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Paul Salas4298 PAUL SALAS English 1 page

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RESEÑA HISTÓRICA.

SITUACIÓN SOCIOLÓGICA EN EL ECUADOR

SUSTENTO JURÍDICO PARA PROCEDIMIENTOS POLICIALES EN CASOS DE MALTRATO, EXPLOTACIÓN SEXUAL, EXPLOTACIÓN LABORAL A NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES; Y MENORES INFRACTORES.

EXPLOTACIÓN SEXUAL DE NIÑAS/NIÑOS Y ADOLESCENTES

El revolucionario francés Jules Valles, estuvo entre los primeros en formular la defensa de los derechos del niño.

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO (CDN)

Su obra autobiográfica El niño (1879) fue una abierta denuncia hacia los métodos coercitivos aplicados por la cultura burguesa

El 20-11-1959 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una versión expandida como su propia Declaración de los Derechos del Niño.

Se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad

La CDN es un tratado; por tanto, los Estados miembros están obligados a garantizar el pleno respeto de sus disposiciones en el ámbito nacional.

Conformado por 54 artículos y dos protocolos facultativos aprobados por la ONU en el año 2000

PROTOCOLOS FACULTATIVOS:

Participación de los niños en los conflictos armados

Venta de niños

El 80 % de niños y adolescentes tienen padres separados” (Vistazo, septiembre 7/2010),

Lo cual da lugar a diferentes trastornos de conducta que pueden desembocar en varios comportamientos antisociales

POSIBLES REACCIONES DEL NIÑO O NIÑA:

-Reacción de ansiedad -Lloran a menudo -Insisten una y otra vez en el deseo de que los padres vuelvan a estar juntos -Algunos se acuerdan del otro progenitor -Trastornos en el sueño y en la alimentación

La Constitución de la República, en su Art. 35, dispone, las personas, niñas, niños y adolescentes, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado.

El Código de la Niñez y Adolescencia

MALTRATO

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR A MENORES

Se entiende por maltrato toda conducta, de acción u omisión, que provoque o pueda provocar daño a la integridad o salud física (maltrato físico), psicológica o sexual de un niño, niña o adolescente, por parte de cualquier persona, incluidos sus progenitores, otros parientes, educadores y personas a cargo de su cuidado.

Es toda acción u omisión que consista en maltrato físico, psicológico o sexual, ejecutado por un miembro de la familia en contra de, o demás integrantes del núcleo familiar (Art 155 C.O.I.P)

"Es toda actividad, basada en relaciones de poder e intercambio, en que una persona vende, ofrece, solicita o contrata el uso del cuerpo de un niño, niña y/o adolescente para sacar provecho de carácter sexual o económico para sí o para otros"

"Es toda actividad, basada en relaciones de poder e intercambio, en que una persona vende, ofrece, solicita o contrata el uso del cuerpo de un niño, niña y/o adolescente para sacar provecho de carácter sexual o económico para sí o para otros"

TRÁFICO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

Es la sustracción, traslado o retención, dentro o fuera del país y por cualquier medio, con el propósito de utilizarlos en la prostitución, explotación sexual o laboral, pornografía, narcotráfico, tráfico de órganos, servidumbre, adopciones ilegales u otras actividades ilícitas.

"Es toda actividad, basada en relaciones de poder e intercambio, en que una persona vende, ofrece, solicita o contrata el uso del cuerpo de un niño, niña y/o adolescente para sacar provecho de carácter sexual o económico para sí o para otros"

TRÁFICO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

Es la sustracción, traslado o retención, dentro o fuera del país y por cualquier medio, con el propósito de utilizarlos en la prostitución, explotación sexual o laboral, pornografía, narcotráfico, tráfico de órganos, servidumbre, adopciones ilegales u otras actividades ilícitas.

EXPLOTACIÓN LABORAL

El derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.

MENORES INFRACTORES

Los menores procesados estarán separados de los adultos y deberán ser llevados ante los tribunales de justicia con la mayor celeridad posible para su enjuiciamiento.

La Constitución de la República, en el Artículo 77 numeral 13, establece como una garantía básica, para las adolescentes y los adolescentes infractores regirá un sistema de medidas socioeducativas proporcionales a la infracción atribuida y se llevará a cabo en establecimientos diferentes a las personas adultas.

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SALAS PAUL Note on Untitled - created from Mind Map, created by Paul Salas4298 on 16/03/2016.
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Paul Salas4298 · Mar 2016
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Mar 17, 2016
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  • Created by Paul Salas4298 · Mar 16, 2016
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