO 1: DE LA MONEDA Y EL DINERO
      • CAPITULO 2: MEDIOS DE PAGO
        • CAPITULO 3: DE LOS PAGOS Y SISTEMAS DE PAGOS
          • CAPITULO 4: INSTRUMENTOS DE POLITICA MONETARIA
            • CAPITULO 5: DE LOS ACTIVOS Y PASIVOS EXTERNOS
              • CAPITULO 6: DEL REGIMEN CAMBIARIO
              • Seccion 1 : Activos y Pasivos Externos
              • Seccion 2: De las Reservas Internacionales
            • Seccion 2: Operaciones del Banco Central
            • Seccion 1: Manejo de liquidez de la Economia
            • Seccion 3: De las Tasas de Interes y Tarifas del B.C
  3. TITULO 2: SISTEMA FINANCIERO NACIONAL del Art. 143 al Art.

    • CAPITULO 1: Actividades Financieras
      • Seccion 1: Actividades Financieras y su Autorizacion
        • Seccion 2: Responsabilidad del Estado
          • Seccion 3: Regulacion
            • Sección 4: De los usuarios financieros
              • Sección 5: Catastro público
    • CAPÍTULO 2 Integración del sistema financiero nacional
    • CAPÍTULO 3 Disposiciones comunes para el sistema financiero nacional
      • Sección 1 Del capital, reservas y utilidades
        • Sección 2 De las fusiones, conversiones y asociaciones
          • Sección 3 De la inversión extranjera
            • Sección 4 De la solvencia y prudencia financiera
              • Sección 6 De los activos, límites de crédito y provisiones
                • Sección 7 Del régimen financiero y contable
                  • Sección 8 Del control y auditorías
                    • Sección 9 De las obligaciones
                      • Sección 10 De las prohibiciones
                        • Sección 11 De las infracciones y sanciones
                          • Sección 12 De la supervisión
                            • Sección 13 De la exclusión y transferencia de activos y pasivos
                              • Sección 14 De la liquidación
                                • Sección 15 Del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados
                                  • Sección 16 Del sigilo y reserva
                                    • Sección 17 Servicio de Registro de Datos Crediticios
                                      • Sección 18 Disposiciones para facilitar la profundización financiera
              • Sección 5 De las operaciones
    • CAPÍTULO 4 Sector Financiero Público
      • Sección 1 Creación, denominación, organización y liquidación
        • Sección 2 Naturaleza, objeto social, duración, estatuto y domicilio
          • Sección 3 De las finalidades y objetivos
            • Sección 4 Del gobierno y administración
              • Sección 5 Del capital y reservas
                • Sección 6 De las operaciones del sector financiero público
                  • Sección 7 De las prohibiciones y exenciones
                    • Sección 8 Del control y de la auditoría interna
    • CAPÍTULO 5 Sector financiero privado
      • Sección 1 Constitución, denominación, organización y liquidación
        • Sección 2 Naturaleza, objeto social, duración, estatuto y domicilio
          • Sección 3 De las finalidades y objetivos
            • Sección 4 Del capital, reservas y utilidades
              • Sección 5 Del gobierno y administración
                • Sección 6 De las operaciones del Sector Financiero Privado
                  • Sección 7 De los grupos financieros
                    • Sección 8 De las prohibiciones
                      • Sección 9 Del control y de la auditoría
                        • Sección 10 De las entidades de servicios financiero
    • CAPÍTULO 6 Sector Financiero Popular y Solidario
      • Sección 1 Disposiciones comunes
        • Sección 2 De las cooperativas de ahorro y crédito
          • Sección 3 De las entidades asociativas o solidarias, cajas y bancos comunales y cajas de ahorro
            • Sección 4 De las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda
              • Sección 5 De las cajas centrales
                • Sección 6 De los servicios auxiliares
    • CAPÍTULO 7 Normas de carácter general
  4. TÍTULO 3 : DISPOSICIONES AFINES

    • CAPÍTULO 1 De los Cheques
      • Sección 1 De la emisión y de la forma
        • Sección 2 De la transmisión
          • Sección 3 De la presentación y del pago
            • Sección 5 Del cheque certificado
              • Sección 6 De las acciones por falta de pago
                • Sección 7 De la prescripción
                  • Sección 8 Conflictos de leyes
                    • Sección 9 Normas comunes

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  • CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO, LIBRO I

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Por disposición del Decreto Ejecutivo No. 97, publicado en el Registro Oficial Suplemento 53 de 8 de agosto del 2017 , el artículo 5 dispone: Asúmase la representación y funciones de los titulares de los ministerios de Estado responsables de la política económica, y de la producción, establecidas en el artículo 13 de este Código, que crea la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
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