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NORMA OFICIAL MEXICANA NOM127SSA11994, "SALUD AMBIENTAL, AGUA PARA USO Y CONSUMO HUMANOLIMITES PERMISIBLES DE CALIDAD Y TRATAMIENTOS A QUE DEBE SOMETERSE EL AGUA PARA SU POTABILIZACION".
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NORMA OFICIAL MEXICANA NOM127SSA11994, "SALUD AMBIENTAL, AGUA PARA USO Y CONSUMO HUMANOLIMITES PERMISIBLES DE CALIDAD Y TRATAMIENTOS A QUE DEBE SOMETERSE EL AGUA PARA SU POTABILIZACION".
0. Introducción
- El abastecimiento de agua para uso y consumo humano con calidad adecuada es fundamental para prevenir y evitar la transmisión de enfermedades gastrointestinales y otras, para lo cual se requiere establecer límites permisibles en cuanto a sus características bacteriológicas, físicas, organolépticas, químicas y radiactivas. Con el fin de asegurar y preservar la calidad del agua en los sistemas, hasta la entrega al consumidor, se debe someter a tratamientos de potabilización.
1. Objetivo y campo de aplicación
- Esta Norma Oficial Mexicana establece los límites permisibles de calidad y los tratamientos de potabilización del agua para uso y consumo humano, que deben cumplir los sistemas de abastecimiento públicos y privados o cualquier persona física o moral que la distribuya, en todo el territorio nacional.
2. Referencias
- NOM008SCF11993 "Sistema General de Unidades de Medida".
3. Definiciones
- 3.1 Ablandamiento: Proceso de remoción de los iones calcio y magnesio, principales causantes de la dureza del agua.
- 3.2 Adsorción: Remoción de iones y moléculas de una solución que presentan afinidad a un medio sólido adecuado, de forma tal que son separadas de la solución.
- 3.3 Agua para uso y consumo humano: Aquella que no contiene contaminantes objetables, ya sean químicos o agentes infecciosos y que no causa efectos nocivos al ser humano.
- 3.4 Características bacteriológicas: Son aquellas debidas a microorganismos nocivos a la salud humana. Para efectos de control sanitario se determina el contenido de indicadores generales de contaminación microbiológica, específicamente organismos coliformes totales y organismos coliformes fecales.
- 3.5 Características físicas y organolépticas: Son aquellas que se detectan sensorialmente. Para efectos de evaluación, el sabor y olor se ponderan por medio de los sentidos y el color y la turbiedad se determinan por medio de métodos analíticos de laboratorio.
- 3.6 Características químicas: Son aquellas debidas a elementos o compuestos químicos, que como resultado de investigación científica se ha comprobado que pueden causar efectos nocivos a la salud humana.
- 3.7 Características radiactivas: Son aquellas resultantes de la presencia de elementos radiactivos.
- 3.8 Coagulación química: Adición de compuestos químicos al agua, para alterar el estado físico de los sólidos disueltos, coloidales o suspendidos, a fin de facilitar su remoción por precipitación o filtración.
- 3.9 Contingencia: Situación de cambio imprevisto en las características del agua por contaminación externa, que ponga en riesgo la salud humana.
- 3.10 Desinfección: Destrucción de organismos patógenos por medio de la aplicación de productos químicos o procesos físicos.
- 3.11 Filtración: Remoción de partículas suspendidas en el agua, haciéndola fluir a través de un medio filtrante de porosidad adecuada.
- 3.12 Floculación: Aglomeración de partículas desestabilizadas en el proceso de coagulación química, a través de medios mecánicos o hidráulicos
- 3.13 Intercambio iónico: Proceso de remoción de aniones o cationes específicos disueltos en el agua, a través de su reemplazo por aniones o cationes provenientes de un medio de intercambio, natural o sintético, con el que se pone en contacto.
- 3.14 Límite permisible: Concentración o contenido máximo o intervalo de valores de un componente, que garantiza que el agua será agradable a los sentidos y no causará efectos nocivos a la salud del consumidor.
- 3.15 Neutralización: Ajuste del pH, mediante la adición de agentes químicos básicos o ácidos al agua en su caso, con la finalidad de evitar incrustación o corrosión de materiales que puedan afectar su calidad
- 3.16 Osmosis inversa: Proceso esencialmente físico para remoción de iones y moléculas disueltos en el agua, en el cual por medio de altas presiones se fuerza el paso de ella a través de una membrana semipermeable de porosidad específica, reteniéndose en dicha membrana los iones y moléculas de mayor tamaño.
- 3.17 Oxidación: Introducción de oxígeno en la molécula de ciertos compuestos para formar óxidos.
- 3.18 Potabilización: Conjunto de operaciones y procesos, físicos y/o químicos que se aplican al agua a fin de mejorar su calidad y hacerla apta para uso y consumo humano.
- 3.19 Precipitación: Proceso físico que consiste en la separación de las partículas suspendidas sedimentables del agua, por efecto gravitacional.
- 3.20 Sistema de abastecimiento: Conjunto intercomunicado o interconectado de fuentes, obras de captación, plantas cloradoras, plantas potabilizadoras, tanques de almacenamiento y regulación, cárcamos de bombeo, líneas de conducción y red de distribución.
