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Características de la Norma Jurídica (Victoria Sánchez)

Victoria Sánchez Andrew Teoria General del Estado Licenciatura Spanish 1 page

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La norma jurídica, así como todos los objetos de conocimiento, presenta diversos caracteres propios que la hacen diferente de las demás reglas de conducta. Interesa destacarlos para llegar a una concepción algo más precisa del instrumento a través de la cual se integra el conjunto de preceptos que ordena, con caracteres de obligatoriedad, la conducta de los hombres.

¿Qué es Unilateral, Bilateral, Coercibilidad e Incoercibilidad?

Unilateral:

Se denomina unilateral a toda aquella circunstancia

que, considerando distintas partes, solo esté asociada a una de ellas. La

expresión es utilizada especialmente en cuestiones comerciales o contratos ante

la ley, en donde existe un aspecto que solo afecta a una de las partes. Así, lo

"unilateral" es lo que solo es atribuible a uno de los agentes en

cuestión.

Bilateral:

Resume uno de los efectos fundamentales de la norma jurídica y, en general, del propio ordenamiento jurídico. La ordenación de la vida de los hombres en su fase exterior, en sus interferencias intersubjetivas, se realiza a través de la legitimación en algunos sujetos a exigir de otros determinados comportamientos, y en otras personas la creación del deber de cumplir con comportamientos que pueden ser exigidos por otros. Es decir, la norma jurídica crea deberes y derechos.

Coercibilidad:

característica fundamental de la norma del Derecho. Si bien a través de la bilateralidad se observa que la norma postula un deber jurídico que debe ser cumplido por parte del obligado, el sólo hecho de que ese deber jurídico sea impuesto no es suficiente para su cumplimiento. Con respecto a la norma moral no sucede lo mismo, porque cuando una persona está obligada al deber moral, lo está en vista de que el contenido del deber es valioso. La norma jurídica postula un deber que no necesita ser valioso para ser obligatorio.

Incoercibilidad:

La incoercibilidad de la

moral suele oponerse la coercibilidad del derecho, ya que los deberes morales

es una cuestión personal de cumplirlos o no, porque puede ocurrir que alguien

realice, sin su voluntad ciertos actos ordenados o prohibidos por una norma y

en esta hipótesis, lo que haga carecerá de significación ética. Si el acto es

obligatorio, el derecho puede prescribir el uso de la fuerza, como medio para

conseguir la observancia de sus preceptos y en lo que respecta a las

obligaciones morales no hay posibilidad semejante.

Generabilidad:

Se ubica asimismo como carácter fundamental de la norma jurídica. Se hace consistir a la generalidad en lo siguiente: la norma jurídica prevé para categorías de personas y no para personas en particular.

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Licenciatura Teoria General del Estado Note on Características de la Norma Jurídica (Victoria Sánchez), created by Victoria Sánchez Andrew on 31/08/2016.
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