RÉGIMEN CONTRACTUAL EN COLOMBIA

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Sara  Rubio Botero
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RÉGIMEN CONTRACTUAL EN COLOMBIA
  1. PRINCIPIOS
    1. Selección objetiva
      1. La elección del contratista implica la observancia por parte de las entidades de la ponderación detallada, precisa y concreta de los factores de calificación previstos en los pliegos de condiciones, es decir, el escogido será aquel que resulte con el más alto puntaje o con la mayor calificación, de acuerdo con estos factores
      2. Transparencia
        1. Las entidades Colombianas deben escoger por medio de la licitación o concurso público y solo de manera directa en los casos que están Dispuestos en la ley a sus contratistas
        2. Publicidad
          1. La administración está en la obligación de hacer pública y repartir la información para toda la comunidad de por qué y cómo se toman las decisiones que inciden sobre el desarrollo de la contratación
          2. Igualdad
            1. La administración debe asegurar que todos aquellos que quieran participar y cuenten con los requisitos puedan hacerlo.
          3. Modalidades de Selección
            1. Licitación pública
              1. Es el proceso de selección en el cual se escoge al contratista a través de una invitación de carácter público que se dirige a todas las personas potencialmente interesadas en ejecutar un contrato, de los cuales se escogerá al mejor o más favorable para la actividad. Esta se reserva para objetos de carácter complejo y mayor valor
              2. Selección abreviada
                1. Esta corresponde a la modalidad de selección objetiva prevista en aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados (usode subastas a la inversa, bolsas de productos o compras por catálogo) para garantizar la eficacia de la gestión contractual.
                2. Concurso de méritos
                  1. Esta se da para la modalidad prevista de selección de consultores o proyectos, en los que se podrá utilizar sistemas de concurso abierto o de pre calificación. En esta última se podrán utilizar criterios tales como experiencia, capacidad intelectual y de organización de los proponentes, según sea el caso. Algunos ejemplos son: enajenación de bienes, la contratación de menor cuantía, la contratación cuyo proceso de licitación haya sido declarado desierto.
                  2. Contratación directa
                    1. La contratación directa es una modalidad de contratación de carácter excepcional, por lo que su aplicación es de carácter restrictivo. En efecto, la ley de Contratación Publica en Colombia. Algunos ejemplos son: en los casos de urgencia manifiesta, contratación de empréstitos, para los contratos interadministrativos.
                  3. Etapas del proceso contractual
                    1. Primera Etapa
                      1. Planeación en la Contratación Estatal: en esta se deben fijar los requerimientos de la contratación, tales como la identificación de la necesidad del contrato, los recursos presupuestales disponibles para su financiación, su ajuste al plan de necesidades y al plan de compras y la elaboración y alcance de los estudios y diseños previos (técnicos, económicos y jurídicos
                      2. •Segunda Etapa (Publicaciones de Proyecto de Pliegos y Convocatoria Pública
                        1. El proyecto de pliegos, es un proyecto de lo que serán los pliegos de condiciones finales. Este se presenta al público para que todos los interesados lo conozcan, lo estudien, y hagan las observaciones y preguntas pertinentes. La entidad contratante debe garantizar la publicidad de todos los procedimientos y actos asociados a los procesos de contratación salvo los asuntos expresamente sometidos a reserva.
                          1. La Resolución de apertura del proceso de selección es propiamente un acto administrativo de carácter general, mediante el cual se ordena la apertura del proceso de selección. La competencia para proferirlo radica en el representante legal de la entidad, quien tiene competencia para delegar esta función.
                            1. SECOP:Sistema Electrónico para la Contratación Pública
                              1. Es un instrumento de apoyo a la gestión contractual de las entidades estatales, que permite la interacción de las entidades contratantes, los proponentes, los contratistas, la comunidad y los órganos de control, materializando particularmente los principios de transparencia y publicidad.
                        2. Tercera Etapa: (Apertura de la Licitación Pública y Pliegos Definitivos
                          1. El acto administrativo de apertura debe tener el objeto del contrato, tendrán que indicar el número de publicaciones que se deberán realizar y el intervalo de tiempo entre cada una de ellas, y ordenara la publicación de los pliegos definitivos. El pliego de condiciones definitivo, es el acto jurídico fundamental para entrar a regular una relación contractual y que se tiene como futura entre las partes
                            1. Durante el plazo de ejecución del contrato se pueden presentar diferentes factores de riesgo, como cambios en circunstancias económicas, políticas o sociales que pueden llevar a que no se cumplan los flujos y resultados esperados y alterando el equilibrio económico de las prestaciones
                              1. Es importante señalar que los interesados en el proceso pueden solicitar aclaraciones dentro del plazo de la licitación, y es un deber de las entidades contestarlas por escrito, con copia a todos aquéllos que retiraron los pliegos
                          2. •Cuarta Etapa: (Preparación de las Ofertas, Audiencias y Adjudicación)
                            1. El acto de adjudicación es un acto administrativo que profiere la entidad, mediante el cual se designa al oferente escogido. A partir de ese momento se convierte en el adjudicatario, es decir el futuro suscriptor del contrato. Por último se da la liquidación del contrato que tiene como propósito hacer un ajuste final de cuentas y de finiquitar el negocio mediante el reconocimiento de saldos a favor de alguna de las partes o de declararse a paz y salvo, según el caso.
                              1. La adjudicación deberá realizarse en audiencia pública, donde participarán además del jefe de la entidad o al delegado para el caso, los demás proponentes e interesados en asistir.
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