El servidor público es toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión
de cualquier naturaleza al servicio del Estado, su ética personal debe enfocarla a:
promover una nueva cultura y visión asentada en los valores que guían su conducta
a favor del beneficio público.
La vocación de servicio es una actitud del individuo y no una capacidad que
pueda adquirirse tras un aprendizaje. Sin embargo, sí es posible crear un
clima adecuado que ayude a mejorar este comportamiento.
El utilitarismo
debe estar orientada a la consecución de aquello
que sirva al bien común.
El positivismo
Los valores no son estáticos ni están ordenados de
manera jerárquica. Sin embargo, el legislador no
puede desdeñarlos en la consecución de la justicia
como valor jurídico.
El pragmatismo
enfatiza la idea de que los pensamientos
éticos y axiológicos, aun cuando no puedan
ser comprobados de manera racional, guían
las acciones humanas, las cuales están
orientadas a resolver cuestiones de la vida
práctica.
El humanismo
sirve a la deontología en la propuesta de la
construcción de un ideal de sociedad y por
ende de ser humano.
Principios éticos del sevidor público:
Legitimidad
Está dada en que la ley, la autoridad y el acto de autoridad
parten de los principios (éticos) jurídicos fundamentales y tienen
como finalidad los mismos, es decir, coadyuvan a las
condiciones de posibilidad de desarrollo de las personas
Legalidad
consiste en someter la actuación de
autoridades y personal que se encuentran
al servicio de la Administración a los
criterios y parámetros legalmente
establecidos-límites-umbrales (de calidad).
Competencia
Es la medida de la legalidad. Es el ámbito o
esfera de facultades o potestades,
responsabilidades, conocimientos, habilidades,
acciones, e inclusive espacio territorial físico en
el que puede actuar, atribuidas por la ley a una
autoridad para que pueda hacer lo que la
propia ley le manda hacer.
Deber de servicio
en el servicio público no puede nacer del
temor a la sanción,sino de la
responsabilidad asumida cabal y
libremente, es decir, de la vocación de
servicio.
eficiencia
Es el grado de energía, colaboración y
dedicación que debe poner el servidor
público para lograr, dentro de su
jornada de trabajo y según sus
aptitudes, el mejor desempeño de las
funciones encomendadas.
honradez
El servidor público no deberá utilizar su
cargo público para obtener algún provecho
o ventaja personal o a favor de terceros.
Tampoco deberá buscar o aceptar
compensaciones o prestaciones de
cualquier persona u organización
lealtad
El servidor público acepta los vínculos
implícitos en su adhesión a la institución a
la que pertenece, de tal modo que refuerza
y protege, en su trabajo cotidiano
imparcialidad
actuará sin conceder preferencias o
privilegios indebidos a organización o
persona alguna. Su compromiso es tomar
decisiones y ejercer sus funciones de manera
objetiva, sin prejuicios personales y sin
permitir la influencia indebida de otras
personas.
Obligaciones
Obligaciones vinculadas
al deber de lealtad a la
Constitución.
Neutralidad e
independencia
política
Respeto a la dignidad de
la administración.
Respeto del principio de
igualdad y no
discriminación.
Respeto a los particulares e
el ejercicio de sus derechos
y libertades públicas.
Obligaciones
profesionales
Adecuación a la
legalidad en sus
funciones
Deber de residencia
Cumplimiento del
horario de jornada
Prestación
ordinaria del
servicio
Prestación ordinaria
del servicio
Cumplimiento de
los plazos
establecidos
Obediencia
Confidencialidad
Respeto y
deferencia a los
compañeros y
superiores
Obligaciones en
relación a los
ciudadanos.
Deber de
proximidad
Deber de servicio,
facilitando el ejercicio de
los derechos y el
cumplimiento de las
obligaciones
Deber de
identificación
Deber de trato de
respeto y
deferencia
Obligaciones
vinculadas a la eficacia
administrativa.
Deber de economía y
suficiencia.
Deber de adecuación
estricta de los medios a
los fines institucionales.
Deber de diligencia y
celeridad en la
gestión de los
asuntos.