4. Límites permisibles de calidad del agua
- 4.1 Límites permisibles de características bacteriológicas El contenido de organismos resultante del examen de una muestra simple de agua, debe ajustarse a lo establecido en la Tabla 1. Bajo situaciones de emergencia, las autoridades competentes deben establecer los agentes biológicos nocivos a la salud a investigar.
- Los resultados de los exámenes bacteriológicos se deben reportar en unidades de NMP/100 ml (número más probable por 100 ml), si se utiliza la técnica del número más probable o UFC/100 ml (unidades formadoras de colonias por 100 ml), si se utiliza la técnica de filtración por membrana.
- 4.1 Límites permisibles de características bacteriológicas El contenido de organismos resultante del examen de una muestra simple de agua, debe ajustarse a lo establecido en la Tabla 1. Bajo situaciones de emergencia, las autoridades competentes deben establecer los agentes biológicos nocivos a la salud a investigar.
5. Tratamientos para la potabilización del agua
- La potabilización del agua proveniente de una fuente en particular, debe fundamentarse en estudios de calidad y pruebas de tratabilidad a nivel de laboratorio para asegurar su efectividad. Se deben aplicar los tratamientos específicos siguientes o los que resulten de las pruebas de tratabilidad, cuando los contaminantes biológicos, las características físicas y los constituyentes químicos del agua enlistados a continuación, excedan los límites permisibles establecidos en el apartado 4.
- 5.1 Contaminación biológica 5.1.1 Bacterias, helmintos, protozoarios y virus. Desinfección con cloro, compuestos de cloro, ozono o luz ultravioleta. 5.2 Características físicas y organolépticas 5.2.1 Color, olor, sabor y turbiedad. Coagulaciónfloculaciónprecipitaciónfiltración; cualquiera o la combinación de ellos, adsorción en carbón activado u oxidación. 5.3 Constituyentes químicos 5.3.1 Arsénico. Coagulaciónfloculaciónprecipitaciónfiltración; cualquiera o la combinación de ellos, intercambio iónico u ósmosis inversa.
- 5.3.2 Aluminio, bario, cadmio, cianuros, cobre, cromo total y plomo. Intercambio iónico u ósmosis inversa. 5.3.3 Cloruros. Intercambio iónico, ósmosis inversa o destilación. 5.3.4 Dureza. Ablandamiento químico o intercambio iónico. 5.3.5 Fenoles o compuestos fenólicos. Adsorción en carbón activado u oxidación con ozono. 5.3.6 Fierro y/o manganeso. Oxidaciónfiltración, intercambio iónico u ósmosis inversa. 5.3.7 Fluoruros. Osmosis inversa o coagulación química. 5.3.8 Materia orgánica. Oxidaciónfiltración o adsorción en carbón activado.
- 5.3.9 Mercurio. Proceso convencional: coagulaciónfloculaciónprecipitaciónfiltración, cuando la fuente de abastecimiento contenga hasta 10 microgramos/l. Procesos especiales: en carbón activado granular y ósmosis inversa cuando la fuente de abastecimiento contenga hasta 10 microgramos/l; con carbón activado en polvo cuando la fuente de abastecimiento contenga más de 10 microgramos/l. 5.3.10 Nitratos y nitritos. Intercambio iónico o coagulaciónfloculaciónsedimentaciónfiltración; cualquiera o la combinación de ellos. 5.3.11 Nitrógeno amoniacal. Coagulaciónfloculaciónsedimentaciónfiltración, desgasificación o desorción en columna. 5.3.12 pH (potencial de hidrógeno). Neutralización. 5.3.13 Plaguicidas. Adsorción en carbón activado granular. 5.3.14 Sodio. Intercambio iónico
- 5.3.15 Sólidos disueltos totales. Coagulaciónfloculaciónsedimentaciónfiltración y/o intercambio iónico. 5.3.16 Sulfatos.Intercambio iónico u ósmosis inversa. 5.3.17 Sustancias activas al azul de metileno. Adsorción en carbón activado. 5.3.18 Trihalometanos. Aireación u oxidación con ozono y adsorción en carbón activado granular. 5.3.19 Zinc. Destilación o intercambio iónico. 5.3.20 En el caso de contingencia, resultado de la presencia de sustancias especificadas o no especificadas en el apartado 4, se deben coordinar con la autoridad sanitaria competente, las autoridades locales, la Comisión Nacional del Agua, los responsables del abastecimiento y los particulares, instituciones públicas o empresas privadas involucrados en la contingencia, para determinar las acciones que se deben realizar con relación al abastecimiento de agua a la población.
- La potabilización del agua proveniente de una fuente en particular, debe fundamentarse en estudios de calidad y pruebas de tratabilidad a nivel de laboratorio para asegurar su efectividad. Se deben aplicar los tratamientos específicos siguientes o los que resulten de las pruebas de tratabilidad, cuando los contaminantes biológicos, las características físicas y los constituyentes químicos del agua enlistados a continuación, excedan los límites permisibles establecidos en el apartado 4.
7. Concordancia con normas internacionales
- Al momento de la emisión de esta Norma no se encontró concordancia con normas internacionales.
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- NORMA OFICIAL MEXICANA NOM127SSA11994, "SALUD AMBIENTAL, AGUA PARA USO Y CONSUMO HUMANO
- Created by
- Jose Angel Navarrete Oliveros · Jun 2015
- Updated
- May 17, 2016
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