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Jornada de Trabajo, Régimen legal de Descanso y Terminación del Contrato de Trabajo

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Jornada de Trabajo, Régimen legal de Descanso y Terminación del Contrato de Trabajo
Jornada de Trabajo: Es el tiempo durante el cual el trabajador esta a disposición de cumplir con las responsabilidades y tareas a su cargo en el proceso social del trabajo. Art. 167 Lottt.
- Tipos de jornadas de trabajo
- Ordinaria: Es el tiempo durante el cual del modo normal o habitual, el trabajador está a la disposición para cumplir con las responsabilidades y tareas a su cargo en el proceso social de trabajo. puede ser completa parcial y Mixta.
- la jornada ordinaria se clasifica
- Jornada diurna: Es la jornada de trabajo que se lleva acabo en el día, de 5:00 am y las 7:00 pm.
- Jornada nocturna : Es la jornada de trabajo que se lleva acabo durante la noche. De 7:00 pm a las 5:00 am.
- Jornada Mixta: Es la jornada que comprende tanto periodos de trabajo diurnos como nocturnos.
- la jornada ordinaria se clasifica
- Jornada Extraordinaria: Es aquella que excede de la jornada ordinaria máxima.
- Limite de la jornada de trabajo
- La jornada ordinaria de trabajo diurna el trabajador no podrá laboral más de 8 horas diarias; para la nocturna no se podrá laboral más de 7 horas diarias y tratándose de la jornada mixta, el trabajador podrá laboral más de 7 1/2 horas diarias, adicionalmente a esto la jornada ordinaria no puede sobre pasarse de 10 horas extraordinarias semanales y 100 horas extraordinarias anuales.
- Zambrano Lisandro Cédula 6.518.541 Derecho Laboral II
- La jornada ordinaria de trabajo diurna el trabajador no podrá laboral más de 8 horas diarias; para la nocturna no se podrá laboral más de 7 horas diarias y tratándose de la jornada mixta, el trabajador podrá laboral más de 7 1/2 horas diarias, adicionalmente a esto la jornada ordinaria no puede sobre pasarse de 10 horas extraordinarias semanales y 100 horas extraordinarias anuales.
- Limite de la jornada de trabajo
- Ordinaria: Es el tiempo durante el cual del modo normal o habitual, el trabajador está a la disposición para cumplir con las responsabilidades y tareas a su cargo en el proceso social de trabajo. puede ser completa parcial y Mixta.
- Tipos de jornadas de trabajo
Regimen Legal de descanso:
- Son los periodos de tiempo que el trabajador no esta obligado a prestar su servicio al patrono.
- Jornada Ordinaria: El trabajador cuenta con 2 días continuos de descanso donde el domingo se encuentra incluido obligatoriamente. Art. 173 Lottt y Art. 3 Rg Lottt.(...).
- Jornada de trabajo continuo: Podrán fijarse días de descanso diferentes al domingo, sin la obligación que sean continuos. Art. 176 Lottt y Rg Lottt. (...).
- Jornada de trabajos Excepcionales: Son aquellas que no pueden interrumpirse. Art. 185 Lottt y Art.13 Rg Lottt.(...).
- En caso de horarios Especiales o Convenios: El trabajador disfrutara de 2 días de descanso continuos en el transcurso de la siguiente semana. Art. 185 Lottt y 8 Rg Lottt.
- En cualquier otra circunstancia, el trabajador que labore el domingo, tendrá derecho a cobrar el salario correspondiente a ese día y además de un recargo del 50% sobre el salario normal.
- Descanso compensatorio: Cuando se labora en algunos de los días de descanso semanal. Art. 180 Lottt. (....).
- Vacaciones: Cuando el Trabajador o Trabajadora cumla un año ininterrupido para un patrono o patrona, disfrutara de un periodo de vacaciones remuneradas de quince dias habiles . Art. 190 Lottt. (...).
Terminación del Contrato de Trabajo Art.76 Lottt
- Es el momento en el cual cesan las obligaciones de prestar el servicio por parte del trabajador y de pagar el salario por parte del patrono, a si como las obligaciones deriivadas de la relación laboral
- Formas de Terminación de la Relación de Trabajo
- Despido: Acción a través de la cual el empleador da por finalizado unilateral mente el contrato laboral con su empleado
- Retiro: Es la manifestación de voluntad unilateral del trabajador de poner fin a la relación de trabajo.
- Voluntad común de las partes: Es el acuerdo entre el trabajador y el patrono de poner fin a la relación de trabajo.
- Causas ajenas a la voluntad de las partes: Art. 39 Rg lottt. (...).
- Formas de Terminación de la Relación de Trabajo
- Es el momento en el cual cesan las obligaciones de prestar el servicio por parte del trabajador y de pagar el salario por parte del patrono, a si como las obligaciones deriivadas de la relación laboral
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Information
- Description
- investigación corta del régimen laboral venezolano
- Created by
- Lisandro Zambrano
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