Elementos, estructura y órganos de control del Estado Colombiano_CarollBarrios UNAD_Grupo151012_12

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LEGISLACIÓN Y SISTEMAS DE SALUD
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Elementos, estructura y órganos de control del Estado Colombiano_CarollBarrios UNAD_Grupo151012_12
  1. RAMAS DEL PODER PUBLICO
    1. Es la facultad que el pueblo les otorga a los gobernantes para que ejecuten las acciones necesarias para alcanzar los fines del Estado
      1. RAMA LEGISLATIVA
        1. Es la encargada de legislar, de hacer lo establecer las leyes. Según lo señalado en el artículo 114 de la Constitución Política, la Rama Legislativa en Colombia está conformada por el Congreso de la República, integrado a su vez por el Senado de la República y la Cámara de Representantes, c
          1. Congreso de la República
            1. Camara de Representantes
              1. Según lo establecido en el artículo 176 de la Constitución, la Cámara de Representantes se elige en circunscripciones territoriales y especiales; esto implica que los Representantes a la Cámara son elegidos por los ciudadanos del departamento al cual pertenecen y por tanto representan en el Congreso el interés particular de dicho departamento.
              2. Senado de la República
                1. Según lo establecido por el artículo 171 de la Constitución, el Senado estará integrado por cien miembros elegidos en circunscripción nacional.
          2. RAMA EJECUTIVA
            1. De conformidad con el artículo 38 de la Ley 489 de 1998, la Rama Ejecutiva del Poder Público en el orden nacional está integrada por los organismos y entidades del sector central y por los del sector descentralizado por servicios
              1. Órganos Principales de la Administración
                1. Presidencia de la República
                  1. Ministerios
                    1. Departamentos Administrativos
                2. Organismos Adscritos
                  1. Establecimientos Públicos
                    1. Superintendencias
                    2. Organismos Vinculados
                      1. Empresas Industriales
                        1. Empresas Comerciales del Estado
                          1. Sociedades de Economía Mixta.
                      2. RAMA JUDICIAL
                        1. Es la encargada de administrar justicia y decidir cuestiones jurídicas controvertidas mediante pronunciamientos que adquieren fuerza de verdad definitiva
                          1. JURISDICCIÓN ORDINARIA
                            1. Corte Suprema de Justicia
                            2. JURISDICCIÓN CONTENCIOSOADMINISTRATIVA
                              1. Consejo de Estado
                              2. FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
                                1. CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
                                  1. JURISDICCIONES ESPECIALES
                                    1. Justicia Penal Militar
                                      1. Jurisdicciones Pueblos Indígenas
                                        1. Jurisdicciónes de Paz
                                        2. JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL
                                          1. Corte Constitucional
                                  2. ORGANISMOS DE CONTROL
                                    1. Estos organismos no están adscritos ni vinculados a las ramas del poder público; fueron creados con el fin de verificar y controlar la gestión fiscal y administrativa de las entidades públicas y para garantizar que el control de los comportamientos de los empleados públicos se realice de conformidad con las normas legales
                                      1. MINISTERIO PÚBLICO
                                        1. El artículo 118 de la Constitución expresa que le corresponde la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas. Los artículos 275 a 284, por su parte, establecen que el Ministerio Público será ejercido por el Procurador General de la Nación, por el Defensor del Pueblo, por los procuradores delegados y los agentes del Ministerio ante las autoridades jurisdiccionales, por los personeros municipales y por los demás funcionarios que determine la ley
                                          1. Procuraduría General de la Nación
                                            1. Es el órgano de control, autónomo e independiente encargado de ejercer el Ministerio Público en los órdenes nacional y regional, distrital y provincial
                                            2. Defensoría del Pueblo
                                              1. Este organismo fue creado por la Constitución de 1991, como parte del Ministerio Público, en cabeza del Defensor del Pueblo, pero bajo la dirección del Procurador General de la Nación; tiene bajo su cuidado la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos. La organización y funcionamiento de la Defensoría se encuentra establecido en la Ley 24 de 1992.
                                          2. CONTROL FISCAL
                                            1. Los artículos 117 y 199 de la Constitución Política consagran la existencia de la Contraloría General de la República como uno de los órganos de control, encargado de la vigilancia de la gestión fiscal y del control de resultados de la Administración, de acuerdo con las normas consagradas en los artículos 267 a 271 de la misma Constitución. Adicionalmente, el artículo 272 hace referencia a las contralorías departamentales, distritales y municipales, encargadas de la vigilancia de la gestión fiscal de las entidades territoriales.
                                              1. Contraloría General de la República
                                                1. Tiene a su cargo la vigilancia de la gestión fiscal y el control de resultado de la Administración. El Contralor General de la República es elegido por el Congreso en pleno para un período igual al del Presidente de la República, de terna integrada por candidatos presentados por la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, y no podrá ser reelegido
                                        2. ORGANIZACIÓN ELECTORAL
                                          1. Tiene a cargo la estructuración de las elecciones, su dirección y control, bajo la consideración de estas como la principal expresión de la democracia. Según el artículo 120 de la Constitución Política, la organización electoral está conformada por el Consejo Nacional Electoral, por la Registraduría Nacional del Estado Civil y por los demás organismos que establezca la ley; tiene a su cargo también lo relativo a la identidad de las personas
                                            1. CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
                                              1. Es el máximo órgano de la organización electoral. El artículo 264 de la Carta Política establece que se compondrá de nueve (9) miembros elegidos por el Congreso de la República en pleno para un período institucional de cuatro años
                                              2. REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
                                                1. Es el organismo ejecutor de las funciones de la organización electoral. Su responsabilidad consiste en dirigir y organizar las elecciones y todo lo referente al registro civil y a la identidad de las personas.
                                                  1. Registradurías Distritales y Municipales
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